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Hucha de reclamaciones de EZ

Límite de años que podemos incluir en una reclamación a un banco o entidad crediticia

Límite de años que podemos incluir en una reclamación a un banco

Los plazos para la prescripción de deudas en España son difíciles de precisar, ya que no existe norma única que regule, tanto el tema concreto de las prescripciones. como el de las interpretaciones que puede haber basadas en las actuales leyes.

No obstante, y siempre que no exista ninguna disposición especial al respecto, el tiempo para empezar a contar será desde la fecha en que se formalizó el objeto de la deuda, y aunque los plazos son muy variables dependiendo de la clase de obligación a reclamar, en España, para todas las comisiones o irregularidades que sean anteriores al 7 octubre de 2015, dicho plazo es de 15 años con carácter general (excepto en toda Catalunya, en la que el plazo se limita a los últimos 10 años), ya que el artículo 1964 del Código Civil dice «La acción hipotecaria prescribe a los veinte años, y las personales que no tengan señalado término especial de prescripción a los quince«.

Por lo tanto cualquier deuda o reclamación derivada de una relación comercial, mercantil o de cualquier tipo de prestación de servicios, que se haya producido antes del 7 octubre de 2015, es de 15 años, incluidas las relacionadas con bancos, cajas de ahorros y demás entidades crediticias, salvo cuando se trate de ejercitar la acción de ejecución hipotecaria, cuando el prestatario no paga la cuota (desahucio), que será de 20 años. En las tarjetas de crédito el plazo de prescripción es también de 15 años.

No obstante, tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (6 de octubre 2015), en las reclamaciones de comisiones o irregularidades que sean posteriores al 7 octubre de 2020, se pueden reclamar únicamente hasta 5 años atrás.

Por desgracia nuestros gobernantes también han decidido que a partir de mayo de 2013 todas las reclamaciones que se hagan ante el Banco de España tendrán un límite de 6 años atrás, puedes ver aquí la orden en PDF.

Evidentemente esta orden solo es válida para las resoluciones del BDE, por lo que siempre tendremos la vía judicial para poder reclamar todo el periodo que permite la Ley.

MUY IMPORTANTE

Antes de realizar ningún paso encaminado a reclamar debes leer nuestro artículo principal Como reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”, en el dispones de toda la información necesaria, paso a paso, para reclamar hasta el último euro a los bancos, cajas y entidades de crédito, con las «famosas» comisiones por descubierto, deuda vencida, posiciones deudoras y similares.


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83 comentarios para Límite de años que podemos incluir en una reclamación a un banco o entidad crediticia

  • Javier

    Hola,

    Enhorabuena por la web. mucha información y muy buena.

    Os cuento mi caso.

    Tengo una hipoteca desde hace unos 20 años. Desde el 2017 me llevan cobrando una comisión de mantenimiento en la cc. La cuenta solo la uso exclusivamente para pagar la hipoteca. Pues bien, acabo de reclamar estos gastos y me dan la razón pero me dicen que solo se puede aplicar a los últimos 2 años. Me dicen esto:
    A este respecto, le informamos que, según nuestro Reglamento de Defensa de Clientes de Kutxabank S.A. y de las Entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Orden ECO/734/2004 que pertenecen al grupo financiero de Kutxabank S.A y están adheridas al mismo, quedan excluidas las quejas y reclamaciones que se formulan por clientes una vez pasado el plazo de 2 años a contar desde la fecha en que tuvieran conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación.

    A mayor abundamiento, es criterio del Banco de España que los apuntes realizados en cuenta conocidos por los titulares, frente a los cuales no se manifiesta disconformidad alguna dentro de un plazo razonable, deben considerarse conformes por haber sido tácitamente aceptados.

    Pues bien, ¿Puedo reclamar el resto de lo cobrado?

    • Economía Zero

      Hola Javier. Ponte en contacto con nosotros, para que un gestor te asesore gratis. En principio, lo que te están diciendo no se aplica porque lo que tú planteas, no es una queja. Estás planteando el cobro de unas comisiones. De todos modos, las comisiones de mantenimiento NO son reclamables. Si quieres que te aclaremos el tema de las comisiones, contacta con nosotros en el teléfono al 987 025 011.

  • Angel

    Hola he pedido un extracto de mivimiento del año 2006 y 2007 me encontrado que me estuvieron cobrando 26€ por una tarjeta de crédito bankia.

    No se asta que año lo estuvieron haciendo. Mi pregunta es, esto no es cobros abusivos y si lo es puedo reclamar?

    Un saludo, muchas graciaz

    • Economía Zero

      Hola Ángel

      Para poder ayudarte necesitamos más información, puesto que lo primero que habría que saber es el tipo de interés de la tarjeta (TIN, TAE o CER) y comprobar si es o no usurario.

      También haría falta saber si esa tarjeta sigue vigente o está cancelada, y en caso de estar cancelada si dispones de alguna documentación (contrato, extractos, etc.).

      Recibe un cordial saludo.

  • Jesús

    Hola, mi caso es el siguiente, vendo mi casa aúna empresa y le conceden la hipoteca y escritura mos, y me piden una cantidad para fondo de previsión de gastos, yo lespago la cantidad para cancelar mi hipoteca y unos préstamos, esto se encarga una gestora de la intidad, pasa el tiempo y no recibo noticias me pongo en contacto con la gestora y me dice que las cancelaciones están efectusdas y el sobrante de la cantidad de previsión de gastos la entregaron ala intidad bancaria, me pongo en contacto con la intidad y lo único que a hacen pasarme de una sucursal a otra, mareando la perdiz burgalmente y esto hace casi 3 años, puedo denunciar en la oficina del consumidor, muchas gracias.

    • Economía Zero

      Hola Jesús

      Nuestro consejo es que envíes una reclamación al SAC de la entidad, dando un mes de plazo para que te respondan, y si su respuesta no es satisfactoria, que pongas tu caso en manos de un abogado y les demandes. Antes de demandar, también puedes presentar reclamación ante el Banco de España, aunque por nuestra experiencia, suele ser una pérdida de tiempo.

      Queremos aprovechar para informarte de otro tipo de reclamación que llevamos a cabo con muchísimo éxito. Se trata de la solicitud de nulidad de los contratos de los créditos o préstamos con tipos de interés (TAE) desproporcionadamente elevados. Si estás entre los millones de afectados por estos productos “basura” (prácticamente cualquier tarjeta de crédito y la mayoría de los préstamos rápidos, tipo VIVUS, Creditea, Zaplo y similares), te recomendamos que leas la información de nuestro artículo Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving”, y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.

      Recibe un cordial saludo.

  • Amparo

    Mi casa la tengo ipotecada para la compra de un piso que compro mi hijo el cual tambien esta ipotecado desde hace 14 haños me proiben vender mi casa si no pago primero lis 7 millones que falta para csncelar mi ipoteca quedando toda bua un dinero ipotecatio por parte de mi hijo por su casa esto entra en laley de la ipoteca por suelo

    • Economía Zero

      Hola Amparo

      Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estos últimos días y hacemos todo lo que podemos, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque a veces tardemos algo más de lo previsto.

      Respecto a tu consulta, decirte que necesitamos que nos detalles mucho más lo que nos quieres preguntar, ya que con los datos que nos facilitas no entendemos en qué podemos ayudarte. Lo mejor es que entres en nuestra sección dedicada a las CONSULTAS y te informes de los requisitos básicos que os pedimos para consultar, de este modo ahorraremos tiempo y esfuerzos por ambas partes.

      Quedamos a la espera, un saludo.

  • Maria Jesus

    Es un tema relacionado con un tema de venta de acciones.

    Enviè on-line una peticion de venta limitada s un precio si se daba en un dia determinado. Ese precio no se diò y sin embargo las vendieron.

    Cuando se diò en precio volvì a dar la orden y la respuesta es que no habìa acciones.

    Haciendo investigaciòn las habìan vendido, en la 1. Orden aùn sin darse las condicciones especificadas. Que no se dieron.

    • Economía Zero

      Hola Mª Jesús

      Aunque el asunto que nos comentas no entra en nuestras especialidades, si quieres podemos enviarlo a uno de los Despachos que colaboran con nosotras para que lo estudien (siempre que estemos hablando de reclamar una cuantía lo suficientemente elevada como para que te merezca la pena acudir ante el Juzgado).

      Por estudiar el asunto no te van a cobrar nada, y tampoco tendrás compromiso alguno ni con EZ ni con el Despacho. Aunque si tras el estudio quieres que realicen alguna gestión extrajudicial, o te representen en los Tribunales llegado el momento, te cobrarán los correspondientes honorarios, los cuales serán lo más ajustados posible por ser usuaria de EZ.

