




¿PARA QUÉ SIRVE ESTA CARTA?
Para los afectados por el pago de los GASTOS DE HIPOTECA de cualquier Banco o Caja. Con esta carta se solicita que se anule la obligación de asumir estos gastos por el cliente, y la devolución por parte del banco de lo que se pagó indebidamente por la Escritura de Hipoteca.
Antes de enviar la carta, te recomendamos que leas nuestro artículo Cómo reclamar fácilmente los gastos de constitución de hipoteca, en el que tienes una sección dedicada a las preguntas frecuentes sobre esta reclamación, y también el apartado Esquema con los pasos para reclamar, en el que te explicamos la documentación que necesitas y cómo conseguirla, además de las opciones que tendrás en función de la forma en que se comporte la entidad tras el envío de la carta reclamación.
CÓMO RELLENAR LA CARTA
Sustituye todo el texto que está en ROJO por tus datos, o los de todos los titulares, y los de tu entidad. Imprime la carta dos veces y fírmala.
Aunque al final de este artículo también puedes ver/copiar la carta, te dejamos a continuación los enlaces para descargar la carta y las instrucciones en formato Word:
– DESCARGAR LA CARTA DE RECLAMACIÓN
DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE TU BANCO
Lo has de enviar al Banco que actualmente te cobra el recibo de tu hipoteca (aunque no sea el mismo con el que la firmaste).
Si en la web del banco hubieran puesto una dirección específica para cláusulas suelo puedes usarla.
Para conocer cuál es la dirección del Servicio de atención al cliente de tu entidad puedes visitar este enlace del Banco de España (Para encontrar la dirección SOLO debes poner el nombre de la entidad en el campo “Nombre aprox. de la Entidad:“ y pulsar en BUSCAR, sin rellenar ningún campo más del formulario).
PRESENTACIÓN DE LA CARTA
Las formas de hacer llegar la carta al SAC de tu entidad de forma fehaciente son las siguientes:
– En una sucursal de tu entidad, siempre que accedan a sellarte una copia de la carta (Llévala por duplicado para tener una copia sellada en tu poder). Tienen obligación de cogerla y sellarla pero si se niegan tenemos la alternativa siguiente.
– Por carta certificada con acuse de recibo. (Es MUY IMPORTANTE que conserves la tarjeta rosa que nos remite correos confirmando la entrega, ya que si el SAC no te contesta será la forma que tendrás para demostrar el envío).
MUY IMPORTANTE: No tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc.
¿TIENES DUDAS SOBRE CÓMO CUBRIR LA CARTA?
Si tienes dudas sobre cómo cubrir alguno de los apartados de la carta, o tienes cualquier otra pregunta, déjanos una consulta, para ello debes leer antes nuestro apartado dedicado a cómo realizar las CONSULTAS.
CARTA PARA RECLAMAR LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE LA HIPOTECA
(Recuerda que debes sustituir todo el texto que está en ROJO por tus datos, o los de todos los titulares, y los de tu entidad)
_____________________________________
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE del (PONER EL NOMBRE DEL BANCO QUE TE COBRA CADA MES AUNQUE SEA DISTINTO AL BANCO CON EL QUE FIRMASTE LA HIPOTECA)
Dirección (PONER LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DÓNDE LO REMITIREMOS)
LOCALIDAD Y FECHA
TU NOMBRE
TU DOMICILIO
TU CÓDIGO POSTAL – LOCALIDAD
Les remito la presente cómo parte deudora del Contrato de Hipoteca que firmé con BANCO XXXX en fecha (PONER LA FECHA DE LA FIRMA EN EL NOTARIO QUE APARECE EN LA ESCRITURA), y cuya cuenta de cargo mensual de las cuotas es (PONER EL NÚMERO DE LA CUENTA DÓNDE TE PASAN EL RECIBO CADA MES).
