OPCIONES DE RECLAMACIÓN DE GASTOS DE HIPOTECA TRAS LA NUEVA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO (MARZO 2018)
El 15 de marzo de este año 2018 el Pleno del Tribunal Supremo ha dictado dos Sentencias (Sentencias nº147/2018 y nº148/2018 del Pleno del Tribunal Supremo, de 15 de marzo) fijando los nuevos criterios de indemnización de los gastos de Hipoteca:
En primer lugar, señala a los consumidores (prestatarios) como obligados al pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), por lo que no se les devolverá/indemnizará lo abonado por el impuesto al constituir la hipoteca.
En segundo lugar, en cuanto a los otros gastos de Notario, Registro y Gestoría considera equitativo un reparto por mitades (entre Cliente y Entidad), por lo que el cliente tendrá derecho al 50% de lo abonado por estos conceptos.
Principal consecuencia: Las previsiones de indemnización para los afectados se reducen en un 80%, que es el porcentaje aproximado al que asciende el IAJD en el total de los gastos de constitución de hipoteca.
Ante ello, algunos Bufetes han anunciado llevar la cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para intentar un cambio de este criterio y que se obligue a las entidades a indemnizar por el pago del impuesto. Es un cambio poco probable y, en todo caso, de resultado incierto, que puede tardar en resolverse entre uno y dos años.
LAS TRES ESTRATEGIAS RECOMENDADAS DE RECLAMACIÓN
1) ESPERAR A QUE SE RESUELVA LA CUESTIÓN EN EUROPA:
Estrategia recomendable solo para aquellos afectados cuya reclamación principal sean los gastos de hipoteca, y no queráis renunciar a reclamar el IAJD.
En este caso es mejor no demandar todavía, y esperar a que se resuelva por Europa cuál será el criterio definitivo. De lo contrario estaréis arriesgando la indemnización en cuanto al IAJD (80% de la indemnización); y si el juzgado tramita el procedimiento sin esperar a la decisión europea y os deniegan este concepto, posteriormente no podríais volver a reclamar aunque cambiaran los criterios en el futuro.
A tener en cuenta: que la reclamación de nulidad de la cláusula no prescribe según el propio Tribunal Supremo, por lo que no hay un plazo máximo para reclamar, y podéis esperar.
2) PRESENTAR LA DEMANDA AHORA:
Estrategia recomendable para aquellos afectados a los que el impuesto no les signifique la mayor parte de la indemnización a percibir; generalmente sois aquellos que tenéis por reclamar también otras cláusulas importantes de la hipoteca (cláusula suelo, multidivisa, IRPH Fijo/Congelado, etc.).
En este caso es mejor reclamar todas las cláusulas en una misma demanda, para ahorrar costes (sin duplicar gastos de abogado y procurador), y tener una mayor garantía de que el banco asuma las costas del procedimiento.
A valorar, según el caso, con vuestro abogado: Reclamar solamente lo que ya está dando el Tribunal Supremo -de forma que se facilite el juicio, se evite tener que esperar a la resolución de Europa, y posibles recursos de apelación-, o reclamarlo todo incluyendo el IAJD.
3) OTRAS VÍAS DE RECLAMACIÓN PARA EL FUTURO:
Si finalmente el Tribunal Europeo no resuelve a favor de indemnizar a los consumidores por el impuesto, resultará que las cantidades a reclamar por los gastos de la hipoteca pueden ser muy bajas, y que no compensen los gastos de demandar judicialmente.
Mientras no llega esta resolución europea, estamos estudiando otras fórmulas que sean jurídica y económicamente viables; como las demandas acumuladas que permitan agrupar a afectados contra un mismo banco, o acudir a otros procedimientos no judiciales y menos costosos, para que no os cueste el juicio tanto como la indemnización.
A estos efectos, podéis suscribiros al grupo de afectados de gastos de hipoteca y os iremos informando de los avances y las vías de reclamación viables que vayamos encontrando.
Sea cual sea la estrategia que se adapte a vosotros, os recomendamos que recopiléis todos los documentos necesarios para demandar, y presentéis LA CARTA DE RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL a la entidad para dejar constancia de vuestra petición.
Artículo escrito por Antía Bravo y Martí Solà Yagüe, abogados colaboradores especializados de Economía Zero. Este artículo de libre distribución siempre que se haga mención a sus autores y se inserte un enlace hacia él.
FAQ SOBRE LA RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE LAS HIPOTECAS
Hemos enviado nuestros abogados colaboradores expertos en reclamaciones bancarias las preguntas más habituales para reclamar al banco los gastos constitución de hipoteca, las cuales os dejamos a continuación.
Por favor, es muy importante que antes de dejarnos una consulta, compruebes que ésta no se encuentra entre todas las preguntas frecuentes de este FAQ.
No obstante, como siempre, podéis consultar siempre que lo necesitéis y las veces que sea necesario, aunque sí es una gran ayuda para los abogados que contestan a las consultas, que no preguntéis asuntos que ya se encuentran explicados en este FAQ o el resto de artículos relacionados.
Este FAQ está en constante renovación, por lo que seguiremos iremos añadiendo nuevas preguntas frecuentes. Nadie se quedará sin respuesta.
(Sólo tienes que hacer en click en las preguntas para abrir o cerrar las respuestas)
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PRÓXIMAS RECLAMACIONES
En Economía Zero estamos trabajando en nuevos tipos de reclamaciones, para conocer cuales son las próximas que vamos a publicar visita ESTE ENLACE.
Deja una consulta o envíanos un e-mail diciéndonos el caso o casos que te afectan, y nada más esté publicada la info correspondiente a cada caso te avisaremos, así de sencillo 😉 .
COMENTARIOS Y CONSULTAS
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Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, puesto que en ella te explicamos como redactarlas para evitar errores, evitar que nuestras respuestas vayan al SPAM, etc.
Gracias.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
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Hola Melania,
Acabamos de recibir la respuesta del banco.
Te la adjunto.
Espero vuestra respuesta
Un Saludo
Julián
Hola Julián
Esa es la respuesta tipo que están enviado la mayoría de las entidades, en la que se desentienden de la Sentencia del Supremo diciendo de que no sólo afecta al BBVA, que fue a quien se demandó en su día, aunque se les olvida que esa Sentencia crea Jurisprudencia 😉 .
Por lo tanto, ahora la vía que queda es la judicial, por lo que si quieres podemos ponerte en contacto con uno de nuestros abogados colaboradores para que te lleve el asunto ante los Tribunales, para ello necesitamos que nos envíes un número de contacto (preferiblemente móvil), para que el abogado te llame.
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
Quedamos a la espera de tu respuesta, un saludo.
Hola
Me dices que cambie la palabra «hipoteca» por «préstamo con garantía hipotecaría» porque mi hipoteca no fue para comprar la vivienda y en el segundo párrafo también se hace mención a la compra de la vivienda, supongo que también habrá que cambiar algunas palabras. Éste sería el párrafo:
«Yo contraté con ustedes un préstamo para facilitar la compra de mi vivienda por cuya Escritura ya pagué el Notario, los Impuestos, el Registro y la Gestoría que me corresponden. Sin embargo, los gastos idénticos que corresponden a la Escritura de Hipoteca también me obligaron a pagarlos, cuando se deben a costes fruto de su negocio bancario y no de mi compra.»
Muchas gracias.
Un saludo
Hola Alejandra
Así es, cambia también en ese párrafo lo referente a la compra de vivienda.
Un saludo.
Pues a día 1 de Marzo envié la carta de reclamación de los gastos certificada con acuse de recibo a 2 bancos, ya que tengo dos hipotecas que estoy pagando:
Una en el DEUTSHE BANK en Madrid, donde resido actualmente, en XXXXXXXXXXXX).
Otra a LA CAIXA, oficina en Madrid. Aunque el inmueble está en Valencia.
Tengo toda la documentación relativa a los gastos.
Mi teléfono: XXXXXXXXXX.
Gracias,
Hola Paco
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes.
Ante todo daros las gracias por toda la ayuda e información que facilitais.
Ha pasado un mes desde que mandé la carta de reclamación por los gastos de constitución de la hipoteca a Bankia y no he recibido respuesta alguna.
Os dejo mis datos para presentar una demanda:
JORGE XXXXXXXXXXXX
BANKIA
XXXXXXXXX, CÁDIZ
XXXXXXX – XXXXXXXXXX
Muchas gracias.
Hola Jorge
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola, ya he recibido respuesta acerca de vuestro modelo de reclamación de los gastos de constitución de hipoteca y me gustaria que me ayudarais respecto a que es lo que tengo que hacer ahora. Os dejo las imágenes de la carta.
Saludos!!
Hola Javier
Esa es la misma respuesta que están enviando todas las entidades, es decir, que dicen que la Sentencia del Supremo no va con ellos, algo que no es cierto, puesto que ha creado Jurisprudencia.
Nosotras no te aconsejamos que pierdas el tiempo ni reclamando al Defensor del Cliente, ni mucho menos ante el BDE. Sino presentar demanda directamente.
No obstante, hemos comprobado que a últimos de diciembre enviamos tu caso de acuerdo privado por la cláusula suelo a una de nuestras abogadas colaboradoras, y aunque no sabemos en qué quedó el asunto, lo habitual en casos como el tuyo es incluir en la misma demanda la cláusula suelo y los gastos de constitución, ya que de este modo no se corren riesgos innecesarios.
Lo mejor es que antes de nada, nos digas si la abogada ya está con el asunto del acuerdo privado.
Quedamos a la espera, un saludo.
Hola soy Miguel XXXXX XXXXXXXX, os escribo desde XXXXXXXX, provincia de Alicante, y estoy interesado en reclamar con ustedes los gastos de hipoteca que me obligaron a pagar en Bankinter S.A. y en la Caja de Ahorros del Mediterráneo, ésta última adquirida posteriormente por el Banco de Sabadell.
Mi teléfono de contacto es el XXXXXXXXXX.
Espero su llamada, reciban un saludo
Hola Miguel
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola.
Antes de nada, agradecer todo vuestro esfuerzo en ayudar a las personas a recuperar lo que de forma zafia nos han sustraido los bancos.
He decidido tratar de recuperar los gastos ocasionados por la constitución de la hipoteca y, si es posible, por la comisión de apertura.
Me he puesto a rellenar la carta de reclamación cuando me ha asaltado una duda. Dónde poneis «PONER LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DÓNDE LO REMITIREMOS», no sé qué dirección tengo que poner: la mi sucursal bancaria donde voy a presentar la carta o la dirección del Servicio de Atención al Cliente del CaixaBank en Barcelona.
Gracias por vuestra aclaración y un saludo!
Hola Sergio
Lo mismo si la presentas en la sucursal (siempre que accedan a sellarte la copia), o por carta certificada con acuse de recibo, tienes que poner esta dirección:
SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DEL GRUPO CAIXABANK
Titular: Ignacio Redondo Andreu
Domicilio: Avenida Diagonal, 621-629 – 08028 – BARCELONA
Respecto a la comisión de apertura, te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenos días, mi nombre es Jenaro y les escribo desde A Coruña (no sé si también trabajáis aquí…)
Mi duda es en relación a lo siguiente:
Mi padre formalizó en su día (año 2002) hipoteca con La Caixa por importe de 120.000 euros. Luego, en el 2004, realizamos otra por importe de 47.000 euros.
Por último, en el año 2007 (y de aquí viene mi duda) formalizamos (y cito literalmente) ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO con el Santander por importe de 315.000 euros. En la escritura, hay una cláusula que dice “que, con la finalidad de cancelación de préstamos de otra entidad y gastos de escrituración (…) se ha convenido contrato de préstamo con garantía hipotecaria” Es decir, la escritura es (literalmente) de préstamo hipotecario pero el dinero se destina para cancelar la anterior hipoteca.
No sé si se trata de una subrogación o de una hipoteca nueva. ¿Puedo reclamar los gastos del Santander?
Además, no tengo la factura de notario (el resto sí) y este se jubiló ¿hay manera de conseguirla o reclamarla igualmente? (en la provisión de fondos son unos 600 euros)
Quedo a la espera de sus noticias.
Un saludo.
Hola Jenaro
Respecto a lo que nos comentas de si trabajamos en tu provincia, decirte que abarcamos todo el país, aunque no tenemos abogados en todas las provincias, no obstante, esto es algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son.
Sobre tu consulta, aunque entendemos que no se trata de una subrogación, preferimos que tu caso lo estudie uno de nuestros abogados, ya que ante situaciones poco claras como la tuya, preferimos derivar la consulta a un profesional antes de «meter la pata» 😉 .
Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos des un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Recuerda que una vez hayas enviando la carta de reclamación, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). No debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenos días,
Mi nombre es Esther XXXXXX, vivo en XXXXXXXX, Gipuzkoa. Quería haceros una consulta en referencia a la reclamación de gastos hipotecarios.
Cuando firmamos la hipoteca con el Banco Santander, nos hicieron contratar un seguro porque el importe solicitado de la hipoteca era algo más del 80% de la tasación. ¿Se puede incluir el coste de este seguro en la reclamación de los gastos hipotecarios?
Muchas gracias y un saludo.
Hola Esther
Hasta donde nosotras sabemos sólo se pueden reclamar los 5 gastos que os indicamos, no obstante, lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Y entonces, cuando hables con el abogado, le puedes comentar lo del seguro, ya que tal vez se pueda reclamar por otra vía.
Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Ok. En breve os enviaré el fichero en norma 43 para reclamar por otro lado las comisiones de descubierto para que me lo gestionéis de forma personalizada. Gracias y un saludo.
Hola Jorge
Estupendo, quedamos entonces a la espera de recibir dicho fichero. Aunque suponemos que ya lo has hecho, recordarte que tienes toda la info sobre cómo funcionan las gestiones personalizadas en este enlace.
Un saludo.
Buenas tardes.
He estado mirando las consultas acerca de este tema y tengo unas dudas, que aunque creo que las tengo claras, me gustaría que me lo confirmaseis para ver si estoy en lo cierto.
En el año 2002, mi mujer compro un apartamento y yo un piso, con hipotecas en BBVA y Caja Laboral, respectivamente. Ella firmo la hipoteca avalada por sus padres y yo la mia la hice en solitario. Bien, en el año 2007 yo paso mi hipoteca (entiendo que esto es una subrogacion) a Barclays Bank, por las condiciones que me daban y por una faena que me hicieron en mi Caja, con lo cual, entiendo que estos gastos no son reclamables.
En segundo lugar, mi mujer tiene que cancelar su hipoteca porque sus padres quieren adquirir una segunda residencia y al estar de avalistas de su hija no le conceden el préstamo hipotecario, dicha hipoteca se cancela en junio de 2008 y se formaliza una nueva el mismo mes (es decir, se cancela la anterior y se formaliza otra a nombre de los dos), entendiendo que esta ultima no es una subrogacion, suponiendo que los gastos de ésta son reclamables.