      No obstante, antes de contratar nada con el Despacho, te enviaran la correspondiente Hoja de Encargo Profesional en la que vendrán todas las condiciones detalladas, para que la firmes y en ese acto formalizar la contratación. De este modo se evitan sorpresas posteriores, muy comunes cuando se contrata «de palabra».

      Quedamos a tu disposición, un saludo.

  • Marisa

    Buenos dias,

    Hice una reclamación por comisiones e intereses descubierto de una cuenta de mi empresa al BBVA y estos me contestaron abonando una parte y otra parte NO, por tener una antiguedad de más de 6 años, que no procedia.

    Mande entonces reclamación al BDE y tras todo el proceso ahora(2-8-17) el BBVA me ha mandado sus alegaciones basándose en la antiguedad.

    Ahora tengo que mandar yo las mias al Banco de España (plazo 15 dias), pero claro creo que el BDE me va a decir lo mismo, pués creo que cambiaron la Ley y he leido en su articulos 10 que trasncurrido más de 6 años es inadmitible una reclamación.

    Quiero saber vuestra opinión, si debo mandar mis alegaciones insistiendo en que me lo retrocedan, ó si no lo hago, no puedo acudir a los tribunales hasta que el BDE mande resolución.

    Como siempre muchas gracias,

    • Economía Zero

      Hola Marisa

      Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estas últimas semanas, además de que el mes de agosto quedamos muy pocas para atender la web, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque a veces tardemos más de lo que nos gustaría.

      Nuestro consejo es que te olvides de la reclamación ante el BDE y presentes la demanda cuanto antes, para ello no tienes que esperar a la resolución del BDE, aunque ya te adelantamos que no va a querer entrar a resolver el asunto, puesto que, como bien dices, sólo atiende asuntos de hasta 6 años de antigüedad.

      Como ya tienes experiencia, no hace falta que te expliquemos cómo funciona nuestra gestión de las demandas 😉 .

      Quedamos por lo tanto a la espera.

      Un saludo.

  • Pepe

    Buenos dias amigos ,quiero preguntaros si una hipoteca que tuve que cancelar para hacer una refinanciazion , se creo en 1985 y cancelo en 2009 para crear una nueva que aun estoy pagando con el BBVA, mi pregunta es si puedo reclamarles clusula suelo y gastos de constitucion de las dos o solo de la ultima ,gracias.

    • Economía Zero

      Hola Pepe

      Si quieres, podemos remitir tu consulta a uno de nuestros abogados especializados, el cual te contestará, y estudiará tu caso, de forma totalmente gratuita.

      Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).

      No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.

      Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.

    • José

      Empezé a pagar mi hipoteca el mes de noviembre de/1999 y realize novación en 2006, realizando amortización de este, no se si puedo reclamar la clausula suelo y gastos de formalización de este primer préstamo.

      • Economía Zero

        Hola José

        Vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.

        Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).

        No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.

        Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.

  • Juan José

    Empeze a pagar mi hipoteca el 28/10/1999 y termine el 28/10/12 no se si puedo reclamar la clausula suelo o si a caducado ya

    • Economía Zero

      Hola Juan José

      Vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.

      Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).

      No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.

      Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.

  • Carmen

    hola, firmé una hipoteca con BBVA en el 2002 y otra en el 2012, he presentado un escrito a mi oficina reclamando los gastos de constitución de la hipoteca, y me han respondido (supongo que es la carta estandar y ni se miran el escrito), que ambas hipoteca (todavía en vigor) como hace más de 10 años que se formalizaron aquí en Cataluña ya no puedo reclamar nada ya que cualquier reclamación ya estaría prescrita.

    Me instan a contestarles en 10 días para presentar alegaciones. Cual sería mi siguiente paso, judicial?

    • Economía Zero

      Hola Carmen

      Hasta donde nosotras sabemos, lo mismo actual LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil) que el Código civil de Cataluña, no dicen eso, aunque es mejor que, si estás dispuesta a demandar, te lo aclare uno de nuestros abogados, eso y cualquier otra duda que tengas.

      Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).

      No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.

      Puedes ver las condiciones en este artículo: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca

      Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.

  • Antonio

    se puede reclamar clausulas suelo, si el banco te embargo el piso, hace 5 años. gracias

    • Economía Zero

      Hola Antonio

      Vamos a remitir tu consulta a uno de nuestros abogados especializados, el cual la contestará de forma totalmente gratuita.

      Para poder enviarla al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).

      No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.

      Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.

  • Belén

    Hola,

    Tengo una duda y no sé si me podéis ayudar, respecto a la devolución de la cláusula suelo: suscribí una hipoteca con el Banco Popular en 2006 y como vendí la vivienda, pude cancelar totalmetne la hipoteca en 2012.

    La Sentencia del Tribunal Supremo obligaba a devolver los intereses cobrados de más a partir de la 2013, por lo que yo no pude reclamar. Con la sentencia del TJUE que reconoce el carácter retroactivo de la devolución, no sé si estoy en mi derecho de reclamar los intereses cobrados de más por la aplicación de la cláusula suelo (3,25%) desde el año 2009 hasta el 2012.

    En definitiva, que no sé si como han transcurrido 4 años desde que acabé la hipoteca, tengo derecho a la reclamación.

    Os agradezco de antemano la información que me podáis prestar.

    • Economía Zero

      Hola Belén

      El pasado día 28 de diciembre nos dejaste ya una consulta sobre la cláusula suelo que remitimos a la abogada de tu zona (Natalia Rodríguez Picallo), tal vez no se haya puesto en contacto contigo aun debido a la gran cantidad de consultas que estamos recibiendo y a las pasadas fiestas, por lo que si en una semana no lo hace, nos avisas y vemos cual ha sido el motivo.

      Recuerda que es importante que estés pendiente del e-mail y de la carpeta SPAM de tu gestor de correo, por si su correo te llega a ella, te aconsejamos que, si puedes, crees un filtro con su e-mail (te enviamos sus datos en nuestra anterior respuesta) para asegurarte que sus comunicaciones te llegan siempre a la bandeja de entrada.

      Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.

      Un saludo.

  • Nikimia

    Hola, he leído vuestros consejos e información.

    Tengo 1 consulta :Comisiones mantenimiento

    • Economía Zero

      Hola Nikimia

      Aunque las comisiones por mantenimiento, administración y otras similares, no son nuestra especialidad y no disponemos de info para reclamarlas. Sí estamos trabajando en un artículo para reclamar este tipo de comisiones en cuentas utilizadas para la gestión exclusiva de una hipoteca o un préstamo.

      Por lo que si es tu caso, sólo tienes que decirlo y te apuntaremos en una lista de usuarios con tu mismo caso, a los que os enviaremos un e-mail de aviso personalizado en el momento que la tengamos publicada.

      Un saludo.

      • Mª Ángeles

        Hola, mis padres tienen una cuenta en la que únicamente tienen domiciliado el pago de la hipoteca; ni recibos, ni tarjetas, ni nómina… Estaría interesada en saber si habéis terminado el artículo para reclamar este tipo de comisiones, y si es así me indicaseis el enlace.

        Gracias.

        • Economía Zero

          Hola Mª Ángeles

          Tenemos la info casi acabada, por lo que nada más esté publicada te enviaremos un e-mail avisándote.

          Un saludo.

  • Rocio

    Hola, he reclamado la devolución de una comisión por descubierto que me han cobrado y me dicen que por el art.29.1 de la Ley de Servicios de Pago, solo puedo reclamar las comisiones cobradas en los últimos trece meses.

    Sin embargo leo en este foro que se remiten al Código Civil al plazo de 15 años para ejercitar acciones personales. No se cual de los dos plazos es correcto o si me están engañando.

    ¿Alguien puede explicarme cual de los dos plazos es el correcto?

    • Economía Zero

      Hola Rocio

      Antes de nada decirte que no te preocupes, ya que a partir de ahora vamos a ayudarte en todo lo que podamos hasta que recuperes tu dinero 😉 .

      Comentarte algo muy importante, y es que Economía Zero no es un «foro», es decir, que quienes contestan a TODAS vuestras consultas somos las personas que llevamos la web, por lo que podemos asegurarte que las respuestas que os damos son siempre profesionales, y están basadas en la experiencia de los miles de casos que llevamos gestionados a lo largo de los años. No es que tengamos nada contra los «foros» al uso, sin embargo, es importante saber que ellos escribe y contesta cualquier usuario, sea especialista o no, algo que nunca ocurre en nuestra web.