La presente carta tiene por objeto solicitar LA devolución de las cantidades abonadas COMO GASTOS, TASAS Y TRIBUTOS que me obligaron a pagar en aplicación de la cláusula abusiva que obra en mi escritura de hipoteca, de atribución de gastos al cliente.
Yo contraté con ustedes un préstamo para facilitar la compra de mi vivienda por cuya Escritura ya pagué el Notario, los Impuestos, el Registro y la Gestoría que me corresponden. Sin embargo, los gastos idénticos que corresponden a la Escritura de Hipoteca también me obligaron a pagarlos, cuando se deben a costes fruto de su negocio bancario y no de mi compra.
El Tribunal Supremo, en su Sentencia 705/2015 de 23 de diciembre, confirma la nulidad por abusiva de la cláusula de imposición de gastos a la parte prestataria inserta en los préstamos formalizados con BBVA, pues “conlleva que se trate de una estipulación que ocasiona al cliente consumidor un desequilibrio relevante, que no hubiera aceptado razonablemente en el marco de una negociación individualizada; y que, además, aparece expresamente recogida en el catálogo de cláusulas que la ley tipifica como abusivas”.
Siendo en esencia iguales la cláusula declarada nula por el STS 705/2015 y la cláusula de imposición de pago de los gastos del préstamo a la prestataria transcrita en el anterior punto, debe entenderse que la misma adolece de igual fundamento de nulidad y por lo tanto debe ser eliminada del contrato con devolución de los importes abonados con ocasión de la constitución de la hipoteca de referencia y a cuyo pago viene obligada la entidad.
Por estos motivos, mediante la presente les requiero formalmente a los fines de que en un plazo que no exceda de 15 días,
Reconozca la nulidad de la cláusula de la atribución de gastos de la operación hipotecaria al consumidor que reclamo.
Que proceda al reintegro a esta parte de los gastos abonados con motivo de la constitución de hipoteca correspondientes a los gastos de Notario y Registrador, al Impuesto de Actos Jurídicos documentados, gastos de tasación del inmueble y gastos de la gestoría tramitadora que fue impuesta por la propia entidad.
Que me remita respuesta por escrito con una propuesta de la liquidación y distribución de los gastos reclamados que considere.
En caso contrario me consideraré legitimado/a para interponer una reclamación judicial contra ustedes, reclamando las costas judiciales y los intereses desde que hice el pago de dichos gastos por ustedes.
Atentamente
TU FIRMA
TU NOMBRE Y APELLIDOS
TU DOMICILIO
NIF (OBLIGATORIO)
SELLO DE LA ENTIDAD
(Sólo si se presenta en la oficina, sino eliminar)
PRÓXIMAS RECLAMACIONES
En Economía Zero estamos trabajando en nuevos tipos de reclamaciones, para conocer cuales son las próximas que vamos a publicar visita ESTE ENLACE.
Deja una consulta o envíanos un e-mail diciéndonos el caso o casos que te afectan, y nada más esté publicada la info correspondiente a cada caso te avisaremos, así de sencillo 😉 .
COMENTARIOS Y CONSULTAS
Recuerda que puedes dejar una consulta utilizando el formulario para comentarios que se encuentra abajo del todo de los artículos.
Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, puesto que en ella te explicamos como redactarlas para evitar errores, evitar que nuestras respuestas vayan al SPAM, etc.
Gracias.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
La utilización de cualquier contenido y de los servicios que proporciona esta web están sujetos a la aceptación de estos términos y condiciones.
BUENOS DIAS FIRME UNA HIPOTECA EN 2010, EN ESCRITURAS PONE QUE TODOS LOS GASTOS CORREN DE MI CUENTA. ME CONTESTA BBVA ATT CLIENTES.
CONTESTACION DEL BANCO:
Estimado cliente,… *** Hemos acortado su correo electrónico para proteger sus datos personales ***
Hemos procedido a pasar su consulta al departamento correspondiente. Un gestor especializado le enviará un correo electrónico a la dirección que nos ha proporcionado.