Si es asi, os agradecería que me lo confirmaseis para comenzar con todo el papeleo.
Espero vuestra respuesta aunque ya se que estáis hasta arriba de trabajo.
Muchas gracias.
Hola Rafa
Respondemos a los dos casos:
– Hipoteca de Caja Laboral subrogada a Barclays Bank
Sí, es como dices, salvo un matiz importante, es decir, que si bien ahora mismo no recomendamos presentar demanda para estos casos de subrogaciones, novaciones y ampliaciones (si quieres puedes presentar igualmente la carta de reclamación), hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
– Hipoteca cancelada en BBVA y abierta una nueva.
Aquí también estás en lo cierto, puesto que si se trata de una hipoteca nueva, no hay problema alguno en reclamar cuando quieras.
Recuerda que una vez envíes la carta, debes esperar los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). No debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
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Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Muchisimas gracias por vuestra respuesta. Ya he mandado la carta de reclamacion a BBVA siguiendo los pasos que indicais. Ahora solo queda esperar. Gracias de nuevo por vuestra ayuda.
Hola Rafa
Recuerda que independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). No debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Quedamos entonces a la espera, un saludo.
Buenos días, pues a fecha de hoy (26/04) no he recibido contestación por parte del BBVA, así que, si os parece, me decís que estos os hacen falta y os los mando por privado. Gracias.
Hola Rafa
Lo que hacemos en estos casos es enviar vuestro caso a uno de nuestros abogados colaboradores, así que como ya tenemos tus datos de otras gestiones, sólo tienes que decirlo y te pondremos en contacto con uno. Luego ya será él el que te solicite la documentación que estime precisa, aunque seguro que será una copia de la escritura de la hipoteca y de las facturas que tengas.
Quedamos a la espera, un saludo.
Hola Rafael,
Hemos recibido tu pago correctamente y procedemos a gestionar tu caso. El plazo estimado para el envío por nuestra parte -mediante e-mail- de toda la documentación/archivos ya lista para que la imprimas, cubras y envíes al SAC, será de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha en que hemos recibido el abono de la tarifa.
En el mismo momento que realicemos dicho envío de documentación, te lo notificaremos. No te olvides de revisar la carpeta SPAM de tu gestor de correo, por si acaso.
Si tienes alguna duda o pregunta, no dudes en comunicárnoslo.
Recibe un cordial saludo.
Les escribo para solicitar información con vuestro abogado para reclamar los gastos de la hipoteca.
Rubén XXXXX XXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXX (Barcelona).
Telf: XXXXXXXXX
Llamar horario a partir de las 15:00 horas.
BBVA banco a reclamar
Gracias.
Hola Rubén
Le hemos remitido tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes,
Hace 2 semanas presenté ante el SAC de mi banco una reclamación por los gastos de formalización de la hipoteca. Cuando preparé dicha reclamación extrajudicial, la redacté utilizando la información disponible a través de diferentes fuentes en la red. En aquel entonces aún no había dado con ustedes.
Antes de nada he de decir, que me parece impresionante su web, hasta la fecha una de las mejores y más accesibles que he encontrado.
Sin embargo algo que me ha sorprendido es que no plantean elevar la reclamación al BDE tras una respuesta negativa o insatisfactoria por parte del SAC del banco. No es una crítica, sino una consulta pues este es el paso en el que me encuentro, habiendo recibido a día de hoy una carta tipo (no personalizada) en la que el banco rechaza mi reclamación. ¿Es que no vale la pena reclamarlo al BDE?, ¿Puede resultar contraproducente?
También he podido comprobar que recomiendan no adjuntar facturas ni otros documentos a la reclamación en sí, cosa que yo hice con la intención de documentarla lo mejor posible, y me pregunto del mismo modo el porqué de esta recomendación.
Sin otro particular me despido y le agradezco de antemano por su respuesta.
Un cordial saludo,
Hola Amado
Respondemos a tus dudas:
– Reclamar ante el BDE
Salvo en asuntos en los que no nos queda otra vía que acudir ante él, nosotras no recomendamos nunca reclamar al BDE, las razones son estás:
1ª- Suele tardar entre 8 meses y 1 año en resolver los asuntos, ya que aunque tiene estipulado en su propia normativa un plazo máximo de 4 meses, están tan saturados de reclamaciones, que en vez de contratar más personal, prefieren hacer que los casos se vuelvan eternos.
2ª- Sus resoluciones NO son vinculantes para las entidades.
3ª- Si bien es cierto que una resolución favorable nos puede ayudar ante el Juzgado, una en contra también puede perjudicarnos, aunque en este caso de los Gastos de Constitución, con la Sentencia del Supremo el asunto está más que claro.
No obstante, te recomendamos también que leas nuestro artículo ¿Para qué, y a quién, sirve realmente el Banco de España?
– Adjuntar facturas
No es que tengamos motivos de gran peso para no presentar las facturas, ni estimar la cuantía concreta a reclamar en la carta de reclamación. No obstante, si hay dos que nos parecen suficientes para hacerlo de este modo:
1º- Es muy habitual que los usuarios no puedan hacerse con todas las facturas, por lo que si ya en la carta de reclamación le decimos a la entidad las que sí tenemos, y las que no, le estamos dando pistas para que sólo nos devuelva la cuantía correspondiente a esas facturas que conservamos. Cuando las entidades saben de sobra lo que nos cobraron en su día, concepto por concepto, e importe por importe, aunque nunca nos van a querer facilitar esa información, primeramente debido a que, por desgracia, no están obligados.
Evidentemente, cuando acudamos al Juzgado tendremos que aportar las facturas y cuantificar la demanda, pero al menos en el primer intento ante el SAC de la entidad no mostramos «nuestras cartas».
2º- Al enviar una carta genérica, tenemos tiempo de ir consiguiendo las facturas que nos falten mientras se tramita la reclamación ante el SAC.
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Te recordamos que, si quieres, puedes enviarnos tu caso para que uno de nuestros abogados lo estudie y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Cuando firmé mi hipoteca, me obligaron a suscribir con ella un seguro de crédito por un importe de 5.644,62 euros. ¿Puede reclamarse también por este concepto?
Hola Rosa
Vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Gracias por su respuesta. La población donde vivo es XXXXXXXXX capital y mi número de teléfono es XXXXXXX. Estoy disponible a cualquier hora del día.
Un saludo.
Hola Rosa
Hemos enviado tus datos de contacto al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenas tardes gracias por su respuesta, mi consulta era si vosotros tramitáis los gastos de reclamación hipotecaria o en caso contrario si tenéis algún modelo para poder facilitarme una copia.
Cordiales saludos espero su respuesta , gracias
Hola Pilar
Sí, tienes toda la info en nuestro artículo Cómo reclamar fácilmente los gastos de constitución de hipoteca y en resto de enlaces relacionados.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
También nos hablabas de un asunto con Cetelem, por lo que te informamos de que actualmente estamos trabajando en este tipo de productos «basura», puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas o préstamos, puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas o solicitadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Cuando se anula un contrato, éste directamente NO HA EXISTIDO, lo que conlleva a la devolución de todos y cada uno de esos conceptos (comisiones, seguros, cuotas anuales), además de todos los intereses abonados (remuneratorios y moratorios), es decir, que la entidad tendrá que restar a todo lo que le llevamos pagado, el capital real (principal) que nos prestó.
Como no sabemos exactamente cuándo vamos a tener lista la info (va a ser muy pronto), nos hemos tomado la libertad de apuntarte en un listado para avisarte en cuanto esté todo publicado. Mientras tanto intenta conseguir la documentación que puedas, contratos, extractos, recibos, etc.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola mi duda es a quien le reclamo yo los gastos.
Firme 2007 Caixa d’estalvis Catalunya en 2013 vencimiento anticipado y ejecución hipotecaria en agosto 2015 recibo carta esta titulizada en Fta2015 gestionado gestora gesticaixa y anticipa en septiembre 2016 tras adjudicación descubro realidad antes dic 2008 fue titulizada fondo hipocat17 liquidado anticipadamente en junio 2015 por lo que no se a quien para. Colmo la gestora se lo cesión a otra sociedad haya paralizado por juzgado incidente nulidad excepcional de actuaciones
Luego anterior tuve una Cajamar firmada marzo 2002 subrogada Santander en 2004 y ejecución hipotecaria adjudicación en 2011
Gracias y saludos
Hola Susana
Hemos enviado tu consulta y los datos de contacto a uno de nuestros abogados, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola!
Mi nombre es Laura, he ido a mi banco (BANKIA), para preguntarles si puedo reclamar los gastos de mi hipoteca y me han dicho que todavía no esta aceptado por el tribunal supremo y que me arriesgo a tener que ir a un juicio que lo mismo pierdo y me supondrá muchos gastos.
Es verdad ¿Puedo reclamar?
Hola Laura
A estas alturas ya no nos sorprendemos de nada, pero es que en esa sucursal no te han dicho ni una sola verdad 😉 .
Las demandas se basan precisamente en esta Sentencia del Supremo.
Si vas a Juicio, es casi imposible que pierdas y tengas que pagar esos gastos que te han dicho (para meterte miedo), puesto que si llegase el caso, y fuese uno de nuestros abogados el que te preparase la demanda, no sólo incluiría en ella los gastos de constitución (claramente recuperables de por sí), sino que añadiría la cláusula de interés moratorio, que en el 99 % de las hipotecas es también abusiva (hay 2 Sentencias del Tribunal Supremo que así lo dicen), por lo que en el más que improbable caso de el Juez no te concedieses los gastos de constitución, esta cláusula de interés moratorio la anularía seguro, por lo que como mucho, cada parte pagaría sus costas. Y nuestros abogados no os cobran nada en esos casos, y como tampoco tienes que adelantar ni un euro, en el peor de los escenarios posibles, te quedarías como estás, pero sin pagar nada.
No obstante, lo normal es que recuperes el dinero de los gastos de constitución, el cual será todo para ti, ya que nuestros abogados cobran sólo las costas. Tienes más info en este enlace: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola buenos dias, ademas de la tarjeta de Cetelem, tengo una hipoteca con Bankia.
Ya me han devuelto el dinero de la clausula suelo, pero siguiendo las instrucciones que dabais en un post de Facebook, les envié una carta certificada con acuse de recibo, solicitando que me devuelvan tambien los gastos de establecimiento de la hipopteca.
Ya han pasado los quince dias que les daba en la carta, y no se han puesto en contacto conmigo. Me podeis decir cual seria el siguiente paso a dar?
Muchas gracias.
Hola Aitor
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora. Además de que debes tener por seguro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas, aunque a veces no podamos hacerlo tan rápido como nos gustaría.
Respecto a tu consulta, decirte que el siguiente paso es el de presentar demanda en el Juzgado. Por lo que, si quieres, podemos enviar tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Las condiciones están detalladas en este artículo, aunque si te queda alguna duda sólo tienes que dejar una consulta.
Recibe un cordial saludo.
Buenas noches Melania,
Mi consulta es sobre la reclamación de los gastos de constitución. Nosotras la hipoteca no la pedimos para comprar la vivienda sino para una mejora de la misma pero si que era la primera vez que se pedía una hipoteca sobre el inmueble. ¿Podemos reclamar los gastos de constitución o solo se puede si es para la compra de la misma?
Saludos,
Hola Alejandra
Sí, nosotras recomendamos reclamar igualmente los gastos en los casos de préstamos con garantía hipotecaria, puesto que al final el beneficio para la entidad es el mismo, y esos gastos los debería de haber pagado ella.
Por lo tanto, puedes ir enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica, aunque debes modificar las partes en las que se habla de «hipoteca» por «préstamo con garantía hipotecaria».
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola. Voy a iniciar la reclamación de gastos de hipoteca. Mi consulta es que tengo que reclamar una hipoteca cancelada recientemente y la firmada en el mismo momento de mi actual vivienda y mi duda es si es necesaria una reclamación para cada una o no. Gracias y un saludo.
Hola Jorge
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que si se trata de 2 hipotecas independientes, es decir, que la segunda no es una subrogación, novación o ampliación de la primera, y si la primera ha sido cancelada después del 23 de diciembre de 2011, entonces, puedes reclamar los gastos de las dos hipotecas y debes hacerlo por separado, al menos en esta vía extrajudicial, ya que en el caso de que haya que acudir ante el juzgado ya sería el abogado el que estimase si se presentaba demanda conjunta o no.
Una vez envíes las cartas, esperas los 15 días que se dan en ellas, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola,
En noviembre de 2013 compré un piso y un parquing de nueva construcción a una empresa llamada Volumétric en Barberá del Vallés (Barcelona).
Yo di de entrada 65.000 euros y el resto fue con una hipoteca por 105.000 euros con el BBVA. Después de firmar la hipoteca ante el notario me entere de que toda la promoción estaba ya hipotecada por la constructora con dicho banco.
Mi duda es la siguiente:
– Puedo reclamar parte de los gastos por la constitución de la hipoteca que ascendieron a 5991,00 euros, si la escritura consta como una compraventa y subrogación de prestamo hipotecario otorgada por la constructora a favor mio?
– Os envio la portada de la escritura y la autorización de cargo provisión de fondos mediante archivo pdf adjunto.
Gracias
Hola Aurora
Estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Si es para presentar la demanda de los gstos dela hipoteca.Ya que tengo lacarta del SAC negandose a la devolucion
Hola Consuelo
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Gracias!
Por contestarme, si me gustaria que me avisarais en cuando este publicada.
La carta la he mandado esta semana en saber el resultado me pongo en contacto.
Gracias!
Un saludo
Hola Santi
Estupendo, ya te hemos apuntado al listado de afectados por las comisiones de apertura, que básicamente debe ser toda España 😉 .
Respecto al asunto de los gastos de constitución, quedamos a la espera de noticias.
Un abrazo.
Buenas tardes, mi pregunta es respecto a los gastos de constitución de hipoteca porque creo que no los puedo reclamar, ya que cuando yo compré mi vivienda en 1999 hice la hipoteca con una entidad y en el año 2005 cambié la hipoteca a otra entidad y creo que eso es una subrogación sino me equivoco.
Muchas gracias por las molestias.
Un saludo
Hola Vanesa
Estos días estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto. Lo que no quiere decir que dentro de unos meses o un año, cuando haya Sentencias suficientes, puedas reclamar dichos gastos.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Buenas tardes;
Soy Mónica XXXXXXX y vivo en XXXXXXX, Ciudad Real.
Tengo unas dudas que voy a exponer a continuación:
He contratado una hipoteca en diciembre del 2003 con Caja Castilla La Mancha (actualmente Banco de Castilla La Mancha, perteneciente a Liberbank) y la cancelé en diciembre 2005, cuando hice una reunión de préstamos con Cajastur (actualmente Liberbank). La segunda hipoteca sigue vigente. Por lo que yo entiendo es una hipoteca nueva (2 entidades distintas, 2 escrituras…etc). Mis dudas son las siguientes:
– ¿Puedo pedir los gastos de constitución de las dos hipotecas?