      Respecto a lo que nos preguntas, decirte que esa contestación de la entidad es la más habitual, ya que se escudan en sus normas internas para no devolvernos lo que reclamamos, o hacerlo únicamente con la parte de las comisiones reclamadas perteneciente a los 2 últimos años.

      Evidentemente, esas “normas” de la entidad son solo eso, unas normas internas que NO ESTÁN en forma alguna por encima de la legislación vigente, la cual dice que se pueden reclamar hasta los últimos 15 años (a partir del 7 octubre de 2015 este plazo se ha limitado a 6 años, pero solo afecta a las comisiones que se carguen a partir de esa fecha), tienes toda la info en este mismo artículo desde el que estás consultando.

      Por lo tanto, NO debes hacer el menor caso a esa contestación de la entidad, ya que es una mentira más para quedarse con todo tu dinero, o con una parte importante.

      Ante cualquier duda o incidencia, solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.

      Un saludo.

  • Julia

    Hola,, buenas¡¡

    Yo esplico mi caso:

    Me han cobrado 40 euros por pagar dos recibos, sin el previo aviso de que no habia dinero en mi cuenta, y la directora me dijo que se me envian cartas ( no es verdad) y que tengo que estar yo atenta. ella no sabe ni se interesa si yo puedo ir a informarme.

    E cerrado la cuenta, y cuando voy a reclamar, me dice que como e cerrado la cuenta no es posible efectuar la devolucion. Tengo la impresion que se rien.

    E puesto una reclamacion en el banco. Hoy¡¡¡ ¿que me aconsejais?

    Gracias,, sois humanos grandes¡¡
    Salud,,

    • Economía Zero

      Hola Julia

      Entendemos que nos hablas de una comisión por descubierto, si es así, debes tener presente que da igual que te envíen una carta o la causa que lo haya generado, ya que esas comisiones se pueden reclamar siempre.

      Nos dices que has presentado reclamación en la entidad, aunque también nos comentas que no te la quieren aceptar por tener la cuenta ya cerrada, por lo que no estamos seguras de si has reclamado o no, además de que si lo has hecho, y ha sido mediante una hoja interna del banco, sentimos decirte que has pérdido el tiempo 😉 , ya que hay que hacerlo ante el SAC con uno de nuestros modelos de carta, en tu caso con este: Carta para reclamar comisiones por descubierto en una cuenta – No vigente.

      Es muy importante que sigas todas las instrucciones que os damos en el artículo que contiene el modelo de carta «al pie de la letra», o perderás el tiempo y la paciencia para nada.

      No te olvides de decirnos la cantidad recuperada para que podamos sumarla a la hucha de reclamaciones, de este modo podremos animar entre todos a otros usuarios a recuperar su dinero 😉 .

      Ante cualquier duda, deja una consulta y te contestaremos lo antes posible.

      Un saludo.

  • Pablo

    Buenas Tardes.

    La consulta sería como reclamar a Barclays todas las comisiones por descubierto y mantenimiento que nos están cobrando todos los meses. En esta cuenta no existe ningún tipo de movimiento, la mantenemos abierta porque existía una hipoteca (ya pagada) la cual tenemos que cambiar de nombre, (del banco a nosotros) y aún no lo hemos realizado.

    Decir que Barclays cerro su oficina en Antequera, por lo que todas las gestiones hay que realizarlas en Málaga.

    • Economía Zero

      Hola Pablo

      Ya estamos de nuevo operativas y con muchas ganas de seguir ayudándoos a luchar contra la usura bancaria 😉 . Sentimos haber tardado tanto en actualizar la información, pero ha sido una labor muy compleja, ya que hemos tenido que cambiar prácticamente todos los artículos (Más de 80) y crear nuevos modelos de carta (más de 40).

      Es muy importante que antes de empezar el proceso leas la nueva información, ya que hemos introducido muchos cambios respecto al procedimiento anterior.

      Respondemos a tu consulta:

      1ª – Para reclamar las comisiones por descubierto lo primero que necesitas son todos los movimientos, para ello ahora tenemos un nuevo método (Norma 43), por lo que lo mejor es que sigas las instrucciones de nuestro post Solicitud de movimientos mediante fichero informático Norma 43.

      Otra de las novedades es que ahora reclamaremos la copia del contrato de forma separada a los movimientos, para ello tienes toda la info en este post: Modelos de carta para solicitar al SAC nuestro contrato. Este paso de reclamar el contrato no es necesario a la hora de presentar la reclamación de las comisiones al SAC, pero es mejor enviar ya la carta por si tenemos que llegar a una instancia superior, además de que es un documento que siempre deberíamos tener.

      Si una vez tengas los movimientos en tu poder, prefieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables, detectar posibles retrocesiones, preparar las tablas excel y confeccionar las cartas de reclamación de las comisiones, visita nuestra sección de Gestiones personalizadas y una vez leída la info, solo tienes que ponerte en contacto con nosotras escribiendo al correo gestion@economiazero.com y te contestaremos lo antes posible.

      2ª – Respecto a las comisiones de mantenimiento, aunque en principio no tenemos info para reclamarlas de forma general, antes de tener que parar la web estábamos trabajando en un artículo sobre como reclamar comisiones de mantenimiento, administración y similares en cuentas utilizadas para la gestión exclusiva de una hipoteca.

      Confiamos en poder retomar en breve el estudio de dicha información, por lo que nos hemos permitido la libertad de apuntarte en una lista de usuarios con tu mismo caso, a los que os enviaremos un e-mail de aviso personalizado en el momento que la tengamos publicada.
      _____________________________________________________________

      Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible, aunque durante estas primeras semanas, tras la actualización de contenidos, es muy probable que tardemos unos cuantos días más de lo previsto en contestar.

      Un saludo.

      PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas sobre este caso en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos. También es muy importante que pongáis siempre la misma dirección de e-mail para comentar.

    • Pablo

      Buenas tardes.

      Envié por carta certificada la solicitud para que me enviasen los movimientos mediante norma 43.

      El banco, me ha mandado un email donde se incluye un archivo con formato txt, y me dice que si lo quiero en papel, tendré que pasar por la oficina y me cobrarán 12€ por extracto mensual.

      Que tengo que hacer?

      • Economía Zero

        Hola Pablo

        Hasta ahora, todos los envíos de ficheros sobre los que tenemos constancia fueron en formato Q-43, en excel o como mucho en PDF, aunque sabemos que también puede ser en formato txt, no obstante, lo mejor es nos envíes el archivo al e-mail contacto@economiazero.com para que lo examinemos y te digamos si te sirve para preparar la reclamación.

        No te olvides de usar el mismo e-mail que has utilizado para dejar este comentario y una breve explicación para que quien lo lea sepa de que va el asunto 😉 .

        Quedamos a la espera, un saludo.

  • Mayte

    Buenas tardes,

    En primer lugar muchas gracias por vuestra página porque gente así es lo q se necesita.

    En segundo lugar comentaros q he reclamado tal y como pone aquí las comisiones a descubierto de una cuenta desde el año 2000. Me han contestado y como no diciéndome q solo me devuelven la de 6 años atrás. Estos 6 años las comisiones han sido menos y eran más frecuente antes de estos seis años.

    El total de la cuantía con intereses asciende a unos 1400 euros. Q hago? Me voy por la vía judicial? Es q nose si merece la pena y como termináremos puesto q enfrentarse a un banco da miedo ya q miren hasta el banco de españa en vez de mirar a los bancos y ciudadanos por igual sacan una orden y limitan el periodo a reclamar.

    Es una vergüenza!!!!!

    • Economía Zero

      Hola Mayte

      Ya estamos aquí de nuevo con muchas ganas de seguir luchando contra la usura bancaria 😉 . Sentimos haber tardado tanto en actualizar la información, pero hemos tenido que cambiar prácticamente todos los artículos.

      Como ha pasado bastante tiempo, lo mejor es que nos pongas «al día» de tu caso, sobre todo para decirnos si al menos te han devuelto las comisiones de esos últimos 6 años, no obstante, esa «regla» de los 6 años es solo para el BDE y por eso los bancos se agarran a ella, pero de cara a lo que realmente cuenta, que es un juzgado, la prescripción es de 15 años para todos los productos, excepto para hipotecas que es de 20, tienes la info en este post: Límite de años que podemos incluir en una reclamación a un banco o entidad crediticia.

      En todo caso, te hayan devuelto una parte o nada, lo que debes hacer ahora es enviar el modelo de carta ultimátum (PASO 4) que corresponda a tu caso de los que hay en nuestro post Modelos de carta ultimátum para enviar al SAC de la entidad financiera.