Buenas tardes
Mi hipoteca se firmó el 28 de enero de 2015. Es una hipoteca de 48.000€, por tanto en primer lugar, ¿cuánto me corresponde por devolución de estos impuestos?
En segundo lugar, yo había oído que debía ir a una Delegación de Hacienda a hacer la solicitud de la devolución, y en todo lo que he leído no aparece esta posibilidad.
Espero su respuesta.
Hola Rosa
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estos últimos días sobre este asunto de los gastos de hipoteca y hacemos todo lo que podemos, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque a veces tardemos algo más de lo previsto.
Respondemos ahora a tus consultas:
– Mi hipoteca se firmó el 28 de enero de 2015. Es una hipoteca de 48.000€, por tanto en primer lugar, ¿cuánto me corresponde por devolución de estos impuestos?
El cálculo no se puede hacer sólo en función del importe de la hipoteca, puesto que depende de varios factores. Lo que hay que hacer es conseguir las facturas, puesto que sin ellas no se puede reclamar, y una vez las tengas en tu poder, realizar el cálculo. No obstante, lo mejor es que antes de hacer nada hagas lo que te indicamos en la respuesta siguiente.
– En segundo lugar, yo había oído que debía ir a una Delegación de Hacienda a hacer la solicitud de la devolución, y en todo lo que he leído no aparece esta posibilidad.
Nuestro consejo es esperar a ver cómo se pronuncia la Sala del Pleno de Tribunal Supremo el próximo día 5, puesto que será éste quien marcará el criterio a seguir, o al menos eso esperamos. Si quieres, podemos avisarte de las conclusiones que extraigan nuestro grupo de abogados colaboradores de dicha sentencia (será unos pocos días después de que se pronuncie el Supremo), para ello sólo tienes que decirlo y te apuntaremos en un listado de usuarias en tu misma situación. Evidentemente, por mantenerte informada no te cobraremos nada, y si finalmente hay viabilidad, nuestros abogados no te cobrarían adelanto alguno y percibirían solo las costas procesales (que paga la entidad, salvo casos muy excepcionales) para que todo el dinero recuperado sea para ti.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier otra duda.
Un saludo.
Hola. Estoy decidida a presentar la carta,pero buscando facturas me doy cuenta de que además de los gastos del préstamo hipotecario, en los gastos de la compra venta con subrogación aparecen gastos derivados de la ampliación del préstamo hipotecario. Estos gastos son también reclamables?.
Gracias, espero su respuesta para empezar a reclamar.
Hola Ana
Los gastos que se pueden reclamar son los de hipoteca, no los de compraventa, además de que no recomendamos reclamar gastos de subrogaciones o ampliaciones. No obstante, nuestro consejo es que, aparte de que remitas la carta, enviemos tu caso a uno de nuestros abogados colaboradores expertos en la materia, ya que tras las últimas sentencias del Supremo, en las que no se concede la devolución del impuesto (IAJD), lo que estamos recomendando es esperar a que pronuncie el TJUE, pero es mejor que el abogado haga un estudio concreto de tu caso, y llegado el momento te avise de las novedades que se vayan produciendo.
Por estudiar tu caso, asesorarte y estar pendiente de lo que se decida en el TJUE, no te cobrará nada. El resto de condiciones las tienes en este artículo: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Te informamos también de que tenemos publicada la info para anular el contrato de los productos revolving. Si estás entre los millones de afectados por estos productos “basura”, te recomendamos que leas la información de nuestro artículo Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving” (incluido el FAQ), y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Buenas tardes,
Estoy pensando en reclamar los gastos de formalización de una hipoteca con vosotras (tambíen de la comisiones por descubierto la cual reclamación ya he empezado y ya estamos en contacto), si ahora que según el Supremo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) debe abonarlo el cliente, ¿cabe modificar vuestro modelo de la carta de reclamación? o ¿cabe hacer algún cambio en la reclamación en algún punto del proceso?
Muchas gracias.