– En cuanto a las comisiones de apertura, ¿podría pedirlas igualmente de las 2 hipotecas?
Estoy a la espera de vuestra respuesta. Gracias.
Un saludo.
Hola Mónica
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respondemos ahora a tus dudas:
– Gastos de constitución hipoteca vigente
En esta hipoteca puedes reclamar sin problemas, lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
– Gastos de constitución hipoteca cancelada en 2003
Estas semanas estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
– Comisiones de apertura
En principio, cuando publiquemos la info para estas reclamaciones, podrás reclamar las comisiones de apertura de las dos hipotecas (y de cualquier préstamo), puesto que lo que se va a presentar es una reclamación de cantidad, y el derecho a reclamar no prescribe hasta los 15 años.
No obstante, en cuanto esté publicada la info te avisaremos a tu e-mail, y estudiaremos cada caso antes de reclamar.
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Actualmente estamos trabajando en la reclamación de todo tipo de productos «revolving», puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas o préstamos, puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas o solicitadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Cuando se anula un contrato, éste directamente NO HA EXISTIDO, lo que conlleva a la devolución de todos y cada uno de esos conceptos (comisiones, seguros, cuotas anuales), además de todos los intereses abonados (remuneratorios y moratorios), es decir, que la entidad tendrá que restar a todo lo que le llevamos pagado, el capital real (principal) que nos prestó.
Por lo que si tienes, o has tenido, alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenos días, necesito que me aclaren por favor ciertas dudas, intentaré resumir:
En el año 2006 compramos un terreno en XXXXXXXX (Alava) con el fin de construir una vivienda unifamiliar que con motivo de la crisis no hemos podido llevar a cabo. Gran parte del pago lo financiamos con un prestamo hipotecario concedido por Kutxabank
Leyendo las escrituras no tengo muy claro si podemos reclamar algún concepto, ya que no sabemos si tiene cláusula suelo, aparecen los famosos apartados 3 y 3 bis pero no se especifica muy bien. Por otro lado está el tema de los gastos ya que todos fueron por nuestra cuenta, el interés de demora (creo que abusivo) Parece que se trata de subrogación y novación pero en ningún momento ni siquiera en la firma con el notario fuimos conscientes de esta subrogacion ya que lo que tenemos es también un contrato de compra-venta
Nuestro miedo es que si reclamamos (en caso de tener derecho) nos cambien el tipo de prestamo ya que la fiinalidad de hipotecario era dicha construcción (aunque no vemos ningún apartado especifico haciendo referencia a este punto) y no se ha llevado a cabo. Tampoco hemos mantenido ni la nómina ni los productos que se especifican y obligan a tener contratados durante la vigencia del préstamo para mantener el interes
En la actualidad tenemos algunas cuotas pendientes, pero hemos pactado «verbalmente» un rebaje en la cuota aunque el resto se acumula como saldo deudor (con un intarés del 17,5%) nos están presionando para regularizar esta situación, pero de momento no es posible. Tenemos a la venta el terreno pero hoy en día las pocas ofertas que tenemos son muy por debajo de su valor. Ahora desde la caja nos ofrecen la posibilidad de la daccion en pago para lo que nos soliciitan una tasacion que nos obligan a pagar
Necesitamos que por favor nos aclareis nuestras dudas. Adjunto las escrituras, si necesitan algùn otro documento, por favor pedirlo
Muchas gracias
Hola Elena
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que se la vamos a remitir a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará la viabilidad de tu caso de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Nombre: Maria Consuelo XXXXXX
Entidad: Bankia
Provincia: Pontevedra
Telefono: XXXXXXX
Horario de contato: 24 horas
Hola Maria Consuelo
Te agradecemos que nos remitas todos tus datos, aunque no tenemos del todo claro el motivo por el qué nos los remites, suponemos que para presentar demanda por los gastos de constitución, pero quedamos a la espera de nos lo confirmes.
Un saludo.
Hola, el día 13/02 envié la carta al banco. Hoy he recibiendo la respuesta en la cual el banco se niega a devolver los importes por varios motivos, pasaron más de 6 años, me informaron previamente a firmar la hipoteca de los gastos, los gastos no fueron percibidos por ellos sino que eran para terceros, etc.
Cómo tengo que proceder ahora para continuar con la reclamación vía judicial?
Gracias de antemano
Hola Laura
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenos días, mi número de teléfono es XXXXXXXXXXXX y la población es XXXXXXXXXXXX. De lunes a viernes pueden llamarme en cualquier horario preferiblemente de 14 a 17 ya que a veces por las mañanas estoy de visitas y no puedo atender.
Muchas gracias.
Hola Laura
Hemos remitido tus datos de contacto al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola muy buenas tardes:
Les quisiera hacer una pregunta, que creo que ya se las han formulado,pero no estoy seguro.
Bien cuando yo pedí el préstamo el banco descontó automáticamente cerca de 4000€ del dinero que solicite, ayer mismo estuve revisando toda la documentación para hacer la reclamación y me di cuenta que tengo dos pagos del impuesto de transmisiones y actos jurídicos.
Uno lo realizaron cuando se formulo la hipoteca, que fue sobre abril y el otro lo tuve que pagar en septiembre. que por cierto tuve que fraccionar. Se pueden reclamar los dos?, o solo el que se hizo a lo primero.
Att: un saludo y muchas gracias
Hola Luis
Es normal que tengas dos impuestos, ya que uno es el correspondiente a la hipoteca (que es el que se puede reclamar), y el otro a la compraventa (que no se puede incluir).
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola soy afectada por los gastos hipotecarios, mi gran problema es que al ponerme manos a la obra me dicen que me faltan todos los papeles, hasta las escrituras de mi vivienda, me pongo hablar con el banco (bbva) la gestoria y el notario y su respuesta es que como es una hipoteca de mas de ocho años ellos no están obligados a guardar esos datos y el banco la respuesta que me dan es que tampoco tienen nada mío en mi sucursal, solamente un contrato de apertura de cuenta y nada mas, estoy un poco desesperada ya que se que esos papeles a mi no se me entregaron ¿si ni siquiera tienen en el banco mi hipoteca firmada como los voy a tener yo?
Quisiera saber si puedo contratar algún abogado para ayudarme a encontrar esa documentación y luego poder denunciar para recuperar esos gastos hipotecarios.
Muchas gracias y un saludo.
Hola Noelia
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que tu caso es muy habitual, y que por desgracia no hay forma en la que puedas conseguir las facturas si no te las quieren dar, no obstante, seguro que el impuesto de Actos Jurídicos documentados lo puedes conseguir, y éste suele representar el 75 % de la cuantía total a reclamar, así que te seguirá mereciendo la pena reclamar igualmente.
Lo que no es posible, es que el Notario te niegue el facilitarte una copia simple de las escrituras, puesto que hasta donde nosotras sabemos, tienen la obligación de conservarlas, aunque eso sí, te van a cobrar por ello.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Un saludo.
Buenos días
Me pongo en contacto con ustedes para asesoramiento legal de qué hacer.
Hace unos días presenté al banco donde formalicé la hipoteca con ellos la carta que les adjunto (documento Word) con las facturas que también adjunto (documento scannable en pdf) y la contestación que he recibido ha sido la que adjunto como comunicado
Esperando su contestación
Reciban un cordial saludo
Hola Alejandro
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Hola!
Perdón por el retraso que ha sido bastante os comunico la buena noticia que al final me devolvieron los 602€ sin pega alguna, daros mil gracias por la ayuda prestada.
Ahora estoy con los gastos de hipoteca que me descargado la carta de la página para mañana entregarla ya comunicare como termina ese tema.
Mi pregunta es que he estado leyendo que hay una cláusula llamada 360 y la tengo en la hipoteca.
En vuestra página no se habla de ello o no lo he visto, ¿Sabéis algo del tema? y ¿Qué tendría que hacer?
Y de nuevo gracias por todo lo que me habéis ayudado.
Un saludo!
Hola Santiago
Lo primero de todo decirte que nos alegramos mucho de que hayas recuperado todo el dinero reclamado, por lo que en breve sumaremos a la hucha de reclamaciones tus 602 € 😉 .
Respecto a los gastos de constitución, recordarte que una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Lo que nos comentas del 360 es algo para lo que de momento no tenemos info, no obstante, como es muy probable que para el asunto de los gastos de constitución tengas que acabar presentando demanda en el Juzgado, si el abogado lo considera oportuno puede incluir la nulidad de dicha cláusula en ella. Por lo que llegado el caso debes comentárselo, ya que por defecto, además de los gastos, se va a incluir la cláusula de intereses moratorios, pero se ha decidido no incluir más cláusulas (salvo en casos como el tuyo) para evitar que se puedan perder las costas, ya que al incluir muchas cláusulas en la demanda, con que el Juez no nos conceda una, ya se perderían las costas, y lo que se busca es ganar dichas costas (que serán para el abogado) y que así vosotros os podáis llevar todo el dinero reclamado.
Decirte también que en breve vas a poder reclamar la comisión de apertura, de esa hipoteca, y de cualquier préstamo que tengas o hayas tenido, por lo que si quieres que te avisemos cuando tengamos la info publicada, sólo tienes que decirlo.
Un saludo.
Buenos días, Melania, gracias por responder.
La población es Madrid capital y mi móvil: XXXXXXXXXXXX. En cuanto a la franja horaria, entre las 12:00 y las 14:00 y entre las 17:00 y las 18:30h.
Muchas gracias.
Un saludo,
Hola Mª Eugenia
Hemos enviado tus datos de contacto y la consulta al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenos tardes,
Por los gastos de formalización hipoteca, el dia 5 de Enero 2017 mandé carta a la atención al cliente de mi banco BBVA,
y el dia 3 de Marzo de 2017 me han contestado que solo me devuelven los gastos registrales y el costo de alguna copia que me cobró el notario.
Yo no estoy conforme y por eso quiero que Ustedes me puedan guiar en los siguientes pasos que debo dar, creo que es acudir por la via judicial
Les ruego me puedan estudiar y aconsejar Ustedes , pués creo que el siguiente paso es acudir por la via judicial a través de sus abogados.
Ahora les adjunto toda la documentación enviada al BBVA y recibida del BBVA.
Me gustaría me pudieran informar previamente, pués estoy super angustiada.
Mi nombre es Mª Luisa XXXXXXXXXX, resido en XXXXXXXXX (España) y mi teléfono XXXXXXXX, estoy disponible todo el día ininterrunpidamente.
Quedando a la espera y muy agradecida, reciban un cordial saludo
Hola Marisa
Está claro que esa propuesta de la entidad es inaceptable, por lo que ahora tienes que presentar demanda, algo que no debe preocuparte, sobre todo porque no vas a correr ningún riesgo y estarás representada por un profesional especializado y con mucha experiencia, no obstante, a continuación te damos más detalles.
Le hemos enviado tus datos y la documentación que nos has remitido a uno de nuestros abogados para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola
Ya tengo el acuse de recibo con fecha 17/02…Por lo que creo.que han pasado los 15 días y no he tenido respuesta. Cuál es el siguiente paso?
Saludos
Hola Rober
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, el siguiente paso es el de acudir ante el Juzgado, y si quieres, podemos enviar tu caso a uno de nuestros abogados para que lo estudie y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Ok, mi numero XXXXXXXXX de XXXXXX Gipuzkoa. En cuanto a horarios trabajo a turnos así que depende de que semana me llamen
Muchas gracias y saludos
Hola Rober
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado sólo tienes que apuntarme en el formulario correspondiente que hay en nuestra sección de PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Mi duda es la siguiente:
Yo constituido una hipoteca con mi exmujer en 2005, los gastos fueron a medias y el pago de la hipoteca hasta el divorcio.
Según tengo entendido si puedo reclamar mi 50% de los gastos, aunque el costo de la tasación no lo puedo argumentar puesto q solo se puso a nombre de ella la factura y a día de hoy mi comunicación con ella es nula y TINSA, q fue la empresa q hizo la tasación no me da copia al hacer la factura solo a su nombre, ¿puedo pedir la mitad de los gastos al banco sin pedir el 50% d la tasación (en realidad seria un gasto mínimo)?, ¿de q firma se redactaría la carta de reclamación al banco en mi caso?.
Muy agradecido, un saludo
Hola Jose Antonio
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que se la vamos a remitir a uno de nuestros abogados especializados, el cual te contestará de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar la consulta al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil), puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenos dias:
El día 6 de febrero, envié la carta de reclamación de gastos de hipoteca.
En ella, adjuntaba dos números de cuenta, ya que las mensualidades se cobraron en dos cuentas.
Asimismo, cambié el texto «Yo contraté con ustedes un préstamo para facilitar la rehabilitación de vivienda…», puesto que no fué para compra de vivienda, sino para rehabilitación.
Después de 24 días, no contestaron.
Ruego me informen, si tengo derecho a la devolución de los gastos y que debo hacer.
Gracias, un saludo.
Hola Nacho
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado estudiará todas las cláusulas abusivas que contenga la escritura y las incluirá también, normalmente son dos o tres (la comisión de apertura, la de intereses moratorios y la de cancelación anticipada), aunque quedará a su criterio el añadir las que vea que son fácilmente anulables. En caso de presentar demanda con él, no tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, puesto que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenos días,
Os adjunto la documentación necesaria para poder estudiar la reclamación de los gastos de constitución ya que Kutxabank no ha respondido a mi solicitud enviada el 09/02/17
Hola Beatriz
El paso que queda ahora es el de presentar demanda en el Juzgado, por lo que hemos enviado tus datos de contacto y los documentos que nos adjuntas a una de nuestras abogadas, decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que la abogada estudiará todas las cláusulas abusivas que contenga la escritura y las incluirá también, normalmente son dos o tres (la comisión de apertura, la de intereses moratorios y la de cancelación anticipada), aunque quedará a su criterio el añadir las que vea que son fácilmente anulables.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola,
Te quería hacer una consulta, en caso de no ganar de que importe serían las costas???
Hola Beatriz
Aunque la cuantía de las costas depende de cada Comunidad Autónoma, decirte que en este asunto de los gastos de constitución ya de por sí es muy difícil que el Juez no te conceda la devolución de los importes y la nulidad de la cláusula, puesto que la Sentencia del Supremo es muy clara al respecto, y crea Jurisprudencia, es decir, que los Jueces de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales, deben seguir la doctrina marcada por el Alto Tribunal.