      Luego, si la entidad no atiende a razones, es decir, cuando se agotan todas las vías «amistosas», hay que acudir al juzgado (PASO 5), algo que no debe asustarte, sobre todo porqué estamos trabajando para que los usuarios que tengáis que reclamar menos de 2.000 €, como es tu caso, podáis denunciar a la entidad sin necesidad de tener que pagar ni abogado, ni procurador, ni tasas, y tampoco posibles costas, y además tenemos pensado prepararos el escrito de demanda personalizado a cambio de unos honorarios mínimos.

      Otra de las cosas que hay que tener presente cuando se lleva a la entidad ante los tribunales por una cantidad no muy elevada, es que es muy posible que ésta al recibir la demanda se allane y pague antes de tener que ir a juicio 😉 .

      La cuestión es que hasta dentro de unas semanas no vamos a tener toda esa info actualizada, debido a que también pensamos poder ayudar a usuarios con cuantías superiores a los 2.000 € y para ellos estamos creando una red de abogados a lo largo de toda España que los represente con plenas garantías y también a muy bajo coste. Pero lo más probable es que entre que mandas la carta ultimátum y esperas a la respuesta ya tengamos todo preparado.

      Recuerda que ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible, aunque durante estas primeras semanas, tras la actualización de contenidos, es muy probable que tardemos unos cuantos días más de lo previsto en contestar, debido a que hemos acumulado más de 800 consultas que tendremos que ir gestionando junto con las nuevas que vayáis dejando.

      Un saludo.

      PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas sobre este caso en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos. También es muy importante que pongáis siempre la misma dirección de e-mail para comentar.

  • Juan

    Mi pregunta es que tengo un prestamo ya 7.años he tenido que hacer una novacio.mi pregunta estengo unos gastos abusivos segun el abogado se puede demandar ,porque son gastos que me los cargaron a mi y son bastantes puedo demandar a la caja

    • Economía Zero

      Hola Juan

      Si tu abogado dice que se pueden reclamar, será así, pero necesitamos que nos detalles todo lo posible la consulta, ya que para iniciar trámites relacionados con reclamaciones a la banca (nuestra especialidad) nos es necesario seguir un procedimiento y, a poder ser, bien contrastado.

      Te recordamos que desde nuestra sección dedicada a la GESTIÓN PERSONALIZADA os ofrecemos la posibilidad de prepararos nosotras las tablas excel y las cartas de reclamación al SAC (Pasos 2 y 3), con todos los datos y apuntes de las comisiones ya cubiertos, para que únicamente tengáis que poner en el sobre vuestros datos y los del SAC, firmar y enviar las reclamaciones. Puedes ver toda la información en este enlace.

      Quedamos a la espera de tu respuesta.

      Un saludo.

      PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo en cada consulta, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos.

  • Carmen

    Hola amigas:

    Decidí reclamar las comisiones al BBVA (aún soy cliente) lo hice siguiendo los modelos de sus cartas, para mi cuenta corriente, para una tarjeta visa que tuve y para un prestamo en vigor.

    El BBVA me ha contestado en circulares por correo ordinario y dice:

    en la primera me informan de haber recibido mi reclamación y en la segunda dicen:

    «Tenemos el gusto de dirigirnos a Vd., en respuesta al escrito que ha tenido a bien enviar a este SAC en el que solicita diversa documentacion e informacion. A este respecto nos gustaria informarle:
    Que en cumplimiento de la Orden ECO/734/2004, que regula los departamentos de Atencion al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades financieras, el Consejo de Administracion del Grupo BBVA, aprobó con fecha 23 de julio de 2004 el Reglamento para la Defensa del Cliente, siendo retificado por el citado Consejo con fecha 27 de septiembre de 2011-

    Este reglamento establece entre otros aspectos, la forma, contenido y lugar de la presentación de las quejas y reclamaciones y en concreto exige una especificación clara de las cuestiones sobre las que se solicita un pronunciamiento.

    En línea con lo anterior, le rogamos nos facilite nuevo escrito en el plazo de 10 dias naturales en el que nos especifique las cuestiones sobre las que solicita un pronunciamiento.
    Quedamos a la espera»…..

    Qué hago? Rechazan la forma?, yo no les pido un pronunciamiento, sólo unos documentos. A qué juegan?

    Quiero deciros que deseo llegar al final de esto ya que lo he iniciado. Así que no voy a conformarme con este «marear la perdiz» del banco. Ahora tengo tiempo y No miedo.

    Decirme cual es el siguiente paso.
    Un abrazo, Carmen

    • Economía Zero

      Hola Carmen

      No hagas ni caso, como bien dices lo que quieren es distraerte y que te canses. Lo que tienes que hacer es esperar a que pasen los 2 meses que tiene el para contestar, contados a partir de la fecha en que este recibió tu carta, y si antes no recibes una carta certificada reclamar al BDE.

      Para ello debes seguir las instrucciones y aportar la documentación necesaria que indicamos dentro de este post.

      Rellena los siguientes apartados con los textos que te dejamos a continuación, seleccionando lo que corresponda a tu caso concreto de los textos que están en negrita.

      _____________________________________________________

      Hemos decidido eliminar de nuestras respuestas en los artículos todos los textos referentes a reclamaciones al BDE y contra-alegaciones a las presentadas por el SAC ante el BDE.

      Esta decisión, bien meditada, es debida a que hemos tenido muchos casos de usuarios que han utilizado los textos de asuntos que eran diferentes a los suyos (en general es muy difícil que haya dos iguales y cada uno debe ser tratado de forma personalizada), sin saber muy bien qué modificaciones debían hacer o incluso sin modificar nada, con unas consecuencias que en la mayoría de los casos han llevado a que sus reclamaciones o contra-alegaciones no consiguieran un informe favorable del BDE.

      Recuerda que es MUY IMPORTANTE que nos dejes una consulta para que te redactemos nosotras las reclamaciones y respuestas a las alegaciones del SAC, ya que de lo contrario corres el riesgo de que el BDE no te dé la razón.

      Para conocer cómo funciona el proceso de reclamación ante el BDE puedes visitar nuestro artículo “Instrucciones a seguir durante el proceso de reclamación al Banco de España
      _______________________________________________________

      Si no tienes la copia del contrato no te olvides de aportar entre la documentación un recibo o documento que acredite tu relación la entidad y la titularidad de la cuenta. Si lo tienes y lo vas a aportar, acuérdate de eliminar el texto que hace referencia a que no te lo han dado.

      Como siempre, para cualquier duda deja un comentario.

      PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos.

      • Carmen

        Hola: Gracias por la respuesta, espero pues a enero si es que antes el SAC no contesta. Os mantendré informadas de lo que acontece.
        Un abrazo

      • Carmen

        Hola: Han pasado los dos meses en el día de hoy. Ayer recibí una nueva carta por correo ordinario del BBVA diciéndome que «como habian pasado diez dias desde su escrito anterior sin recibir noticias mias, daban por archivado mi escrito»
        Sigo vuestras instrucciones y les mando cartas al BdE. Una para todas mis reclamaciones (c/c; tarjeta; préstamo) o una para las tres???????????
        Un saludo e iré contado lo que sucede. Pero visto lo visto el banco esperará hasta el final. Yo no tengo prisa!
        Besos

        • Economía Zero

          Hola Carmen

          Envía una carta al BDE por cada una de las reclamaciones.

          Un saludo.

          • Carmen

            Así lo haré. Gracias

            • Carmen

              Hola ya envié mi reclamación siguiendo vuestras indicaciones el 31 de enero pero aún no recibí noticias.
              Quiero pediros consejo sobre RCI bank. En octubre 2008 me financiaron un coche que venció en octubre 2013. Me fuí retrasando en los pagos desde marzo 2013 y he ido pagando cada mes con intereses. Me planté y sólo ingresaba el importe nominal, pero me siguen reclamando cuotas a través de una gestoria. He recibido este correo de ellos (os lo mando como doc. adjunto) Quiero cancelar mi deuda, aunque el coche desde marzo 2013 no existe (un accidente) Pero quiero pagar lo justo, no más. ¿Qué hago?
              Un saludo y abrazos

              • Economía Zero

                Hola Carmen

                Disculpa a tardanza en la respuesta, pero estamos saturadas de consultas ;).

                – Sobre las reclamaciones ante el BDE es mejor que leas nuestro artículo «Instrucciones a seguir durante el proceso de reclamación al Banco de España«.