Hola Sergi
Te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero además de la saturación de trabajo que tenemos habitualmente, estamos cambiando de instalaciones y aumentando el personal, lo que nos está provocando aun más retrasos en las respuestas. La buena noticia es que en muy poco tiempo podremos contestaros siempre en uno o dos días.
Respecto a los gastos de constitución, aunque es muy posible que haya que esperar a que se resuelva la cuestión prejudicial elevada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, puedes ir enviando igualmente la carta de reclamación tal y como está, es decir, sin modificar nada y sin aportar ningún documento.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas, tengo hipoteca con caja rural de Asturias y ya les he reclamado mediante el escrito a su servicio de atencion al cliente, su respuesta es que no me van a devolver los gastos, ninguno, el siguiente paso es via judicial o debo reclamar al banco de españa? Un saludo y gracias
Hola Juan
Aunque puedes acudir ante el BDE, es algo que te desaconsejamos por completo, puesto que sólo va a ser una enorme pérdida de tiempo.
Lo que tienes que hacer ahora es presentar la correspondiente demanda, si quieres podemos derivar tu caso a uno de nuestros abogados expertos, puedes ver las condiciones en este artículo: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas noches, voy a presentar la documentación de la devolucion de hipoteca, pero veo que no me entregaron la factura de la tasación y he llamado al tasador y me dicen que no tienen nada que hable con la central que está en Madrid, igual se desentendieron que hacía ya 10 años y que no tienen nada, puedo hacer algo para reclamarla. Gracias María Angeles
Hola Angeles
Sentimos decirte que no disponemos de más info para ayudaros a conseguir las facturas de los gastos que la se encuentra en este artículo: Cómo conseguir los documentos necesarios para reclamar los gastos de formalización de hipoteca.
Una vez envíes la carta de reclamación, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes.
Os quería hacer la siguiente consulta. Mi entidad financiera me ha ido cobrando comisiones por descubierto a lo largo de los años cada vez que la cuenta quedaba en negativo, y por otro lado quería reclamarles los gastos de la constitución de la hipoteca y lo referente a la cláusula suelo. Es decir, tengo tres frentes abiertos con ellos (descubiertos, constitución y cláusula suelo).
¿Cuál es la mejor manera para reclamar? ¿Cada cosa por separado al mismo tiempo? ¿Cada cosa por separado consecutivamente? (es decir, una vez se resuelva un asunto pasar al siguiente).
Muchas gracias y un saludo.
Carlos.
Hola Carlos
Nuestro consejo es que reclames todo al mismo tiempo, puesto que estos procesos son bastante largos, y cuanto antes empieces, antes recuperarás lo que es tuyo y te podrás olvidar del asunto.
A continuación te indicamos cómo tienes que reclamar cada uno de los asuntos. Si hay que llegar hasta el Juzgado, algo muy probable, la cláusula suelo y los gastos de hipoteca se unirán en la misma demanda (y muy probablemente la comisión de apertura y alguna otra cláusula abusiva, como la que regula el tipo de interés de demora o la de vencimiento anticipado, aunque todo esto queda al criterio del abogado), pero ahora, en la vía extrajudicial, debes reclamar los dos asuntos a la vez aunque por separado, sobre todo debido a que la cláusula suelo tiene un procedimiento independiente que se encuentra regulado por el Real Decreto).
– Cláusula suelo
Tienes que enviar este escrito: Carta de reclamación cláusula suelo acogida al Real Decreto-Ley 1/2017 de 20 de enero
No te olvides de seguir la instrucciones de envío que os damos en el artículo que contiene la carta, además de leer cómo funciona el procedimiento, aunque lo que tienes que hacer es esperar, o a que pasen 3 meses, o a que te contesten.
En el caso de que te hagan una propuesta, NO FIRMES NADA sin que antes lo supervise uno de nuestros abogados expertos, por hacerlo no te cobrará nada, y si tienes que presentar demanda, las condiciones son inmejorables, ya que sólo cobran las costas, de este modo todo el dinero recuperado es para vosotros.