Pero es que además, cuando se presente la demanda, en ella se reclamará también la nulidad de las demás cláusulas abusivas que la abogada detecte en las escrituras de la hipoteca, que suelen ser dos o tres más (comisión de apertura, intereses moratorios y comisión por cancelación anticipada), lo que asegura totalmente que el usuario no tenga que asumir las costas de la parte demandada, puesto que con que el Juez nos concediese la nulidad de una sola de estas cláusulas cada parte pagaría sus costas.
Evidentemente, sólo se incluirán en la demanda, además de los gastos de constitución, las cláusulas que la abogada considere que son claramente anulables, ya que lo que nos interesa es que el juez nos conceda todo lo que reclamamos, para que la parte demanda sea quien se tenga que hace cargo de nuestras costas (que es lo que cobra la abogada) y de este modo todo el dinero recuperado sea para nosotros (para ti).
Otro aspecto que hay que tener presente en general, aunque ya te decimos que en este asunto concreto no va a suceder, es que en el caso de encontrarnos con un juez de Primera Instancia que no nos dé la razón, siempre se puede acudir a la Segunda Instancia (Audiencia Provincial).
No obstante, cuando te llame la abogada le puedes preguntar, además de esta duda, cualquier otra que tengas.
Un saludo.
Estimados Sres.:
Formalicé una hipoteca en el año 1995. Terminé de pagar el 30/09/2011.
La vivienda esta ubicada en XXXXX (MADRID)
El tema es qué, no sé si tengo clausula suelo, o no, porque no tengo ESCRITURA DE PRESTAMO HIPOTECARIO.
La hipoteca paso de ARGENTARIA a BBVA, con lo que fueron cambiando los nº de préstamo.
Hace años intenté que BBVA me proporcionara copia de la escritura de préstamo, fue IMPOSIBLE (después de meses, alegaron que: “…NO LA ENCONTRABAN”.
1- Comó proceder para que BBVA me facilite copia de dicha escritura?
2- Pueden cobrarme por esta gestión?
3- Tengo derecho a la devolución de los gastos de formalización?
Muchas gracias,
Pilar
Movil: XXXXXXXXXXX
Hola Pilar
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tus consultas, decirte que se las hemos enviado al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenos días,
La población en la que resido es XXXXXXXXXXXX, en Navarra.
Mi número de teléfono es el XXXXXXXXX. Preferiría que contactasen conmigo a partir de las 18:00 ya que es cuando ya he salido de trabajar, pero si no les es posible a partir de esa hora, pueden contactar conmigo a cualquier hora.
Un saludo y gracias.
Hola Andrea
Hemos enviado tus datos de contacto y la consulta que nos ha dejado al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presénciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Actualmente estamos trabajando también en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Agradeceros vuestro trabajo, lo primero.
Tengo entendido que los bancos pueden tardar dos meses en responder.
¿Por que queréis que se indiquen 15 días?
Por lo que he leido, supongo que es el plazo mínimo para poder proceder por la vía judicial en caso de que no haya respuesta, no?
Si responden en 40 días por ejemplo, estaríamos en la misma situación?
Lo que quiero decir: ¿al indicar 15 días estamos cerrando la puerta a que el banco nos responda dentro de ese plazo de dos meses o no?.
Gracias
Hola Gema
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que el plazo de 2 meses está estipulado para poder acudir posteriormente ante el Banco de España, algo que en este caso no vamos a hacer.
Lo de dar 15 días es porque nos parece un plazo suficientemente razonable para que la entidad conteste, aunque conocemos abogados que dan una semana o incluso menos días, y no nos consta que los Juzgados hayan puesto problemas a dichos plazos.
Sobre lo de cerrar la puerta a que conteste más allá de los 15 días, en principio es así, aunque si la entidad contesta fuera de plazo, y su respuesta es favorable a nuestra reclamación podemos aceptarla, o al menos estudiarla, sin problema. Ya que aunque el usuario esté preparando la demanda, ésta no se presenta de inmediato, y suele haber unas semanas entre el fin del plazo dado a la entidad y la presentación de la demanda.
Por lo demás, decirte que puedes modificar sin problema esos 15 días que le damos a la entidad por los que consideres oportunos.
Recuerda que independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste a la carta, no lo haga, o te envíe una propuesta), puedes ponerte en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenos días, hace unas semanas culminamos con éxito una reclamación de comisiones por descubierto gracias a vuestra gestión, con anterioridad yo había iniciado gestiones para la reclamación de los gastos de constitución de hipoteca a través de la OCU, esta reclamación es colectiva, no tengo nada en su contra pero creo que seria mas ágil con vosotros y de forma individual, en este momento ya he recibido contestación de la reclamación por parte del banco, NEGATIVA, el caso es que con todo el lío de documentos creo que no llegue a mandar a la ocu la hoja de encargo para iniciar la demanda, lo que es seguro es que todavía no he pagado nada, que me aconsejáis?
Puedo iniciar la demanda con vosotros sin tener líos con la ocu?
Espero vuestro consejo, gracias.
Hola Pedro
Lo primero de todo agradecerte la confianza que pones en nosotras y en nuestros abogados colaboradores 😉 .
Respecto a tu consulta, decirte que por supuesto podemos derivar tu caso a uno de nuestros abogados, ya que como bien dices, las demandas colectivas suelen durar muchos años, porque las entidades siempre recurren al tratarse de miles de usuarios, y cientos de miles o millones de euros a devolver.
Si no estamos equivocadas la OCU solicita provisión de fondos y cobra un porcentaje del dinero recuperado, y a nuestros abogados no tendrás que adelantarles ni un euro, además de que todo el dinero recuperado es para vosotros, ya que ellos cobran sólo las costas, salvo en el poco probable caso de que no se concedan las costas, en la que os cobraran en función de la cuantía recuperada (hasta 3.000 recuperados: 390 € + IVA y más de 3.000 recuperados: 590 € + IVA), puesto que algo tienen que cobrar, no obstante, este asunto está muy claro tras la Sentencia del Supremo y es muy difícil que no haya condena en costas para la entidad.
Lo que no te podemos asegurar es que tengas o no problemas con la OCU, aunque lo más sencillo es que te pongas en contacto con ellos y dejes clara tu renuncia por escrito (envía una carta certificada con acuse de recibo), además de que si ni siquiera has firmado y remitido la hoja de encargo, no vemos que exista mayor problema. Pero por si acaso déjalo todo por escrito, que en caso de problemas es la mejor prueba.
Por lo demás, decirte que quedamos a la espera de noticias para ponernos con la demanda, y también a tu disposición para ayudarte ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola de nuevo!!
Hoy hemos entregado al subdirector de la sucursal la carta de reclamación de gastos de constitución de hipoteca.
Muy majo, nos sellado las dos copias y ha enviado una al SAC del Santander?
Ya os diré si hay alguna novedad.
Un saludo,
Alex
Hola Alex
Estupendo, ahora ya sabes, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Sabemos que somos muy pesadas con lo de no firméis nada, pero es que no te puedes imaginar la cantidad de casos que estamos teniendo de usuarios que firmaron en su día la renuncia a cobrar su dinero por las cláusulas suelo, así que preferimos quedar de «plastas» si con ello evitamos más engaños por parte de las entidades 😉 .
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
Un abrazo.
Ante todo quiero agradecerles la labor desinteresada que estáis realizando a toda la gente que os consulta.
Mi caso es el siguiente:
En el año 2007 compré un apartamento y una plaza de garaje en una urbanización de la costa.
Poseo las escrituras de compraventa donde figura “compraventa de inmuebles con subrogación de préstamo hipotecario”. Curiosamente la entidad bancaria, que no la oficina, a la que estaba sujeto el préstamo del promotor es la misma que me concedió la subrogación, es más yo no trabajaba con esa entidad y fue ella la que se puso en contacto conmigo ofreciéndome unas mejores condiciones en el préstamo, por lo que la única manera que tuvieron de conocer mi existencia era a través de dicha operación. El préstamo terminé de pagarlo el año pasado.
También poseo las facturas de notario, impuestos, etc. de dicha escritura de compraventa con subrogación de préstamo hipotecario.
Mi pregunta es la siguiente: al tratarse de una subrogación del préstamo hipotecario ¿puedo reclamar los gastos de constitución de la hipoteca?.
Lo que no poseo es la escritura de la constitución de mi hipoteca, solo tengo una oferta vinculante. Tras leer vuestra página le solicite dicha escritura al Bancaja pero me han contestado diciendo que la misma está en las oficinas centrales y que por lo tanto esa operación tardará del orden de 3 meses (entiendo que como saben para que las quiero no me facilitan las cosas), que las solicite al notario para ganar tiempo, así lo hice ayer y en la notaria (por cierto muy atentos) me han dicho que van a mirar porque posiblemente me tengan que remitir a la notaria donde se concedió el préstamo original al promotor. Espero tener la contestación esta semana.
No tengo muy claro si tengo derecho a algún tipo de reclamación y que pasos debo de seguir, así que si Udes me dicen que sí que puedo reclamar y me merece la pena me gustaría saber si Udes podrían llevarme el asunto y que minuta o porcentaje de lo obtenido cobran por sus servicios.
Reiterarles de nuevo mi agradecimiento.
Mis datos son:
Adolfo XXXXXXXX
C/ XXXXX XXXXX XX XXXXXX- Cáceres
Teléfono móvil: XXXXXXXX (a partir de las 16:00 horas).
Un saludo.
Hola Adolfo
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tu consulta, decirte que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recordarte que nuestros abogados no cobran provisión de fondos alguna, es decir, que no tenéis que adelantar ni un sólo euro, y todo el dinero recuperado es para vosotros, ya que los abogados cobran únicamente las costas procesales.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES. En estos casos no hay prescripción alguna, salvo que la hipoteca o el préstamo se hayan constituido hace más de 15 años, salvo en Catalunya que este plazo baja a 10 años.
Recibe un cordial saludo.
Hola¡ he leido en algunos artículos en internet, algunos desde despachos de abogados conocidos, que dicen que solo se pueden reclamar los gastos de constitución de hipotecas formalizadas a partir de la fecha de la sentencia del supremo o sea desde el año 2015, es cierto esto? porque mi hipoteca se formalizo el año 1997 y acaba a finales de año.
Os agradecería me aclararais este punto, muchas gracias.
Hola Carlos
Es muy extraño que hayas leído lo que nos comentas, aunque si tienes algún enlace a la info nos lo puedes enviar.
Nos parece que te has confundido y que de lo que hables sea de las hipotecas canceladas antes de cuatro años, contados a partir de la fecha en que se publicó la Sentencia del Supremo, puesto que en ese asunto sí que hay diferencia de criterios entre los juristas, ya que unos consideran que al tratarse de la anulación de una cláusula no hay plazos de prescripción, y otros, basándose en la Ley hipotecaria, que cuando una hipoteca se encuentra vencida el derecho a reclamar caduca a partir de cuatro años.
Pero en tu caso concreto, en el que la hipoteca está vigente (viva), no tienes problema alguno para reclamar los gastos de constitución.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Tengo un problema con l con la documentación que necesito para la devolución de los gastos por la hipoteca no tengo los recibos y el notario me dice que sol me dice que solo conservan los recibos de 5 años mi hipoteca es de hace 13 años cómo podría conseguirlos
Hola Micaela
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a lo que nos comentas, decirte que es muy habitual que tengáis este tipo de problemas para conseguir las facturas, sobre todo las de gestoría y tasación, aunque nos parece raro que el Notario no la conserve, pero si te ha dicho que no la tiene, no vemos de qué forma la podrás conseguir. Sentimos no poder serte de más ayuda en este asunto, pero es que no conocemos ninguna forma de solucionar casos como el tuyo, que como te decimos es muy común.
No obstante, sí podrás incluir el resto de facturas, además de que lo normal es que el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados contenga el 70 % de la cuantía total que se podría recuperar si tuviésemos todas las facturas.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Estoy dispuesto a llegar al final en todo, solo estoy esperando respuesta de las otras entidades sobre el extracto de movimientos.
Pero para empezar con cajamar ya va bien. El lunes empiezo pidiendo las facturas de los pagos para constitución de hipoteca.
El tema de cláusula suelo me devolvieron desde la fecha de sentencia hasta el día que me quitaron la cláusula (no me aplicaron retroactividad) aunque también es verdad que yo no lo he notado en la cuota que pago actualmente.y con respecto a las comisiones ilegales y abusivas lo sabéis todo.
Sólo poner en marcha la demanda judicial. Y todo contando que solo pude conseguir el extracto desde 2012 por oficina ya que desde el SAT no me proporcionaron los estratos norma 43.
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Estimadas amigas os escribo para indicaros que ya me he cansado de los bombardeos a llamadas por parte de gescobro sobre el descubierto en cuenta provocado por las comisiones ilegales que me ha estado cobrando CAJAMAR sistematicamente, he tomado la decision de presentar demanda judicial por menos de 2.000€ (ya que economicamente no puedo hacer frente aunque despues me sean devueltas a los costes de abogado y procurador) y necesito vuestro asesoramiento.
Espero vuestra respuesta
un saludo
Hola Israel
Respondemos a tus dos últimas consultas:
– Gastos de constitución
Como ya tienes una respuesta negativa de la entidad, tienes que hacer lo que nos comentas, es decir, conseguir todas las facturas que puedas (a veces hay alguna que no se puede conseguir).
Luego, si quieres que uno de nuestros abogados lleve tu caso (bajo estas condiciones), tienes que enviarnos los datos que os pedimos en el anterior enlace, y si quieres adjuntar ya copia escaneada en PDF de las facturas para que se la remitamos al abogado, aunque también puedes esperar a que te las pida el propio abogado. Debes asegurarte de que las copias están perfectamente legibles, por lo que la forma más rápida y económica es la de acudir a una copistería.
– Cláusula suelo
Nuestro consejo es que envíes el modelo de carta para acogerte al Decreto, y esperes, bien a que te conteste la entidad, o a que pasen 3 meses desde su envío (hazlo por una de las dos vías que os indicamos para poder demostrar el haberla enviado).
Si te contestan con una propuesta, es imprescindible que NO FIRMES NADA sin que lo supervise un abogado experto, o corres el riesgo de que te engañen (otra vez), por lo que si quieres, los nuestros pueden realizar la labor de su estudio por una tarifa muy asequible, tienes toda la info en nuestro artículo Servicio personalizado de asesoramiento de un abogado experto en cláusula suelo.
Si no te responden en tres meses, o lo hacen pero negándote el derecho a recuperar lo pagado de más desde que formalizaste la hipoteca, uno de nuestros abogados llevará tu caso en las mismas condiciones que para los gastos de constitución, es decir, sin adelanto alguno de dinero (provisión de fondos) y cobrando únicamente las costas, por lo que todo el dinero recuperado será para ti.
– Comisiones por descubierto y similares
Está claro que tienes que presentar demanda, por lo que lo primero que tienes que hacer es leer atentamente este artículo: Presentar demanda en el Juzgado por importes inferiores a 2.000 € – Comisiones por descubierto, puesto que en él os explicamos cómo funciona todo el proceso, las tarifas, la garantía, etc.