                – Respecto al tema de RCI, lo primero que tienes que hacer es solicitar el desglose de esas comisiones de devolución impagados (198,33), es decir, que te digan cada una de la fechas en las que te cobraron y las cantidades, ya que sino no podrás reclamar de forma adecuada los intereses a tu favor.

                Una vez tengas el desglose, utilizas la tabla de interés simple aplicando en la casilla % TAE el mismo tipo de interés que estabas pagando por el préstamo y este modelo de carta.

                De este modo la entidad descontará de lo que le debes ese importe y si aun sobra algo te lo tendrán que devolver.

                Te recordamos que desde nuestra sección dedicada a la GESTIÓN PERSONALIZADA os ofrecemos la posibilidad de prepararos nosotras las tablas excel y las cartas de reclamación al SAC, con todos los datos y apuntes de las comisiones ya cubiertos, para que únicamente tengáis que poner en el sobre vuestros datos y los del SAC, firmar y enviar las reclamaciones. Puedes ver toda la información en este enlace.

                Un saludo.

  • Sergio

    Buenas tardes, tengo unas comisiones de deuda vencida del 2007 del bbva, de un prestamo personal que termine de pagar al año siguiente, en el 2008. Aunque tenga 15 años para reclamar judicialmente, ¿pueden alegar prescripcion por perdida de posesion pq termine de pagar el prestamo personal? como dicta el articulo 1962 y 1955 del codigo civil… Gracias

    • Economía Zero

      Hola Sergio

      La verdad es que no tenemos tantos conocimientos en materia jurídica ;), pero por nuestra experiencia puedes reclamar hasta 6 años atrás sin problema.

      Lo mejor es que antes de hacer nada leas atentamente la info de nuestro artículo principal y de los enlaces relacionados, en ella os explicamos cómo debéis reclamar y lo que no debéis hacer, ya que si no seguís estrictamente los pasos aquí indicados lo más seguro es que perdáis vuestro tiempo, esfuerzo y paciencia.

      Este paso es fundamental por dos motivos, el primero es que de este modo no cometeréis errores y sabréis cómo actuar, además de tener claros los pasos a dar, y el segundo que también nos liberáis a nosotras de mucha de la carga de trabajo que supone contestar preguntas sobre temas que están ya bien explicados en los artículos, con esto no queremos decir que no preguntéis lo que no sepáis o entendáis, pero una vez leas la información comprenderás por qué te lo decimos.

      En ese mismo artículo donde pone LOS PASOS A SEGUIR SON LOS SIGUIENTES: tienes todos los enlaces necesarios, y dentro de cada enlace los modelos de carta para movimientos y contrato (Paso 1), las tablas excel (Paso 2) y los modelos de carta para reclamar las comisiones (Paso 3).

      Para cualquier duda durante el proceso deja un comentario y te ayudamos, no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones, también te agradeceríamos que nos ayudaras a mantener esta web con una donación.

      Un saludo.

      PD: Hemos publicado este artículo para anular la cláusula suelo en las hipotecas, te lo dejamos por si te afecta o nos quieres ayudar a difundirlo.

  • Tito Rafael

    Hola, mi inquietud es la siguiente, contraté un prestamo hipotecario en caja españa, por un importe de 10.700.000 ptas(64.300€) en marzo de 1996, el cual terminé de pagar en marzo de 2011, dicho prestamo tenia un interes fijo el primer año de un interes de 6,90%, y a partir del segundo año y durante toda la vida del prestamo el tipo de interes nominal anual tenia caracter variable, tanto al alza como a la baja, consistiendo dicha variacion en la aplicacion automatica al comienzo de cada anualidad del tipo de interes MIBOR, incrementado en 1,25 puntos. segun el contrato de prestamo hipotecario, decia en un apartado, ( que descubrí al cabo de unos años),»que en ningún caso, el tipo de interes nominal anual resultante de cada variación podrá ser mayor al 12% ni inferior al 6%.

    Mis preguntas, son las siguientes:

    1º.- ¿Estamos ante un caso de hipoteca con clausula suelo?

    2º._ ¿Estoy dentro del plazo para poder hacer la reclamacion de la devolucion del dinero cobrado indebidamente, teniendo en cuenta que dicha hipoteca fué constituida en marzo de 1996, y que ya terminé de pagar en marzo de 2011?

    3º._¿ Si puedo solicitar al servicio de atencion al cliente de mi entidad que me proporcione el cuadro de amortizacion de mi hipoteca, teniendo en cuenta que con la nueva normativa no la puedo solicitar al banco de españa si han pasado más de seis años( y estos en el banco lo saben y me pueden negar lo que les solicito).

    4º._ ¿ Y si me decido a hacer la reclamacion con uds, cuanto dinero me costaria, teniendo en cuenta que primero tengo que averiguar si me compensa el dinero que pueda gastar en reclamar con el dinero que pueda obtener del banco?. muchas gracias.

    • Economía Zero

      Hola Tito

      Lo que comentas tiene toda la pinta de ser un caso de hipoteca con clausula suelo, sobre esta cuestión tenemos este post dedicado especialmente y en el que os contesta un abogado especializado, lo que vamos a hacer es volver a colgar esta misma pregunta en dicho post, y cuando sea contestada te enviaremos un e-mail avisándote.

      Un saludo.

  • Carmen

    Hola, un saludo y gracias por contestar con tanta rapidez mi correo. Empezaré de uno en uno siguiendo los pasos que dais, os mantendré informados de lo que suceda.

  • Carmen

    Hola: Un saludo, acabo de descubrir esta página gracias a mi hijo y no sé que me produjo más alegría, que esteís ahí o que con 21 añitos que tiene me de esta gran lección. Bueno mi pregunta:

    He revisado mis cuentas con el banco (están complicadas) muchos cierres y aperturas de créditos personales, cuentas diferentes con transferencias entre ellas, todo esto con intereses, comisiones, etc… Puedo solicitar una auditoria de las mismas? Es muy caro?

    Gracias

    • Economía Zero

      Hola Carmen

      No se trata de que sea caro o no, el problema es que no puedes realizar una solicitud o reclamación, en tu caso una auditoria, si no concretas el motivo de ella, es decir, que tienes que argumentar para que pides esa información, te dejamos este enlace a la normativa vigente (Artículo 10 – 2 A).

      No obstante, suponemos que a lo que te refieres es a que pretendes recuperar todas las comisiones que te hayan estado cobrando en esas cuentas, créditos o productos que tengas o hayas tenido contratados, aunque debes tener presente que con nuestra info solo puedes reclamar comisiones por descubierto, deuda vencida, recibos devueltos o vencidos, posiciones deudoras, penalizaciones por mora, etc…. es decir, que no puedes reclamar otras comisiones, por ejemplo de mantenimiento, administración, correo, etc… lo que no quiere decir que no se puedan reclamar en algunos casos, pero no con esta info, en breve tenemos pensado subir un artículo sobre estas otras comisiones, cuando esté listo te avisaremos a este mismo e-mail con el que te has registrado para comentar.

      Por lo tanto, lo que tienes que hacer es solicitar todos los movimientos y contratos de esos productos (cuentas, tarjetas, préstamos, etc…), y debes de hacerlo de forma independiente para cada producto, es decir, una carta por cada cuenta, préstamo, etc…

      Lo mejor es que antes de hacer nada leas atentamente la info de nuestro artículo principal y de los enlaces relacionados, en ella os explicamos como debéis reclamar y lo que no debéis hacer, ya que si no seguís estrictamente los pasos aquí indicados lo más seguro es que perdáis vuestro tiempo, esfuerzo y paciencia.

      Este paso es fundamental por dos motivos, el primero es que de este modo no cometeréis errores y sabréis como actuar, además de tener claros los pasos a dar, y el segundo que también nos liberáis a nosotras de mucha de la carga de trabajo que supone contestar preguntas sobre temas que están ya bien explicados en los artículos, con esto no queremos decir que no preguntéis lo que no sepáis o entendáis, pero una vez leas la información comprenderás por qué te lo decimos.

      En ese mismo artículo donde pone LOS PASOS A SEGUIR SON LOS SIGUIENTES: tienes todos los enlaces necesarios, y dentro de cada enlace los modelos de carta para movimientos y contrato (Paso 1), las tablas excel (Paso 2) y los modelos de carta para reclamar las comisiones (Paso 3).

      Para cualquier duda durante el proceso deja un comentario y te ayudamos, no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones, también te agradeceríamos que nos ayudaras a mantener esta web con una donación.

      Un saludo.

      PD: Hemos publicado este artículo para anular la cláusula suelo en las hipotecas, te lo dejamos por si te afecta o nos quieres ayudar a difundirlo.

  • Mary

    Buenas, este mes de septiembre debido a la huelga de la caixa de cataluña el pago de mi nomina se retrasa, debido a que luego tienen que transferirla a mi banco, resulta que tengo un prestamo y por pagar tarde me cobran 20 euros de comision, no el banco sino la financiera a la que pedi el prestamo, por lo que me veo en medio de esta «chistosa» gracia y pagando 20 euros de mas sin tener la culpa.

    Mi pregunta es puedo reclamar ese dinero a «alguien»? Ya que no tengo yo la culpa sino los Señores por llamarlos de alguna manera de la caixa de cataluña.

    Gracias por adelantado.

    • Economía Zero

      Hola Mary

      Tienes que reclamarlo a la financiera, aunque lo mejor es que antes de hacer nada leas atentamente la info de nuestro artículo principal y de los enlaces relacionados, en ella os explicamos como debéis reclamar y lo que no debéis hacer, ya que si no seguís estrictamente los pasos aquí indicados lo más seguro es que perdáis vuestro tiempo, esfuerzo y paciencia.

      Este paso es fundamental por dos motivos, el primero es que de este modo no cometeréis errores y sabréis como actuar, además de tener claros los pasos a dar, y el segundo que también nos liberáis a nosotras de mucha de la carga de trabajo que supone contestar preguntas sobre temas que están ya bien explicados en los artículos, con esto no queremos decir que no preguntéis lo que no sepáis o entendáis, pero una vez leas la información comprenderás por qué te lo decimos.

      En ese mismo artículo donde pone LOS PASOS A SEGUIR SON LOS SIGUIENTES: tienes todos los enlaces necesarios, y dentro de cada enlace los modelos de carta para movimientos y contrato (Paso 1), las tablas excel (Paso 2) y los modelos de carta para reclamar las comisiones (Paso 3).

      Para cualquier duda durante el proceso deja un comentario y te ayudamos, no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones.

      Un saludo.

  • Victor

    Se puede hacer algo respecto al cobro de comisiones de mantenimiento?? Es legal el cobro de dichas comisiones? Porque algunos clientes están exentos de dichas comisiones? Gracias!

    • Economía Zero

      Hola Victor

      Algunas se pueden reclamar, aunque de momento no tenemos la info para poder reclamarlas estamos preparando un post sobre el tema, cuando este listo te enviaremos un e-mail avisándote.

      Sobre la segunda pregunta, normalmente es según criterio discrecional de la entidad, también en algunos tipos de contrato especiales, etc…

      Un saludo.

  • José

    Hace unos 15 años y menos se me cobraron 30 euros en dos ocasiones diferentes en la Cam.Podria tener las cartillas con los datos,pero como la Cam a sido absoevida,no se si el Sabadell actual dueño debiera pagarmelas .Gracias por la respuesta de antemano.

    • Economía Zero

      Hola Jose Ramón

      Si no han pasado 15 años (20 si es una hipoteca) puedes reclamar, el problema es que como habrás leído en este artículo si necesitas reclamar al BDE, este solo resolverá casos de hasta 6 años atrás, y las entidades lo saben, por lo que solo te quedará la vía judicial.

      Un saludo.

  • Maria Jose

    Hola, tengo una tarjeta de crédito y he detectado que en Junio de 2009 se hicieron unas compras que yo no he hecho.Le he solicitado a mi Banco información de estas compras, y me comentan unos días después que esto a prescrito y no me pueden dar la información.Quiero poner una reclamación Atención al Cliente, puedo presentarla habiendo pasado 4 años?.

    Saludos

    • Economía Zero

      Hola Maria Jose

      El asunto que nos comentas se escapa de nuestros conocimientos y no queremos asesorarte mal, si quieres tenemos contacto con Martí Solà Yagüe, un abogado con el que colaboramos y que te atenderá por e-mail de forma totalmente gratuita las veces que necesites, luego ya tendrías que convenir con él los costes en el caso de iniciar un proceso en el juzgado. Este es su e-mail: msy@solagalve.com (Acuérdate de decirle que vas de nuestra parte).

      Un saludo.

  • Silvia

    Buenos días,
    Quiero reclamar a la caixa el aumento excesivo de comisiones de mantenimiento que me han cargado sin previo aviso.
    En 2009 abrí cuenta con ellos y la cuota de mantenimiento era de 12€. La verdad que soy descuidada y confiada para estas cosas y no sigo un control hasta que eso, he observado el ROBO.
    Mirando los años transcurridos me he dado cuenta de este aumento: 2010-14€, 2011-18€, 2012-27€(el robo).
    En Mayo me pase por la oficina y les pregunte que porque ese aumento, porque yo no había recibido ninguna información. Su contestación; que todos los años sube.
    Por ello tengo las siguientes preguntas,
    Tenéis alguna circular para reclamar este tipo de comisiones?
    donde debería enviar la queja?
    puedo solicitar el abono de todas las comisiones?
    Aprovechando la ocasión,tengo también otra consulta de otra entidad, a la que me gustaría solicitar el abono de las cuota de mantenimiento que me han estado cobrando durante 9 años en una cuenta hipotecaria, que hasta hace poco no sabia que no debían cobrar. Me podrías facilitar también la circular? Muchas gracias.

    • Economía Zero

      Hola Silvia

      Disculpa la tardanza en la respuesta, pero es que estamos a tope de consultas y con la mitad de personal por las vacaciones.

      Por el momento no tenemos ningún modelo de carta para reclamar las comisiones de mantenimiento, pero esperamos tenerlo en breve, te hemos apuntado a nuestra lista informativa para avisarte al e-mail cuando esté publicada.

      Sobre el tema de las comisiones en la hipoteca también tenemos un articulo en cola de publicación, este estará listo muy pronto, aunque debes saber que para poder reclamarlas la cuenta asociada a la hipoteca debe utilizarse exclusivamente para su gestión, es decir, no tener domiciliaciones, etc… al igual que con el otro artículo te avisaremos cuando esté publicado.

      Un saludo.

  • Enrique

    Muy buenas…
    Siempre he sido un poco guerrero y cuando lei este artculo,la verdad que me encanto,a la par de echar cuentas…perdonar acentuacion y etc…escribo a dos deditos y despacio,como para fijarme en ello….
    Tenia tarjeta del Citibank, años de luchas,comisiones barbaras,insultos,recogida de papelotes en un juzgado,…y mas negociaciones,llegamos a un acuerdo y les abone una cantidad….
    Despues de conoceros,la verdad que no recordaba fechas,pero tenia un par de recibos de ello…decidi enviarles la cartita…como no se sise pueden poner fotos corto y pego….Sorry