No obstante, lo único que tienes que hacer, de momento, es enviarnos este formulario cubierto y realizar el ingreso del depósito (no te olvides de avisarnos en cuanto realices el ingreso), y luego seremos nosotras las que te solicitaremos la documentación que estimemos pertinente tras el estudio de la info que nos des en el formulario.
– Comisión de apertura
Decirte que en breve vamos a publicar la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, ya que éstas suelen ser de entre el 0,5 y el 1,0 % de la cuantía solicitada, y en tu caso seguro que es al menos de 2.000 e, que por supuesto son tuyos 😉 . En cuanto esté todo publicado te avisaremos al e-mail.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola Israel
Te escribimos para comentarte que ya hemos publicado la info para anular los contratos de los productos revolving. De hecho, hace unos días enviamos a toda la lista de correo un email en el que os notificábamos la publicación.
No obstante, te volvemos a remitir el artículo: Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving”
Antes de hacer nada debes leer atenta y completamente la información del artículo (incluido el FAQ), y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Recuerda que desde Economía Zero queremos llevar un seguimiento personalizado de cada una de vuestras reclamaciones, para ello sólo tienes que seguir una de las dos opciones que aparecen en el apartado “SEGUIMIENTO PERSONALIZADO DE LAS RECLAMACIONES”.
Es muy importante que, si durante el proceso de reclamación ante el SAC, la entidad te interpone un procedimiento monitorio, te pongas en contacto con nosotras para que derivemos tu caso a uno de nuestros abogados expertos en este tipo de productos.
Un saludo.
Buenas noches:
Mi nombre es Rosa, mi número de teléfono XXXXXXXX, dirección actual C/ XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (Tarragona).
Mi pregunta esta relacionada con los gastos de constitución del préstamo hipotecario.
Tengo entendido que los gastos de constitución de un préstamo hipotecario son nulos, y por tanto no prescriben. Por lo cual yo quisiera saber si puedo reclamar los gastos de un préstamo solicitado a Caja Rural De Salamanca en 1998 y acabada de pagar en enero de 2005, y otro solicitado a la misma entidad en diciembre de 2005 y creo que lo acabe de pagar en 2008-2009.
Si tengo opción a reclamar quisiera saber si ustedes me tramitarán dicha reclamación, dado que ya no vivo en Salamanca.
Creo que tengo toda la documentación necesaria para poder efectuar la reclamación.
En Caso afirmativo ¿ cual seria el coste aproximado por hacerse cargo de las mencionadas reclamaciones?.
Espero sus noticias y aprovecho para darles las gracias y enviarles un cordial saludo.
Hola Rosa
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Estos días estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
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Actualmente estamos trabajando en la reclamación de todo tipo de productos «revolving», puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas o préstamos, puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas o solicitadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Cuando se anula un contrato, éste directamente NO HA EXISTIDO, lo que conlleva a la devolución de todos y cada uno de esos conceptos (comisiones, seguros, cuotas anuales), además de todos los intereses abonados (remuneratorios y moratorios), es decir, que la entidad tendrá que restar a todo lo que le llevamos pagado, el capital real (principal) que nos prestó.
Por lo que si tienes, o has tenido, alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Recibe un cordial saludo.
Buenos días: En su día fui avalista de un préstamo hipotecario de una vivienda que ha sido entregada por dación en pago, en dicho contrato de hipoteca se formalizó un seguro que se abonó en una prima única, la duración de la hipoteca, por supuesto ha sido de menos duración, que la póliza de seguro de pago de la hipoteca. El BBVA no procede a devolverme la prima del seguro que ya no tiene sentido porque se le ha entregado la vivienda y no hay hipoteca.
Igualmente sin ser mi cuenta la de pago de la hipoteca me cobraron, es decir me cargaron en sumomento una mensualidad, quedandome en diversos momentos la cuenta en descubierto y cobrándome las correspondientes comisiones.
Todo esto llevó a que tuve que irme del BBVA porque aún yo no siento la deudora principal me cargaban en mi cuenta las cuotas de la hipoteca y gastos.
También se abonaron gastos de formalización.
Podríamos hacer algo, reclamar algo, necesitan algunza documentación que yo pueda enviarles.
Agradezco de antemano su atención.
Hola Manuela
Hemos enviado tus datos de contacto al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presénciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Un saludo.
Buenos días,
Mi nombre es Consuelo, vivo en XXXXXX, y mi móvil es el XXXXXXX.
Quiero reclamar a La Caixa, los gastos de constitución de la hipoteca, ¿puedo reclamar también los 660€ que me cobraron como comisión de apertura?. ¿Y la tasación?.
Por otra parte, quiero reclamar los intereses cobrados de la cláusula suelo, desde la constitución de la hipoteca el 28.10.2009 hasta el 30 de julio que dejó de tener vigencia. Ya reclamé el año pasado pero no me devolvieron las cantidades cobradas de más y archivaron la causa. En la carta de reclamación, ¿hay que poner la cantidad reclamada?
Muchas gracias por su atención.
Un saludo,
Consuelo
Hola Consuelo
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respondemos ahora a tus dudas:
– Gastos de constitución
De momento vete enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Lo que nos comentas de incluir la nulidad de la cláusula que estipula la comisión de apertura, es algo que en el caso de llegar al Juzgado estudiará el abogado correspondiente, además de esa cláusula es muy posible que también se incluya la de los intereses moratorios, puesto que en la mayoría de hipotecas es también abusiva.
Respecto a los gastos de tasación, también se pueden reclamar, aunque de momento no hay que aportar ningún documento ni establecer la cuantía reclamada en la carta.
– Cláusula suelo
Tienes que enviar la carta tal cual está, sin poner cantidades, ya que es la entidad la que tiene un plazo de tres meses para contestarte y darte una propuesta.
Por lo que una vez que te llegue dicha propuesta, nuestro consejo es, al igual que con cualquier otro asunto, NO FIRMES NADA sin que antes lo supervise un abogado experto.
Nuestros abogados colaboradores os ofrecen la posibilidad de utilizar este Servicio de Asesoramiento. Como verás, al contrario que en los gastos de constitución (que lo hacen totalmente gratis), en este caso os cobran una tarifa, aunque muy asequible, puesto que les lleva mucho más trabajo el tener que cotejar y comprobar si la propuesta que os hace la entidad es la adecuada, por lo que tienen que cobraros.
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Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Muy Sres. Míos:
De acuerdo con la sugerencia de su pagina Web, les envío la documentación del préstamo, los gasto de hipoteca, y el documento que el banco me sugirió firmar, cuando le pedimos que quitara la clausula suelo.
Haber que se puede hacer.
Hola Antonio
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Vamos a remitir tu caso y los documentos que nos adjuntas a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos des un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenas tardes.
Para que te concedan un préstamo hipotecario es condición indispensable realizar la tasación del bien a hipotecar, ya que sin esto no te conceden el préstamo.
Pues bien en mi caso la tasación no la realizó el banco con su entidad de tasación, la realicé yo particularmente con una entidad de tasación y mande la tasación al banco. Mi pregunta es si puedo reclamar esos gastos de tasación al banco.
Gracias
Margarita
Hola Margarita
Si esa tasación la pagaste tú, entendemos que da igual si la realizó la tasadora de la entidad o una que hayas contratado de forma particular, puesto que quien debería haber soportado dicho gasto era la entidad.
No obstante, como una vez envíes la carta genérica, y tras esperar los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), tendrás que ponerte en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). En ese momento le podrás consultar esta misma duda de la tasación, por si acaso opina de forma distinta.
Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola,
Ya he enviado las cartas a kutxabank y estoy a la espera pero gracias a vosotras también reclame a Bankinter tres comisiones de 35 € que me habían cobrado por descubierto de la cuenta y hoy mismo me han ingresado los 105€. Esperemos que la respuesta de kutxabank sea también a mi favor.
Hola Beatriz
Nos alegramos de que hayas recuperado tus 105 € 😉 , los cuales sumaremos a la hucha de reclamaciones en breve.
Respecto a las cartas que enviaste para recuperar los gastos de formalización hipotecarios, ahora tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
Quedamos a tu disposición ante cualquier duda, un saludo.
Buenos días Melania,
El pasado 7 de febrero envié al SAC por correo certificado con acuse de recibo 2 cartas de reclamación de devolución de gastos de constitución de 2 hipotecas.
He estado revisando vuestra web y he visto que indicáis ”MUY IMPORTANTE: no adjuntar copias de facturas”, y yo sí las adjunté. ¿Podrías por favor decirme qué puede ocasionar este error?
Muchas gracias y un cordial saludo,
Hola Paloma
No te preocupes, ya que no pasa nada por aportar las facturas de los gastos, si os indicamos el no hacerlo es porque es muy habitual que haya usuarios que no pudieron conseguir todas las facturas, y al reclamar una cantidad concreta estamos informando a la entidad con antelación de los gastos que podemos acreditar, por lo que en el caso de que quisieran ofrecernos el abono de todos los gastos por la vía extrajudicial (ellos conocen de sobra todo lo que nos cobraron en su día por esos gastos), sabrán que se van a poder ahorrar el dinero de esas facturas que no tenemos.
Es decir, se trata de no darle «pistas», aunque evidentemente, si luego hay que acudir ante el Juzgado, sí tendremos que aportar las facturas y reclamar la cuantía que podamos demostrar haber pagado.
Recuerda que debes dejar pasar los 15 días que se dan en la carta, y en función de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), ponerte en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Es muy importante que no FIRMES NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
hola me llamo Rafael XXXXXXXXXXX y tengo hipoteca con banco POPULAR entre otras cosas tengo unos cuantos miles de € en gastos de notaria y gestiones varias ademas me han estado cobrando CLAUSULA SUELO hasta hace unos meses
mi nombre RAFAEL XXXXXXXXX
entidad BANCO POPULAR
mi telefono XXXXXXXXXX
vivo en XXXXXXXXXXXXXX MADRID
MUCHAS GRACIAS
Hola Rafael
Hemos enviado tus datos de contacto al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presénciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Actualmente estamos trabajando también en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenas tardes,
presenté la reclamación de gastos de hipoteca, siendo desestimada por la entidad, en virtud de las alegaciones que les adjunto al presente.
Por este motivo, estaría interesado en la presentación de la demanda con ustedes, por lo que le indico a continuación mis datos:
– Nombre y apellidos: JUAN XXXXXX XXXXX
– Nombre de la entidad: BANKIA, S.A.
– Población desde la que nos escribes: XXXXXX (VALENCIA)
– Teléfono de contacto: XXXXXXXX
Saludos
Hola Juan
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes
Lo primero y de forma agradecidísima, comentaros que utilicé vuestros servicios para reclamar las comisiones de descubierto a Bankia y que me fueron abonadas casi 400 euros de los 550 que les reclamé.
Ahora vuelvo a contar con vuestro inestimable consejo y me dispongo a solicitar la devolución del importe de los gastos de formalización de hipoteca.
Actualmente estoy «encadenada» a un préstamo hipotecario con Bankia, y tengo claro que voy a reclamar. Mi duda es si tengo derecho a reclamar los gastos de hipotecas anteriores, puesto que me he cambiado de casa en cuatro ocasiones, y he formalizado unas dos o tres ampliaciones sobre las ya formalizadas, una de ellas en la misma que estoy pagando hoy en día.
Muchísimas gracias por vuestra labor, profesionalidad y humanidad…GRACIAS
XXXXXXXX, MADRID
SILVIA: XXXXXXXXX
ENTIDAD: BANKIA
Hola Silvia
Lo primero de todo pedirte disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y tras hablar con todos los abogados, en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Como te decimos, esto mismo lo vamos a hacer para los casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
Recibe un cordial saludo.
Buenas tardes,
Quería haceros una consulta sobre los gastos de formalización de hipoteca, cuales se pueden reclamar, ya que en mi caso, me han hecho 2 facturas una para los gastos de compraventa y otra para los gastos de hipoteca.
Tengo 2 facturas de gestoría, 2 de notaria, 2 de impuestos de actos jurídicos, entonces, según lo que habéis publicado solo se pueden reclamar los gastos de hipoteca y no los de compraventa.
He leído también que en una hipoteca de unos 150.000 € se recuperarían unos 3.000 € o 4.000 €, pero en mi caso, no sé porque no sería ese el importe aproximado, por eso quiero preguntaros de donde salen esos importes.
En mi caso, por ejemplo, con una hipoteca de 268.000 € aproximadamente me han puesto una factura de gastos por compraventa de unos 7.000 € y de formalización de la hipoteca solo unos 1.100 €.
Entonces, mi pregunta es, según las facturas que yo tengo, solo podría recuperar esos 1.100 €??, entonces, como puede ser que para una hipoteca de 150.000 € se recuperen unos 3.000 o 4.000 €.?
Muchas gracias por vuestra ayuda, y queda a la espera de vuestra respuesta
Un saludo
Hola Iratxe
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Respondiendo a tu consulta, decirte que la media que comentas es esa, es decir, entre 3.000 y 4.000 € por una hipoteca de entre 150.000 y 200.000 €, no obstante, depende de los gastos que haya aplicado cada entidad, y por lo que se ve, la tuya no te aplicó tantos como otras.
Y aunque en la lista de facturas que nos comentas no incluyes la de Tasación ni la del Registro de la Propiedad, la más cuantiosa es siempre la de Actos Jurídicos Documentados, por lo que aunque las sumes no llegarás a esa cuantía media.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y te aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola me llamo toñi soy de un pueblo de sevilla yo kisiera ke me informaran si yo puedo reclamar lo de los gastos. De la hipoteca por ke el banco me dijeron si firmaba un papel se me a bajaba la hipoteca y lo firmamos tengo derecho a reclamar cracias XXXXXXXXX
Hola Toñi
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Decirte que tal vez te estés liando entre la cláusula suelo y los gastos de constitución, puesto que son asuntos diferentes. Ya que nos hablas de haber firmado un acuerdo, que suponemos era para que renunciarás a reclamar el dinero cobrado de más por la cláusula suelo y a la vez te quitaron dicha cláusula, razón por la que empezaste a pagar menos por tu hipoteca.
Pero ese acuerdo no afecta en nada a los gastos de constitución, es más, es muy posible que el propio acuerdo no tenga validez, a no ser que lo hayas firmado ante Notario, aunque eso lo tiene que estudiar uno de nuestros abogados colaboradores. Por lo que le acabamos de enviar tu caso al abogado de tu zona para que te diga qué opciones tienes (de forma gratuita y sin ningún tipo de compromiso), además de que en caso de que necesites acudir ante el Juzgado, no tendrás que pagar ni provisión de fondos ni adelanto alguno de dinero, y el abogado cobra las costas del proceso, por lo que todo el dinero recuperado será para ti.
Un saludo.
Buena tarde, antes les he enviado un email desde mi cta de gmail (XXXXXXXXXXX) indicándoles que estoy interesado en presentar demanda a través de vosotros por los gastos de hipoteca asi como también por tarjetas revolving otra estafa de los banco y de los centros comerciales tipo Dia, Carrefour ect…
les adjunto mis datos personales a tal fin :
Martin XXXXXX
la entidad es: Caja Duero/ Caja España
la localidad dónde resido es: Tarragona capital
Mi tef XXXXXXX
Me podrian indicar des el nº de tef que me van a llamar ? les digo esto pues actualmente estoy siendo acosado por Winzik ( banco popular-e, Citibank) todo es lo mismo y no suelo coger llamadas desconociadas pues me estan llegando a realizar hasta 23 llamadas telefónicas por dia mi tef aparte claro está de haber incluido en un fichero de «morosos» Asnef /Equifax cuando son ellos los ESTAFADORES pues llevaba 4 años pàgando una tarjeta revolving del 27.92% hasta que he dicho BASTA y ahora se muestran tal y como realmente son unos USUREROS AMENAZADORES…
Gracias quedo a la espera de sus Gratas noticias, atentamente.
Hola Martin
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Respondemos ahora a tus casos:
– Gastos de Constitución
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
– Productos revolving
Te acabamos de apuntar al listado de usuarios afectados, ya que la TAE de esa tarjeta es de usura total, en unas pocas semanas te avisaremos de la publicación, o incluso antes, porque lo tenemos muy avanzado.
Mientras tanto puedes ir intentando recopilar toda la documentación que tengas, recibos, contratos, movimientos, etc.
– Acoso telefónico
Sobre el asunto del acoso telefónico, si te siguen acosando, puedes hacer lo siguiente:
1º– Si tienes un teléfono smartphone, descarga una de las muchas aplicaciones gratuitas que hay para bloquear llamadas y agrega a su lista el número o números desde los que te llaman.
2º– Descarga también una app para grabación de llamadas y cada vez que te llamen, nada más descolgar, les avisas que estás grabando todas las llamadas (muy posiblemente te dirán que no puedes, tu ni caso, puedes lo mismo que ellos te graban a ti) y que no quieres que te llamen más porque lo que están haciendo contigo es acoso telefónico, luego les avisas que tu abogado te ha dicho que nada más que tengas varias llamadas grabadas vas a acudir al juzgado o a comisaría para denunciarlos, y cuelgas. Aunque tu teléfono no te permita grabar diles igual lo que te indicamos en esta 2ª opción.
Grabar llamadas no es ilegal, mientras la persona grabada sea avisada y que esa grabación no se haga pública, pero sí es válida para aportar ante un juez. Por lo demás, no les hagas ni caso, ya que no van a hacer nada más que intentar meterte miedo.
__________________________________________
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola :
He visto en un mail que me enviaron que se pueden reclamar los gastos de constitucion de hipotecas, como ser gastos administrativos, notarios y otros al momento de formalizar la hipoteca.
Yo ahora pregunto, esos mismos gastos se pueden reclamar en prestamos personales hechos en bancos?
Saludos.
Hola Pablo
No, no se pueden reclamar los gastos de formalización de préstamos personales o de otra índole distinta a los hipotecarios, ya que si lees la Sentencia del Supremo comprobarás que el motivo por el que se puedan reclamar en préstamos hipotecarios es debido a que la entidad tiene un interés y beneficio evidente en dicha hipoteca, razón por la que sólo se puedan reclamar los gastos correspondientes a dicha hipoteca y no a la compraventa.
Un saludo.
Hola:
Muchas gracias por vuestros comentarios que resultan muy interesantes.
Estoy hecho un lio. Decis que no se pueden reclamar los gastos de constitucion de la hipoteca cuando es subrogación o ampliación, ni tampoco cuando es subrogación en la hipoteca del promotor.
Mi lio viene de un artículo de idealista donde enlaza con G&G abogados y allí dicen que sí que se puede reclamar cuando se trata de subrogación o ampliación, siempre que se trate de una hipoteca sobre vivienda.
Entonces , segun vosotros, ¿Porqué no se pueden reclamar los gastos de constitución de hipoteca cuando se trata de subrogación o ampliación?. ¿Hay alguna sentencia que lo deniegue?
Mi caso es subrogación con ampliación. Gracias.
Hola Federico
Lo primero de todo pedirte disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y tras hablar con todos los abogados, en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Hola Nerea, buenos días, que tal estas?
Yo sigo esperando respuesta a la reclamación, espero que me digan algo en breve.
Te escribo porque te quería preguntar si también haces las reclamaciones por los gastos ocasionados (por la formalización de la escritura de una vivienda) a la entidad que concedió el préstamo. En caso afirmativo quería saber que coste tendría y que me dijeras los pasos que debemos seguir.
Muchas gracias y que pases un buen día.
Hola Joaquín,
Precisamente acabamos de publicar toda la información para reclamar los gastos de constitución. Dispones de dicha información en este artículo y los relacionados: Cómo reclamar fácilmente los gastos de constitución de hipoteca.
Esta reclamación se basa en la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, en la que se declaró abusiva la cláusula que impone al prestatario el pago de todos los gastos y tributos derivados del préstamo hipotecario.
Es muy importante que antes de hacer nada, leas toda la información, y ante cualquier duda, nos tienes a nosotros y a nuestros abogados expertos para ayudarte en todo lo que podamos.
Aprovechamos también para decirte que actualmente estamos trabajando en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Un saludo cordial.
Hola,
Después de leer en el FAQ este punto:
Los gastos en operaciones de Compraventa con subrogación de hipoteca no pueden reclamarse. En estos casos los gastos pagados son los propios de la compraventa, ajena al interés del banco.
Tengo una duda, ¿no se puede realizar ningún tipo de reclamación si la hipoteca que tengo fue una subrogacion la que me ofrecía el banco?.
Un saludo y muchas gracias.
Hola Vicente
Lo primero de todo pedirte disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y tras hablar con todos los abogados, en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Buenas tardes, tengo una consulta sobre los gastos de constitución de hipoteca. Nuestra vivienda es de protección oficial, pero además, se hizo en Comunidad de Bienes.
Los 100 futuros propietarios de cada piso, contratamos a una gestora que se encargó de pedir un préstamo entre todos, para comprar el terreno, edificar y después se dividieron los pisos entre los propietarios subrogando a cada propietario, la parte proporcional de hipoteca de su piso.
No tengo nada claro si puedo solicitar la devolución de algún importe. ¿Me podríais informar?.
Muchas gracias por vuestra gran valiosa información.
Hola Bea
Lo primero de todo pedirte disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y tras hablar con todos los abogados, en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Hola, primeramente felicitaros por esta página y por la labor informativa tan buena que realizáis.
Quería consultar en relación a gastos de hipoteca finalizada en 2012 por venta de la misma. Ya por los comentarios, y las respuestas que he leído entiendo que si se podría reclamar.
Pero mi consulta es en relación al índice de referencia. Pues en mi caso me recomendaron en vez del euribor aplicar el IRPH, que era más estable!; por lo que arranque pagando un porcentaje más alto y las rebajas en el euribor no se veían aplicadas en mi letra en comparación al otro índice.
He leído que puede considerarse como cláusula abusiva.
Mi consulta es si podría reclamar también los gastos del IRPH como símil a cláusula suelo?.
Muchas gracias por vuestro interés. A la espera de vuestra respuesta.
Un saludo.
Hola Pablo
Respecto a los que nos comentas de la reclamación de los gastos de formalización, si la hipoteca esta cancelada después del 23 de diciembre de 2011 puedes reclamar con total seguridad.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Para tu consulta sobre el IRPH, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible). De este modo podremos derivar tu caso al abogado de tu zona.
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenos días, en mi caso firme una escritura de compraventa, subrogacion, novacion y ampliacion de prestamo hipotecario con el SANTANDER en Noviembre de 2.012, entiendo entonces que a pesar de ser una subrogacion en el que era el préstamo del promotor, ¿¿no tengo derecho a poder reclamar los gastos originados por (Notaría, R.P., Gestoría, Tasación y A.J.D.??
¿O es sólo para subrogaciones con otros bancos habiendo estado ya anteriormente con otra entidad?
Hola Ricardo
Lamentamos haber tardado tanto en contestar tu consulta, pero estas semanas hemos tenido muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y en este asunto finalmente hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Buenas noches,
Leyendo el articulo que habéis publicado, veo que no se pueden reclamar los gastos de una hipoteca subrogada.
Yo, en mi caso tengo una hipoteca subrogada del constructor, las casas las tenían y decidimos acogernos a ella.
Quiere decir entonces que no puedo reclamar nada, verdad???
Muchas gracias, un saludo!
Hola Nuria
Sentimos haber tardado tanto en contestarte, pero estos días estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y finalmente en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Buenas tardes, mi consulta es para preguntar si en la carta de reclamación de gastos de hipoteca, es necesario poner los datos de los dos titulares de la hipoteca (Mi mujer y yo),o sólo con el mío es suficiente.
También quería preguntar por la posibilidad de solicitar los intereses generados desde la firma de hipoteca, ya que he leído que alguna asociación, creo que era la OCU, también los reclama y en vuestro modelo no se mencionan.
Muchas gracias por el gran trabajo que realizáis.
Hola Daniel
Lo ideal es que figuren y firmen la carta de reclamación todos los titulares (prestatarios) de la hipoteca. No obstante, en esta parte extrajudicial no tiene tanta importancia como en una futura demanda judicial. Por lo que si vemos que puede haber problema con alguno de los titulares, es conveniente avisar antes al abogado para que estudie las condiciones particulares de cada caso.
Respecto a la pregunta de los intereses, se la hemos remitido a uno de nuestros abogados expertos para que te la conteste, en cuanto lo haga te enviaremos su respuesta.
Un saludo.
Buenas noches, muchas gracias, enviamos vuestra carta de reclamación y ya nos han devuelto la comisión por descubierto, 39,45€.
Respecto a la hipoteca no sé donde tengo que mirar esos gastos de constitución, os adjunto la liquidación de gastos de la gestoría que se encargó de las gestiones. Gracias.
Hola Francisca
Nos alegramos de que te hayan devuelto tus 39,45 €, los cuales vamos a sumar a la hucha de reclamaciones en breve 😉 .
Respecto a los gastos de constitución, se pueden recuperar todos los pagos correspondientes al préstamo hipotecario (los de compraventa no se pueden reclamar), aunque te faltarían los de gestoría y tasación.
Lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Luego, en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras, adjuntando la propuesta (si fuese el caso), para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y el propio abogado te dirá qué debes hacer, la documentación que te falta y aclarará cualquier otra duda que tengas. Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Una consulta, se puede reclamar los gastos también de una vivienda que cancelamos la hipoteca por venta en el 2012?
Hola Beatriz
Sí, ya que todas las hipotecas canceladas después del 23 de diciembre de 2011 se pueden reclamar con todas las garantías.
Por lo tanto, envía la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenos días,
Os escribo desde Madrid capital, aunque también me valdría XXXXXXX (mi residencia habitual).
Muchas gracias de antemano!
Un saludo,
Hola Miguel Ángel
Hemos enviado tus datos de contacto al abogado/a principal de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presénciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Actualmente estamos trabajando también en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta.
Un saludo.
Estoy recavando la ocumentacion para solicitar lo de los gastos de constitucion de hipoteca y me surgen varias dudas
Tengo dos prestamos uno de fecha 1998 ¿Se pueden reclamar o es demasiado antiguo? y luego lo que encuentro es que si bien hay documentos donde pone claramente lo que es de compra venta y lo que es de hipoteca otros no o bien vienen como conjuntos.
Esta hipoteca aun esta vigente ya que se ha ampliado y novado en ocasiones, aunque ya he leido que eso no se puede reclamar nada.
Existe otra hipoteca`del año 2002 y pregunto … ¿seria una carta por hipoteca no?
Adjunto los documentos dudosos por si ustedes saben algo
Saludos
______________________
tengo dos prestamos hipotecarios, que se han renovado y/o novado en estos años, que he de hacer para que me lleven el caso los abogaos en el caso que tenga la clausula suelo
Saludos
Hola Alicia
Respondemos a tus dos consultas a la vez:
– Cláusula suelo
Hemos enviado tus datos al abogado experto de tu zona para que lo estudie y te diga qué debes hacer (de forma totalmente gratuita).
– Gastos de constitución
También le hemos remitido al mismo abogado tu consulta y la documentación que nos has remitido, por lo que cuando te llame te aclarará también todas tus dudas sobre este asunto. Además de que después de que presentes las cartas de reclamación de cada hipoteca, lo tendrás para que supervise las propuestas que te hagan las entidades (si las hacen) o representarte ante el Juzgado. Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Concha XXXXXXX, gastos 6500€, ¿que os tengo que enviar para que me estudies si me corresponde devolución de los gastos de hipoteca el préstamo era de 35000€ y los gastos fueron 6500€?, tengo factura.
Desearía información por teléfono, gracias, saludos.
Hola Concha
No te preocupes, ya que vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
He entregado la carta de reclamación de gastos ppr hipoteca y me han dicho que a la carta tengo q adherir las facturas pprq ellos no tienen factura ninguna.. Así q he adherido las facturas q tengo menos los gastos de tasación ya q ni aparece ppr ningún sitio.
Me han sellado la carta y ha esperar.
También me han pedido lo de la cláusula suelo.ya q como firme un acuerdo están esperando a q reclame lps interés por el tiempo q estuve con la hipoteca con el suelo q fue desde el 2010 hasta el 2015.. Pero eso se los envié a ustedes para q lo mirarán vuestros abogados y aun no he recibido respuesta…
Pero esperaré un poco más a ver si recibo orientación vuestra.
Hola Nelson
Contestamos a tus casos:
– Gastos de constitución
Eso que te han dicho en la entidad no es cierto, ya que aunque no tengan las facturas, sí que tienen que saber por fuerza la liquidación que te efectuaron en su día y lo que te cobraron, es muy posible que te pidan las facturas para saber si las tienes todas, y esa información, en esta fase previa «extrajudicial», en casos como el tuyo en los que nos falta alguna factura, no nos conviene que la sepa la entidad.
No obstante, ya está hecho, así que ahora queda esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
– Clausula suelo
Es mejor que esperes a que el abogado se ponga en contacto contigo, ya que no debes fiarte ni un pelo de lo que te pueda ofrecer la entidad (ya te engañaron una vez, y si pueden lo volverán a intentar, eso seguro). Hace pocos días que le remitimos tu caso al abogado, y están todos desbordados de trabajo, no obstante, si ves que en 4 o 5 días aun no lo ha hecho, nos avisas para que podamos aclarar el motivo.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buen día: en diciembre de 2009 se registró préstamo hipotecario con el Banco Pastor con la clausula contractual del pago de todos los gastos a mi cuenta.