    MADRID
    17 de Junio de 2013

    CITIBANK ESPAÑA, S.A.
    SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE CITIGROUP
    TITULAR: MANUEL ANGEL NIETO BONAL
    DOMICILIO: AV DE EUROPA 19 PARQUE EMPRESARIAL LA MORALEJA – 28108 ALCOBENDAS (MADRID)
    Estimados Sres.:
    He sido cliente de CITIBANK ESPAÑA S.A.y escribo esta carta al objeto de que me remitan documentación relativa al producto contratado con su entidad, que a continuación les enumero.
    En concreto deseo me remitan copia del contrato original firmado por mí, de la tarjeta VISA ORO con número: XXXXXXXXXXXXX que he tenido contratado con su entidad.
    Además les solicito me envíen desglosado, en un documento único, todo lo referente a los aspectos de:
    Aplicación de intereses. Especifiquen el porcentaje que aplican.
    Comisión por reclamación de recibo vencido.
    Cuota por recibo devuelto
    Recargo de mora. Especifiquen el porcentaje que están aplicando en el interés de demora.
    En definitiva, todos aquellos conceptos cobrados por ustedes en la cuenta de la mencionada tarjeta de crédito.
    Todo ellos, entiéndase que deseo me sea remitido desde el inicio de mi relación contractual con esa entidad, amparandome en distintas resoluciones del propio servicio de reclamaciones del Banco de España, así como de sentencias del Tribunal Supremo (sentencias nú mero 277/2006, de 24 de marzo, y nú mero 1046/2001, de 14 noviembre), que opinan al respecto:
    Que la remisión de un extracto histórico de movimientos no se limita sólo a los apuntes de antigü edad inferior al plazo arbitrario de 6 años, que “recomienda” el Código de Comercio; es de especial interés el siguiente dictamen del banco de España:
    358/07 Caixa d’Estalvis de Catalunya manifestaba que la cuenta del reclamante había sido cancelada en el año 1998, pero no justificó la disposición final de los fondos, mediante la conservación del oportuno documento de reintegro —o similar—. Invocaba en su defensa el transcurso del plazo de seis años de conservación de documentos para los empresarios que señala el artículo 30 del Código de Comercio. El Servicio censuró el comportamiento de la caja, para lo cual se trajeron a colación un par de sentencias del Tribunal Supremo (sentencias nú mero 277/2006, de 24 de marzo, y nú mero 1046/2001, de 14 noviembre), que, respectivamente, interpretan el artículo 30 de la siguiente manera:
    « […] el precepto invocado no puede producir una dispensa general de prueba que beneficie a la entidad financiera. Esta norma […] se limita a establecer un período mínimo de tiempo durante el
    cual, en atención a intereses de carácter general (de los acreedores, de los trabajadores al servicio del empresario, de carácter fiscal…), ha de conservar el comerciante los documentos que se hayan ido generando durante el desarrollo de su actividad. Pero en modo alguno le releva de la carga de conservar, en su propio interés, toda aquella documentación relativa al nacimiento, modificación y extinción de sus derechos y de las obligaciones que le incumben, al menos durante el período en que —a tenor de las normas sobre prescripción— pueda resultarle conveniente promover el ejercicio de los primeros, o sea posible que le llegue a ser exigido el cumplimiento de las segundas.»
    « Elementales razones de prudencia y de protección de los propios intereses aconsejaban al Banco demandado, en el supuesto que nos ocupa, la conservación durante el período mencionado —15 años del artículo 1964 del Código Civil— de todos y cada uno de los documentos que le sirvieron para acreditar que había efectuado devoluciones parciales o la total de la cantidad depositada, ya fuera a su titular, ya a persona legitimada para reclamarlas […].»
    El documento ú nico que les solicito debe de desglosar los importes correspondientes a capital principal amortizado, aplicación de intereses, intereses de mora y en especial la comisión de aviso de deuda vencida. . Me remito, también, por ser de especial inetrés, a la reclamación
    nú mero 200800308, publicada en la memoria del Servicio de Reclamciones del banco de España correspondiente al año 2008, resuelta con un resultado que censura al BSCH: “ El reclamante discutía el importe de una deuda por un préstamo para consumo que le reclamaba el Banco Santander. El Servicio consideró que, a pesar de que el banco demandado aportó diversa documentación relativa a la deuda reclamada, con ella no ha llegado a acreditar la deuda pendiente de pago en la actualidad, por lo que se consideró que la actuación de la entidad se había apartado, en este punto, de los principios de claridad y transparencia que deben presidir las relaciones de las entidades con sus clientes. Por ello, se recomendó a la entidad facilitar al cliente una liquidación más detallada, que especifique claramente qué importes debe en concepto de principal, intereses y, en su caso, intereses de mora, comisiones, etc.”
    La razón de esta petición, es que no estoy conforme con ciertos cargos realizados por ustedes durante la vigencia de la referida tarjeta.
    Recelo de que se me han activado una serie de comisiones improcedentes vulnerando la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes segú n lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Nú mero Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de
    actuación, información a clientes y publicidad; sospecho que al menos parte de las referidas comisiones no obedecen ni a un servicio solicitado previamente en firme por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad, ni a un gasto que haya debido asumir ésta. Les recuerdo la consideración del servicio de Reclamaciones del Banco de España citada en su web que cita textualmente:
    “ sin perjuicio de que dejando a salvo que las entidades no están obligadas a practicar una información o comunicación general relativa a los movimientos y operaciones de un período largo de tiempo, como consecuencia de peticiones concretas de los clientes y, teniendo en cuenta los principios de claridad y transparencia, se deben proporcionar a sus clientes los extractos o duplicados de estos que les sean solicitados».
    Les recuerdo que el servicio de reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias
    pronunciamientos contra entidades por no facilitar tales extractos o duplicados solicitados por causa justificada, aú n manteniéndose el cliente en situación de mora, y sin que sea necesario que el solicitante en el momento de la solicitud mantenga ya relación alguna con la entidad, en los que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias y del principio de transparencia.
    Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 2 meses, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legitimos intereses.
    Les comunico que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he acudido a la ayuda de una plataforma especializada en abusos bancarios, sin ánimo de lucro y de la cual me he hecho socio, con experiencia en este tipo de reclamaciones, y cuyos letrados me están asesorando.
    Sin otro particular.

    No he cortado detalles,….soy asi de confiado,gracias por no difundir…

    Me han contestado esto,y claro, me han dejado blanco,creo que me queda lo judicial,pero es posible..?? y por cuanto me podria salir…??

    vuelvo a cortar y pegar…

    Expediente: XXXXXXXXXXXXX Fecha de alta: 19/06/2013
    Madrid, a 26 de Junio de 2013 Estimado Sr:

    Nos ponemos en contacto con Ud. en respuesta a su escrito de reclamación en el que nos manifiesta su disconformidad en relación a la deuda generada en su Tarjeta Visa.

    En primer lugar, le recordamos que Ud. contrató con esta Entidad una Tarjeta Visa en Agosto de 2004, que fue cncelada por impago en junio de 2005, y saldada la deuda que ésta presentaba en julio de 2010 mediante acuerdo de condonación de deuda al que Ud. llegó con nuestro Departamento de Cobros.

    Dicho lo cual, le comunicamos que, en cumplimiento de la normativa vigente, esta Entidad no admitió a trámite su reclamación al haber transcurrido el plazo establecido para tal fin, según se establece en la Orden del Ministerio de Economía ECO/734/2004, de 11 de marzo de 2004, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras:

    “Artículo 8. Reglamento de funcionamiento.

    e) Plazo para la presentación de las reclamaciones, a contar desde la fecha en que el cliente tuviera conocimiento

    de los hechos causantes de la queja o reclamación, sin que pueda ser inferior a dos años. “

    Lamentamos las molestias que hayamos podido ocasionarle y, le recordamos que estamos a su entera disposición para cualquier consulta o aclaración que necesite

    Finalmente le comunicamos que, en caso de disconformidad con este escrito, puede presentar reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Organismo Supervisor que corresponda, en amparo de sus intereses.

    Atentamente,
    P.A. Manuel Nieto

    Departamento Atención al Cliente – Reclamaciones Citibank España S.A.

    Muchas gracias de todas maneras,por darme el placer de por lo menos ….que se molesten…..
    He hecho alguna parecida y la verdad que dos me han salido a favor…pero no en esto…de momento,..
    por supuesto,una parte de lo que consiga,si consigo,la compartire gustosamente con quien vosot@s querais….
    Gracias de nuevo

    • Economía Zero

      Hola Enrique

      Lo primero que hemos hecho es quitar tus datos personales del comentario.

      No sabemos si tienes una estimación del dinero total a reclamar, pero si es una cantidad considerable puedes realizar una consulta, a Martí Solà Yagüe, un abogado con el que colaboramos y que te atenderá por e-mail de forma totalmente gratuita las veces que necesites, luego ya tendrías que convenir con él los costes en el caso de iniciar un proceso en el juzgado. Este es su e-mail: msy@solagalve.com (Acuérdate de decirle que vas de nuestra parte).

      En el caso de seguir adelante no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones, y si lo consideras conveniente también puedes ayudarnos a mantener esta web con una donación.

      Un saludo.

      PD: Acabamos de publicar este artículo para anular la cláusula suelo en las hipotecas, te lo dejamos por si te afecta o nos quieres ayudar a difundirlo.

  • Javier

    Buenos días,
    desde que Caja Madrid se convierte en Bankia me empiezan a llegar cartas en las que me informan de un descubierto de más de 200 euros que tengo con ellos. Empiezo a hacer memoria y me doy cuenta que hace unos 15 años tuve en la universidad una tarjeta monedero con ellos que a la vez era el carnet universitario (era obligado tenerlo). En todo este tiempo nunca recibí una carta de la entidad lo que hizo que me olvidara ya que para mi esa tarjeta era simplemente un carnet universitario. Mi pregunta es:
    No deberían estar obligados a informarme al menos anualmente de los movimientos, comisiones de esa cuenta?
    Puedo hacer algo al respecto?
    Muchísimas gracias,
    un cordial saludo

    • Economía Zero

      Hola Javier

      Lo mejor es que envíes una carta al SAC solicitando aclaración de esas comisiones, es decir, fechas, importes, a que cuenta pertenecen, etc… y de paso les añades los párrafos que veas convenientes de los que aparecen en este modelo de carta, indicándoles que si no anulan la reclamación de forma inmediata vas a ser tu quien les va a reclamar a ellos los intereses + un 5% de penalización por la Ley de Crédito al Consumo de 2011.

      Dentro del modelo de carta que te indicamos en el anterior párrafo también te decimos como hacer llegar al SAC la carta de forma fehaciente, y como reclamar al BDE en caso de que no te contesten o lo hagan de forma desfavorable.

      Nosotras no te podemos redactar la carta, porque son muchas las consultas que necesitan reclamar asuntos parecidos al tuyo y si os hiciésemos las cartas no tendríamos tiempo para nada más, por lo tanto lo mejor es que la redactes tú, y luego si quieres nos la pegas en un comentario y te la revisamos por si hay que realizar alguna corrección.

      La dirección del SAC es esta:

      SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE BANKIA, S.A.
      TITULAR: JOAQUIN OLMEDA GONZALEZ
      DOMICILIO: PZ DE CELENQUE 2 28013 MADRID

      Para cualquier duda durante el proceso deja un comentario y te ayudamos, no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones, y si lo consideras conveniente también puedes ayudarnos a mantener esta web con una donación.

      Un saludo.

  • María Elena

    Hola, soy de Madrid y nueva en esto, y siento que se me abre una puerta, para solicitar los movimientos y contrato de mi préstamo hipotecario al SAC del Banco Sabadell (antes la CAM) Su oficina de att. al cliente se encuentra en Barcelona, puedo dejar la carta a cualquier sucursal del sabadell o tengo que enviarla hasta barcelona y como lo haría. Un Saludo,

    • Economía Zero

      Hola María Elena

      La carta que debes enviar es esta, en el propio artículo tienes toda la info para saber como enviar la carta de forma fehaciente, en principio puedes dejarla en cualquier sucursal, otra cosa es que no te la quieran sellar por duplicado, ya que en ese caso debes enviarla como carta certificada con acude de recibo.

      La dirección del SAC es esta:

      SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE BANCO DE SABADELL, S.A.
      TITULAR: ADRIA GALIAN VALLDENEU
      DOMICILIO: CL SENA 12 POLIGONO INDUSTRIAL DE ACTIVIDADES ECONOMICAS CAN SANT JOAN – 08174 SANT CUGAT DEL VALLES (BARCELONA)

      Para cualquier duda durante el proceso deja un comentario y te ayudamos, no te olvides de decirnos la cantidad recuperada para añadirla a la hucha de reclamaciones, y si lo consideras conveniente también puedes ayudarnos a mantener esta web con una donación.

      Un saludo.

  • Alba

    buenos dias, el pasado mes de agosto de 2012 el ayuntamiento me mando el recibo correspondiente de ese año (basura ), resulta que coincidio con el cambio informatico de MAYO 2012 UNNIM. esto hizo que mi recivo fuese cargado en la cuenta de otro cliente que al darse cuenta simplemente lo retorno al banco»logico» y asi mismo la entidad lo retorno al ayuntamiento. resulta que en mayo de 2013 lo han vuelto a mandar y el banco la misma operacion ,solo que esta vez la persona implicada me lo comunico . fui al ayuntamiento donde me confirmaron que ellos abian mandado el recibo las 2 veces al numero de cuenta que tenian desde siempre y que por alguna causa el banco lo cargaba en la cuenta de esta otra persona .bien con el comprobante de envio cuenta del ayun.me voy al banco a pagar y pido explicaciones ,me confirman que efectivamente es fallo informatico pero cuan do reclamo los costes generados por este desavisado me dicen que no me lo devuelven y alegan que yo tenia que a ver visto que no se pago el recibo.me siento indignada pues es un recibo domiciliado desde hace muchos años y que en realidad estas confiado y cundo llega pues llega y punto.no me percate asta que me aviso la otra persona implicada ,tengo o no derecho a que me paguen los gastos originados por culpa del cambio informatico que ellos mismos reconocen fue la causa .gracias

    • Economía Zero

      Hola Alba

      Nosotras entendemos que tienes razón, sobre todo porque tienes como prueba ese comprobante del Ayuntamiento.

      Nuestro consejo es que envíes al SAC de tu entidad un escrito explicando la situación, para ello puedes orientarte en este modelo de carta (evidentemente cambiando todo lo que no corresponde), dentro de ese post también te decimos como hacer llegar al SAC la carta de forma fehaciente y como reclamar al BDE en caso de que no te contesten o lo hagan de forma desfavorable.

      Envía junto a la reclamación copia del comprobante del Ayuntamiento, y si quieres reclámales los intereses, calculados en base al “interés legal del dinero” vigente en cada año + el 5% avalado por la Ley de Crédito al Consumo de 2011.

      Si no tienes copia del contrato de la cuenta, debes solicitarla en el mismo escrito, ya que si necesitas acudir al BDE te lo van a pedir.

      Un saludo.

  • Mari Carmen

    Hola. La carta al SAT ( servicio de atención al cliente), que en mi caso es al Banco o Grupo Santander, he de hacerlo a mi misma sucursal? No tengo ni idea si este servicio lo dispone todas las sucursales o es central y única dirección. Gracias

    • Economía Zero

      Hola Mari Carmen

      El SAC es uno para toda España, el del Santander es este:

      SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DEL GRUPO SANTANDER
      TITULAR: LUCIANO PEREZ SAN JOSE
      DOMICILIO: AV CANTABRIA S/N EDIFICIO MARISMA PLANTA BAJA – 28660 BOADILLA DEL MONTE (MADRID)

      Para cualquier duda deja un comentario, y no te olvides de decirnos el dinero recuperado para incorporarlo a nuestra (vuestra) “Hucha de reclamaciones“.

      Un saludo.

  • Jesús

    Yo reclame ante Bankia y ante el banco de España, este último me dio la razón, a pesar de las alegaciones de Bankia que decían que yo había guardado silencio en los años anteriores y eso significa que aceptaba el cobro de dichas comisiones. El caso es que ha pasado más de dos meses desde la resolución del Banco de España y no he tenido noticias de Bankia y me resulta imposible hablar con el director de la entidad, a pesar de las múltiples llamadas que realizo a la oficina, pues vivo en otra comunidad autónoma y me es imposible personarme.
    ¿Que puedo hacer ante esta situación?

    • Economía Zero

      Hola Jesús

      Estamos a punto de subir un modelo de escrito para enviar al SAC como «ultimátum», cuando esté listo te enviaremos un e-mail avisándote.

      Tu caso no es frecuente, pero a veces ocurre, y como la resolución del BDE no es vinculante (para el banco) solo te quedará la opción de acudir al juzgado de primera instancia, donde muy probablemente ganarás, sobre todo porque tienes el dictamen favorable del BDE, evidentemente esta opción solo es recomendable si la cantidad que reclamas es considerable; pero antes debes enviar la carta que estamos preparando al SAC, ya que funciona en la mayoría de los casos, y además sirve de refuerzo (la carta y la contestación del SAC en el caso de seguir denegándote la devolución) si acabas teniendo que acudir al juzgado.

      Un saludo.

  • Tomás

    HOLA TENGO OTRA DUDA SI EL PRESTAMO ESTA EN UNA CUENTA DE MORA YO TODAVIA SOY CLIENTE DEL BANCO POR QUE ELLOS YA LO HAN ENVIADO AL JUZGADO Y CUANDO LES PIDO LOS EXTRACTOS Y LA COPIA DEL PRESTAMO ME DICEN QUE TENGO QUE IR AL JUZGADO???

  • Tomás

    hola necesito el sac o sat del bbva esta en la calle jorge juan ,110 46100 burjassot-valencia,
    el codigo cuenta cliente es 0182/1520/34/ y la otra duda es para poder rellenar con mis datos lo que esta en rojo en las cartas que tengo que hacer descargarlo en mi pc?? gracias

    • Economía Zero

      Hola Tomás

      El SAC es el de la entidad, es decir, no hay uno diferente según la sucursal, esta es la dirección:

      SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DEL GRUPO BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA
      TITULAR: PATRICIA BUENO OLALLA
      DOMICILIO: AV MONFORTE DE LEMOS S/N TORRE ESTE – PLANTA 3 – 28029 MADRID

      Para cubrir los datos de la carta tienes que copiar y pegar (usa las teclas Control + C y Control + V) en Word o el programa de edición de texto que tengas, puedes hacerlo con la copia de la carta que hay al final de cada modelo o desde el formato PDF, y una vez cubierta la imprimes por duplicado, para poder quedarte con una copia, lo mismo si la vas a enviar mediante sellado en una sucursal que por carta certificada con acuse de recibo.

      Un saludo.

MUY IMPORTANTE: Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS.

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