En el acto notarial camparecio la empresa TEcnitasa como apoderada del Banco.
Ya he amortizado la hipoteca y no tengo relación alguna con la citada entidad.
Me he dirigido por e mail a la mercantil solicitando un duplicado de la factura y me contestan que como han transcurrido más de 6 años, ya no la tienen.
Ante una posible reclamación, ¿cómo puedo acreditar la cantidad a reclamar?
Hola Jose
Bueno, es posible que esa factura no la puedas conseguir, aunque tal vez tengas que insistir. No obstante, suponemos que, como mucho, esa empresa se haya encargado de los gastos de Gestoría y Tasación, pero los de Notaría, Registro de la Propiedad y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600) los podrás localizar.
También comentas que la hipoteca está amortizada, y estos días estamos teniendo muchas consultas de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011). Por lo que si fuese tu caso, sólo tienes que avisarnos y estaremos pendientes de la evolución de los Tribunales para avisaros.
En el caso de la amortización haya sido posterior al 23 de diciembre de 2011, lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, y en función de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
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Actualmente estamos trabajando también en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes, o has tenido, alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Recibe un cordial saludo.
PD: Te agradeceríamos que nos ayudases a difundir nuestro artículo La estafa de las tarjetas revolving por las redes sociales entre tus amistades, y de este modo informar entre todas a los millones de usuarios afectados que desconocen la información, gracias.
Buenos días. Los gastos que se revisan por la firma de Hipoteca para mi con Marc Nostrum en 2009 pero por subrogado on en hipoteca del promotor es viable?
Hola Álvaro
Lo primero de todo pedirte disculpas por la tardanza en la respuesta, pero es que estas semanas estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y tras hablar con todos los abogados, en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
Recibe un cordial saludo.
Buenos tardes,
Me pongo en contacto con ustedes y quisiera hacerles una pregunta previa antes de describirles mis casos (que son muchos y variados) respecto de los préstamos hipotecarios.
Actualmente, tengo problemas como titular y/o avalista de varios préstamos hipotecarios porque coinciden varias cláusulas abusivas por las que podría reclamar a la entidad financiera. Sin embargo, los casos son complejos.
Les detallo los préstamos en los que participo de una u otra manera y que aún siguen vigentes:
1.- Préstamo hipotecario de la vivienda habitual de mis padres (mi hermana y yo figuramos de avalistas)
2.- Préstamo autopromotor sobre un terreno (soy propietario del terreno y titular del préstamo; mis padres figuran como deudores solidarios)
3.- Préstamo autopromotor sobre una obra nueva en construcción (mi hermana y yo somos propietarios al 50% y ambos titulares del préstamo)
4.- Préstamo hipotecario con Ibercaja de mi vivienda actual (la propietaria es mi mujer y yo soy avalista)
Por otro lado, mis padres tuvieron otra hipoteca de su segunda vivienda cuyo pago finalizó en 2008. También era avalista.
Antes de entrar a detallar en cada caso, les quiero preguntar cómo les detallo las posibles reclamaciones:
Préstamo 1
– Entidad: LaCaixa
– Reclamación 1: gastos de formalización de la hipoteca
– Reclamación 2: reclamación de los intereses pagados demás por un «swap»
Préstamo 2
– Entidad: BMN (originalmente, Caja Granada)
– Reclamación 1: reclamación intereses cláusula suelo hasta la firma de la novación (2013)
– Reclamación 2: reclamación por la subida del diferencial para eliminar la cláusula suelo (2013 actualidad)
– Reclamación 3: gastos de formalización de la hipoteca
Préstamo 3
– Entidad: BMN (originalmente, Caja Granada)
– Reclamación 1: reclamación intereses cláusula suelo hasta la firma de la novación
– Reclamación 2: gastos de formalización de la hipoteca
Préstamo 4
– Entidad actual: Ibercaja
– Entidad original: BBVA
– Reclamación 1: gastos de formalización de subrogación a la hipoteca del promotor con BBVA
– Reclamación 2: gastos de formalización de novación con BBVA
– Reclamación 3: gastos de formalización de subrogación y novación con Ibercaja
Préstamo 5
– Entidad: La Caixa
– Reclamación 1: gastos de formalización de la hipoteca (aunque desconozco si ha prescrito el plazo)
Los casos 2 y 3 van tienen que ir unidos ya que nos estamos planteando dejar de pagar los préstamos, pues tenemos una cláusula en las escrituras que nuestras parcelas se valoran en el duplo del capital de hipoteca concedido en escritura. Este valor superaría ampliamente la deuda pendiente.
Además, los casos 2 y 3 son los realmente complicados porque son préstamos de autopromotor donde hay escrituras de todo tipo.
Me gustaría preguntarles si puedo enviarles las consultas de los casos. Y, en caso afirmativo, cómo procedo a enviárselas.
Muchas gracias y saludos.
Hola Miguel Ángel
No te preocupes, ya que vamos a remitir todos tus casos a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviárselos al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenas tardes, tengo una duda sobre qué hipotecas se pueden reclamar los gastos. En 2003 hice una primera hipoteca sobre mi vivienda, esa entiendo que sí. Pero en 2007, para financiar un negocio que abrí, solicité/me recomendó el banco una segunda hipoteca sobre la misma vivienda, ¿se considera novación?, ¿puedo reclamar los gastos?
Hola
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Hola Fernando
Te dejamos la respuesta del abogado:
En principio, es reclamable, en caso de que el prestatario sea un consumidor, es decir, que el capital del préstamo se haya destinado a un acto de consumo (por ejemplo, la compra de un coche o de una vivienda).
El segundo préstamo lo destinó a una actividad empresarial, por lo tanto, no actuó como consumidor, sino como empresario. Ello reduce la viabilidad de la reclamación.
Un saludo.
Buenas tardes, tengo una duda respecto a la carta de reclamación sobre importes de constitución de hipoteca cobrados ilegalmente. Una vez que he conseguido toda la documentación correspondiente, rellenada y firmada la carta de reclamación.
¿Tengo que adjuntar estos documentos a la carta de reclamación? O son documentos que me servirán para más adelante.
Muchas gracias por vuestro excelente trabajo
Saludos!
Hola Javier
No, no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc.
Este es un asunto que se nos había olvidado mencionar en el artículo y que gracias a tu consulta acabamos de añadir 😉 .
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Hola buenas tardes.
Tengo una hipoteca formalizada en el 2003 con el Santander y los gastos ascendían al 11 por ciento del préstamo solicitado.
¿Todos serían reclamables (ITP, notario, gestoría, tasación,…)esos gastos? La hipoteca fue para una vivienda de segunda mano sin subrogación.
Gracias
Hola Carlos
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Hola Carlos
Te dejamos la respuesta del abogado:
En su caso podría reclamar los gastos que indica, Notario, Registro, Gestoría, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600) y la Tasación de su inmueble. No importa que la vivienda fuera nueva o de segunda mano, y como dice que no hubo subrogación, no hay tampoco problema. Tiene que recopilar esas facturas y la carta de pago.
Después se debe presentar la carta de reclamación ante el Banco, y si no le dan respuesta favorable. Tiene la vía judicial.
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Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
hola mi consulta, es relativo a que si, el banco nos devuelve lo pagado en la gastos de la hipoteca, Hacienda podria reclamarnos parte de dicho importe?
Saludos
Hola Chema
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
Un saludo.
Hola Chema
Te dejamos la respuesta del abogado en referencia al asunto de Hacienda:
En principio, Hacienda no podría reclamar que se tribute ese importe, pues no supone una ganancia patrimonial o revelación de riqueza, sino la devolución de un pago indebidamente efectuado.
Un saludo.
Ya he leido un poco y mañana mismo me pondre a buscar documentacion.. tengo dos hipotecas una del 1998 y otra el 2006.. que se han ampliado y ya veo que lo que necesito es todo de la primera constitucion… eso por un lado
Por otro lado también necesito lo de la clausula suelo eso es ¿contactando directamente para consultar?
Y por ultimo teneis que modificar lo mio de vuestra hucha que fué 1410 🙂
Saludos
Hola Alicia
Respondemos a tus dudas:
– Gastos de constitución
Sí, tienes que recabar toda la documentación de la primera constitución de cada hipoteca.
Es muy importante que antes de hacer nada leas atentamente toda la info, y ante cualquier duda, nos tienes a nosotras, y a nuestros abogados expertos, para ayudarte en todo lo que podamos. Sobre todo no aceptes ningún acuerdo sin que lo supervise uno de nuestros abogados (de forma gratuita), a no ser, claro está, que estés segura de que no se quieren quedar con una parte de tu dinero.
– Clausula suelo
Cualquier duda que tengas, sólo tienes que dejarla y se la remitiremos a uno de nuestros abogados expertos, salvo que lo que nos preguntes sea en referencia a acogerse al Decreto del Gobierno, en ese caso, antes de nada debes leer nuestro artículo Cómo reclamar lo pagado por la cláusula suelo con el nuevo decreto del Gobierno (y no dejarse engañar, otra vez) y todos los demás relacionados con él.
_______________________________________
Respecto a lo de la hucha de reclamaciones, ya lo hemos modificado, muchas gracias.
Un abrazo.
Buenas noches,
He leído sobre los gastos de formalización de hipoteca, estaría interesada que me informaran también sobre una posible reclamación así como los pasos a seguir.
Gracias
Hola Beatriz
La reclamación es muy fácil, puesto que sólo tienes que cubrir este modelo de carta y enviarlo al SAC, siguiendo las instrucciones que hay en el propio artículo de la carta, si quieres te la podemos cubrir nosotras (la tarifa es de 3 €), aunque es muy sencillo.
Una vezla envíes, esperas los 15 días que damos en la carta, y en el caso de que no te contesten, o lo hagan, pero no sea para devolverte todo lo que te corresponde, nos avisas y nos ponemos con la demanda en el Juzgado.
Sobre todo no aceptes ningún acuerdo sin que lo supervise uno de nuestros abogados (de forma gratuita), a no ser, claro está, que estés segura de que no se quieren quedar con una parte de tu dinero. No firmes nada sin que antes lo supervise uno de nuestros abogados, que luego vienen los disgustos 😉 .
Un saludo.
Buenas tardes
Me surgen un par de dudas:
– Si tengo dos hipotecas…puedo reclamar los gastos de las dos ? O sólo de la que constituye mi vivienda habitual (…la segunda la tengo alquilada)
– En la escritura de la hipoteca aparecemos dos titulares (mi esposa y yo), entiendo que la carta de reclamación y cualquier documento debemos hacerlo en nombre de los dos…o no ?
Muchas gracias por todo, haceis una gran labor ayudando a los simples mortales a entender todos estos abusos. Me gustaría que este asunto me lo lleveis vosotros, vuestras condiciones y precios me parecen muy razonables.
Muchas gracias, un saludo
Hola Alfonso
Lo primero darte las gracias por las palabras de ánimo y la confianza que pones en nosotras 😉 .
Respecto a tu consulta, decirte que se la hemos enviado a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
Un saludo.
Hola Alfonso
Te dejamos la contestación del abogado:
Buenas tardes,
No es necesario que la Hipoteca recaiga sobre tu vivienda habitual, ni influye negativamente el hecho de tenerla arrendada, por lo que en vuestro caso cabría reclamar los gastos de constitución de ambas hipotecas.
En cuanto a quién debería firmar la carta de reclamación recomendamos que la misma esté firmada por quienes sean prestatarios, en tu caso concreto, por tu esposa y tú.
Atentamente.
______________________
Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
buenas tardes me gustaría que vosotros mismo llevaráis mi caso para reclamar los gastos de la constitución del préstamo, soy miguel el banco es colonia de pollença vivo en XXXXXXXXX mi teléfono es XXXXXXXX, espero que os pongáis en contacto conmigo lo antes posible, un saludo.
Hola Miguel
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados), no obstante, mientras tanto, y si no lo has hecho ya, puedes ir presentando la carta de reclamación, ya que para tomar medidas ante el Juzgado hay que esperar a que pasen los 15 días que les damos de plazo.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes, una consulta, en la carta de reclamación de gastos de hipoteca, pongo los datos de los dos titulares de la hipoteca o no es necesario?
Gracias y saludos.
Hola Yhulan
Lo ideal es poner los nombres y DNI de todos los titulares de la hipoteca, a no ser que haya algún motivo para no hacerlo.
No obstante, aunque en la carta de reclamación se ponga sólo el nombre de uno de los titulares, es muy poco probable que la entidad nos diga que no la acepta por ese motivo. Pero donde sí será relevante esa cuestión es en caso de tener que presentar demanda, por lo que, llegado el momento, y si hay problemas por poner alguno de los titulares, el abogado será el que lo valore dependiendo de la situación concreta.
Un saludo.
Buenas tardes, he estado leyendo el articulo de Como reclamar fácilmente los gastos de constitución de hipoteca, y si no he leído mal o entendido mal, creo que yo no podría reclamar los gastos pues es una ampliación de hipoteca de la de mi madre.
Mi madre entonces de la única que podría reclamar es de la escritura de hipoteca inicial ¿tampoco podría reclamar de una ampliación que hizo a parte de la mía y de una novación que hizo después?
Por favor, ¿me lo podéis confirmar?
Gracias, saludos
Hola Marga
Sólo se pueden reclamar los gastos de hipotecas nuevas, es decir, que no se pueden reclamar ni ampliaciones ni novaciones, puesto que se consideran operaciones a petición del cliente y le corresponde a éste el pago de los gastos.
Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). No te olvides de que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
Hola, en los casos de las hipotecas de VPO, se pueden reclamar los gastos de estas?¿ y al estar exentas del impuesto de actos jurídicos documentados, aun así, se pueden reclamar el resto de los gastos, cierto?
Muchas gracias
Hola Emilio
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas sin coste económico alguno, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
Un saludo.
Hola buenas tardes y gracias de antemano por su tiempo. Les envjo este mail con el fin de saber si podriamos solicitar la devolución de los gastos de solicitud de ejecución hipotecaria.
Ya que me la hicieron en Octubre de 2014 y conseguí paralizarla y ponerme al dia en la hipoteca. Pagué abogado, procurador, tasación, gastos de prelitigio, notas registro, etc. Asimismo para poder pagarlo tuve que solicitar un crédito personal.
Tengo claúsula suelo de Caja Duero en Avila y por desgracia cumplo todos los requisitos de falta de transparencia.
Gracias por todo, espero su respuesta.
Victor
Hola Víctor
Hemos enviado tus datos de contacto al abogado de tu zona, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos en referencia a las cláusulas suelo), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Actualmente estamos trabajando también en la reclamación de todo tipo de productos “revolving”, puesto que los Jueces están anulando directamente los contratos de este tipo de tarjetas o préstamos (basándose en esta Sentencia del Supremo), por lo que la entidad se ve obligada a devolvernos todo lo cobrado en concepto de intereses, cuotas anuales, seguros y comisiones, cantidad que debe compensar con el capital real que nos haya prestado, y que en los casos en los que los clientes han hecho uso del crédito de dichas tarjetas (aplazado compras o solicitado préstamos asociados a éstas), puede convertirse en la devolución de unos cientos de euros, o varios miles, dependiendo de las cuantías aplazadas y de los años que las hayan tenido sin saldar.
Por lo que si tienes alguna tarjeta de crédito (de cualquier entidad) y has aplazado los pagos, o algún préstamo con Cetelem, Cofidis y entidades similares, sólo tienes que avisarnos.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenos dias.
Gracias por toda la informacion.
He estado mirando mis hipotecas, tengo una con santander y otra con la financiera UCI, pero la verdad que esto se me va de las manos y no entiendo mucho.
Me gustaria que me lo gestonárais vosotros. Es posible? Si es asi me gustaria saber cuales son sus honorarios, y si puedo afrontarlos, que debo hacer en primer lugar.
Muchas gracias y saludos.
Hola Elena
No hay ningún problema en que sea uno de nuestros abogados el que gestione tus casos, respecto a los honorarios, el asesoramiento es gratuito, y en caso de presentar demanda, los abogados cobran las costas, por lo que el usuario recupera todo su dinero, salvo que no se concedan dichas costas (muy poco probable), en ese caso os cobrarán una cantidad muy asequible, no obstante, toda esa info se encuentra en estos dos artículos:
– Revisión gratuita de la propuesta que recibas de la entidad – Gastos de formalización de la hipoteca
– Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Para que podamos enviar tus casos o consultas a uno de nuestros abogados expertos, necesitamos:
– Nombre y apellidos.
– Nombre de la entidad.
– Población desde la que nos escribes (para derivar tu caso al abogado correspondiente).
– Teléfono de contacto (preferiblemente móvil). Puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un abrazo.
Buenas tardes,
Respecto a los gastos de constitución de hipoteca no me queda claro un aspecto.
Nosotros compramos la vivienda a una tercera persona que ya residía en la vivienda, vamos una compraventa pero sin subrogacion ni nada por el estilo.
Nosotros podriamos reclamar los gastos??
Siento la torpeza pero despues de leer las FAQ no me queda claro
Saludos
Hola Adriano
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas sin coste económico alguno, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Gracias por contestar
Deciros que para ir agilizando, mande la carta que aparece en vuestra pagina con todos los datos ayer.
Ahora toca esperar
Un saludo y gracias por vuestra labor.
Hola Adriano
Te dejamos la contestación del abogado:
Buenos días, si se suscribió un Préstamo Hipotecario nuevo, esto es, sin una subrogación en el préstamo hipotecario del vendedor, sí que cabe reclamar los gastos de Hipoteca.
Atentamente
__________________________
Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
Hola. Pues han pasado unos 20 días desde que recibieron la carta (10/02) según consta en el recibo certificado, y no me han contestado nada
Creo que es hora de empezar a mover el tema con vuestros abogados
Mis datos personales son:
Adriano Luis Navarro Sánchez
C/ XXXXXXXXXXXXXXXXXXX (Almeria)
Telf. XXXXXXXX
espero vuestra respuesta para ponernos manos a la obra
Saludos
Hola Adriano
Le hemos enviado tus datos a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son 😉 .
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola. En breve pondré en marcha mi reclamación por la clausula suelo enviando la carta según plantilla que ustedes me ofrecen. Si por cualquier motivo la respuesta de banco no es satisfactoria me pondré en contacto con ustedes para llevar al proceso judicial.
Además, es mi deseo de generar el proceso de reclamación de gastos de constitución de 2 hipotecas que tengo con Caixabank
Les ruego me avisen cuando tengan listo todo el formalismo, costes y demás para llevar a cabo la citada reclamación.
Gracias
Hola Placido
Respondemos a tus casos:
– Gastos de constitución
Respecto a este asunto está todo listo, es decir, tienes el modelo de carta genérico, que es lo primero que hay que enviar.
Y luego, en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), y si no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos envías tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Respecto a acudir ante el Juzgado, ya tenemos muchos casos en proceso de demanda. Y los costes están explicados en este artículo: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca, que salvo que no haya condena en costas (poco probable), son nulos para vosotros, es decir, todo el dinero reclamado es vuestro.
– Clausula suelo
En este caso, si como comentas, la respuesta de banco no es satisfactoria, nos avisas y enviamos tu caso al abogado de tu zona para que lo estudie y te represente ante el Juzgado si lo ve viable.
Al igual que en el asunto de los gastos de constitución, no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise un abogado experto en la materia, salvo que estés totalmente seguro que no te quieren engañar (de nuevo). Que luego vienen las lamentaciones cuando ya es demasiado tarde 😉 .
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Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda o incidencia durante los procesos de reclamación.
Un saludo.
hola, en mi escritura pone ¨compraventa con subrogacion novacion y ampliacion¨ pero mis gastos, de una hipoteca de 180.000 euros fueron 4290 euros, están desglosados en 3 partes, notaria, hacienda y registro ¿que gastos se pueden reclamar de ahi??
gracias
Hola Gonzalo
En principio podrías reclamar todos esos gastos, aunque faltan los de gestoría y tasación, no obstante, es posible que en los de hacienda estén juntos los que corresponden al banco y los de la compraventa (que no se pueden reclamar). Por lo que habría que comprobar toda la documentación.
Lo mejor que vayas presentando la carta de reclamación, puesto que es genérica y no hay que aportar junto a ella ningún documento, y cuando sepamos la postura del banco, sea la que sea, nos avisas para que uno de nuestros abogados estudie la propuesta (si te la hacen), o para presentar directamente demanda ante el Juzgado, y en esa gestión (gratuita) el propio abogado te solicitará toda la documentación que tengas, y te dirá qué se puede reclamar y los gastos que te pueda faltar por incluir.
Un saludo.
Buenas tardes,
Mi nombre y Llorenç, antes de nada quería daros las gracias por el trabajo que hacéis para que los usuarios que estamos en manos de las prácticas abusivas de los bancos, nos empoderemos y podamos luchar por nuestros derechos.
Tengo diferentes cuestiones que me gustaría me ayudarías a resolver:
Primera. En el año 2004 hice una compraventa, subrogación y novación de un piso nuevo con la constructora, gravada con una Hipoteca a favor del Banco de Sabadell, S.A.
He consultado el apartado que ustedes tienen sobre los gastos que se pueden reclamar, en que mencionan que sólo se puede reclamar los gastos de hipotecas nuevas. Sería mi caso?
Ya que a continuación dicen que: los gastos de operaciones de compraventa con subrogación de hipoteca no pueden reclamarse. No lo acabo de entender.
Segunda. Mi hermana y mi cuñado pidieron 35.000€ para pagar una deuda personal, no se destinó la suma recibida a la ninguna actividad mercantil. Tiene un Préstamo con Garantía Hipotecaria con Ibercaja. La garantía es un local, sin ningún tipo de actividad, y en las escrituras pone que es un préstamo hipotecario de naturaleza mercantil.
¿Pueden reclamar gastos de constitución de la hipoteca y la anulación de la cláusula suelo en el pone que en ningún caso el tipo de interés podrá ser inferior al 5%, ni exceder de 12%?.
El R.D.Ley 1/2017, de 20 de enero dictado por el Consejo de Ministro en su art. 2. Ámbito de aplicación en materia de cláusula suelo dice: “se aplicará a los contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria que incluyan una cláusula suelo cuyo prestatario sea un consumidor”. ¿Es que es el caso de mi hermana y mi cuñado?
Perdonar si me he extendido.
Saludos,
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Mi hermana tiene un problema con dos préstamos al consumo que firmó con el Banco Español de Créditos, ahora Santander.
Dichos préstamos ha habido una cesión del crédito a fondos buitres. «Salvador y Lindorff»
Este tema los tocáis vosotros o sabéis dónde nos podríamos dirigir?
Podemos ejercitar el derecho de tanteo y retracto que contempla el art. 1.535 del Código Civil. O tiene que ser un crédito litigioso, sería el caso?
En el 2010 el Banco Español de Créditos interpuso una demanda de Ejecución de Título No Judicial. La cesión fue al 2014, y se está pagando de manera extrajudicial a los fondos buitres.
En el Juzgado mi hermana y mi cuñado no están comparecidos. En el Juzgado no constan la cesión del Crédito.
Saludos,
Hola Llorenç
Respondemos a tus dos consultas:
– Gastos de constitución
Estos días estamos teniendo muchas consultas sobre subrogaciones, novaciones y ampliaciones, y en este asunto hemos decidido hacer lo mismo que con los casos de hipotecas canceladas antes del 23 de diciembre de 2011, es decir, esperar a ver qué van diciendo los Juzgados al respecto.
Ya que el animaros ahora a acudir ante el Juzgado, sin que existan sentencias de casos similares al vuestro, es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a presentar una demanda si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %).
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda por subrogaciones, novaciones y ampliaciones con la mismas garantías que el resto de usuarios.
– Caso fondos buitre
Si quieres, podemos ponerte en contacto con uno de nuestros abogados colaboradores especializados para que estudie tu caso y te diga las opciones que tienes, por contestarte no te cobrará nada, aunque si posteriormente tiene que hacerte alguna otra gestión o incluso representarte ante el Juzgado, te cobrará los correspondientes honorarios, no obstante, al ser usuario de nuestra web, estos serán algo menores a los habituales.
Si estás interesado, necesitamos que nos digas la provincia desde la que nos escribes y un teléfono de contacto (preferiblemente móvil). No te preocupes por esos datos personales, ya que no serán publicados en la web 😉 .
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Quedamos a la espera de tu respuesta.
Un saludo.
Hola
Voy a preparar el escrito pero no tengo claro lo que puedo reclamar. Tengo un piso VPO en Gipuzkoa con hipoteca desde 2007.
Tengo 2 facturas del notario con varios conceptos que en total suman unos 1000€. Luego tengo 2 recibos en concepto de provisión de fondos que suman poco más de 1800€. No me quedan claras las cantidades a reclamar
Saludos
Hola Rober
Nuestro consejo es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que la carta es genérica, por lo que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc.
Luego, en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras, adjuntando la propuesta si fuese el caso, para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y en ese momento el propio abogado te aclarará los gastos que puedes incluir.
Un saludo.
Muchas gracias, mañana si tengo tiempo envío el eacrito, os mantengo informadas
Saludos
Hola Melania,
Gracias por el modelo de reclamacion de gastos hipotecarios.
Tengo una duda que preguntarte, este modelo lo he usado para reclamar los gastos de la hipoteca sobre mi casa actual y tambien para la refinanciacion de la misma, pero tengo tambien dos prestamos hipotecarios antiguos ya cancelados contituidos en el 2002 y cancelados en el 2005 sobre un piso que tenia donde vivia y un bajo para la compra este bajo, he pedido al banco las facturas de los gastos de constitucion y cancelacion de ambos prestamos hipotecarios, la duda que tengo es si puedo reclamarlos ya que el piso hipotecado ya estaba pagado y esta operacion se hizo para comprar el bajo.
Despues mas adelante vendi el bajo y el piso y cancele los dos prestamos.
Puedo reclamar estos gastos?
Gracias por tu ayuda.
Un saludo :
Hola Javier
Estos días estamos teniendo muchos casos como el tuyo, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis, y debéis, buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
Recibe un cordial saludo.
Hola
Gracias, lo he estado mirando y veo que está bastante bien, si es como decis que se puede hasta incluir lo pagado en el modelo 600.
Solo una cosa, los gastos de tasacion como decis en la escritura solo viene en que se tasa el piso, pero ni el gasto de la tasacion ni la empresa tasadora, tengo todas las facturas y no viene reflejada en ninguna, solo Notario, Impuestos, Registro y Honorarios Gestoria y por dos veces (una por Compraventa y otra por Hipoteca) y no se si se puede meter los 12.600 del modelo 600 de la compraventa, supongo que no, no se.
Te adjunto resumen de gastos a ver que opinas.
Gracias
Saludos
Hola Rafael
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No obstante, puedes ir enviando igualmente nuestra carta de reclamación, ya que es genérica y en ella no se estipula la cuantía a devolver.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Hola Rafael
Te dejamos la respuesta de la abogada:
Si no encuentra ningún dato del Tasador, ni en facturas, ni en la escritura, ni en ningún documento, como opción puede intentar que en su Banco le puedan dar alguna información, o incluso si compró por inmobiliaria, si ellos se pudieron quedar con el dato. Si no tendrá que renunciar a ese concepto.
En relación a lo que puede reclamar, y según la minuta, son sólo los del apartado de préstamo hipotecario, porque los del apartado de la compraventa, no se pueden reclamar. Y entrarían todos los conceptos que allí se relacionan: Notario, Impuestos, Registro y Honorarios (que son los de la Gestoría). Y sí, es una pena no poder meter los 12.600 € de la compraventa, pero de esos no se puede exigir la devolución.
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Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
Hola cuando compre mi vivienda me dijeron que era una subrogación me imagino que sería del constructor a mi, ¿en ese caso no puedo reclamar?
Gracias.
Hola Víctor
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
Un saludo.
Buenas noches Melania,
Estoy revisando la documentación para presentar la reclamación de los gastos de constitución de la hipoteca y tengo una duda con respecto al impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Tengo una escritura de compra-venta y otra de hipoteca. En la compra-venta aparece un justificante de pago del impuesto de actos jurídicos documentados y en la escritura de hipoteca no veo ninguno. Se que se pagan 2 impuestos uno en la compra-venta y otro en la hipoteca, me puedes decir cual de los 2 se reclama?
Gracias.
Hola José Luis
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas de forma gratuita, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No obstante, puedes ir enviando igualmente nuestra carta de reclamación, ya que es genérica y en ella no se estipula la cuantía a devolver.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
Hola José Luis
Te dejamos la contestación del abogado:
Buenas tardes,
El justificante de pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que puede ser objeto de reclamación es, exclusivamente, el referente al préstamo hipotecario y no así al de compraventa, ya que la procedencia de la reclamación de la devolución de estos gastos de Hipoteca se sustenta, entre otras cosas, en que es a la Entidad quien se beneficia de la elevación a público del préstamo y su inscripción en el Registro.
En cuanto a la compraventa su inscripción beneficia al propio comprador/propietario de ahí que no quepa incluirlo dentro de la reclamación.
Finalmente si no encontraras el modelo 600 del préstamo puedes pedir un duplicado en la Oficina de Tributos de tu Comunidad Autónoma.
Cualquier duda nos encontramos a tu entera disposición.
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Recuerda que una vez envíes la carta, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de como se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.