– Gastos de constitución
Tienes que enviar este escrito: Carta para reclamar los gastos de constitución de la hipoteca.
Al igual que en el anterior caso, sigue las instrucciones de envío. Luego, independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
– Comisiones por descubierto
Aunque a continuación te decimos cómo empezar, tienes que leer atentamente el artículo Cómo reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”, ya que en él os explicamos cómo funciona todo el proceso de reclamación.
Lo primero que necesitas es hacerte con los movimientos (a no ser que los tengas ya, si son en formato papel te sirven igual), por lo que lo mejor es que sigas las instrucciones de nuestro artículo Solicitud de movimientos mediante fichero informático Norma 43. Lee bien toda la info y sigue todas las indicaciones, incluido el apartado «TEN MUY PRESENTE ESTA INFORMACIÓN«.
Si una vez tengas los movimientos en tu poder, prefieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables, detectar posibles retrocesiones o apuntes que necesiten ser aclarados, y confeccionar la carta de reclamación de las comisiones, visita nuestra sección de Gestiones personalizadas y ponte en contacto con nosotras escribiendo al correo gestion@economiazero.com adjuntando, además de los movimientos, este formulario cubierto con todos tus datos y los de la entidad. También debes realizar el ingreso del depósito de 15 € (uno por cada cuenta sobre la que vayas a reclamar), y en cuanto lo recibamos nos pondremos con la gestión.
Si los movimientos están en formato no digital, tendrás que solicitarnos nuestra dirección postal para que nos los puedas hacer llegar. No obstante, toda esta info está mucho mejor detallada en el artículo que habla de las gestiones personalizadas.
Si tienes dudas sobre la efectividad de nuestras gestiones e información, te aconsejamos que visites la HUCHA DE RECLAMACIONES y la sección dedicada a las SENTENCIAS, puesto que comprobarás que si no te rindes y sigues hasta el final (incluso ante el Juzgado si es preciso) tendrás un elevadísimo porcentaje de posibilidades de recuperar todo tu dinero. Ten presente que la única estrategia de la que disponen las entidades para no devolvernos lo que es nuestro, son las mentiras, las manipulaciones, y sobre todo el intentar que nos cansemos y no sigamos adelante, puesto que saben de sobra que si no nos rendimos, no tendrán nada que hacer. Sólo tienes que tener un poco de paciencia, perseverancia y seguir nuestras indicaciones al «pie de la letra».
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Te informamos también de que hemos publicado la info para anular el contrato de los productos revolving. Si estás entre los millones de afectados por estos productos “basura”, te recomendamos que leas la información de nuestro artículo Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving” (incluido el FAQ), y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes, ya he mandado la carta y aun estoy a la espera de una respuesta, lo que no me ha quedado claro es como haceros llegar mis datos personales para que un abogado se ponga en contacto conmigo ya que sé que La Caixa (el banco con el que tengo el préstamo hipotecario) me va a denegar la devolución de los gastos hipotecarios.
Un saludo
Hola Belén
Nos tienes que remitir un email a gestion@economiazero.com con los siguientes datos:
– Nombre y apellidos.
– Nombre de la entidad.
– Población desde la que nos escribes (para derivar tu caso al abogado correspondiente).
– Teléfono de contacto (preferiblemente móvil). Puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No obstante, esta info y las condiciones de nuestros abogados, se encuentran en este artículo: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas tardes,
¿Se puede presentar a la vez la reclamación de los gastos de constitución de hipoteca y la anulación de la cláusula suelo?
En mi banco (caja España-Duero), para realizar una reclamación ante el servicio de atención al cliente, se tramita online, ¿existe algún inconveniente en presentar ambas reclamaciones telemáticamente, sin firmar el documento?
Un saludo
Hola Rubén
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estos últimos días, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque a veces tardemos algo más de lo que nos gustaría.
Para la vía extrajudicial nosotras recomendamos realizar siempre las reclamaciones de forma independiente, y si luego hay que presentar demanda (ya te adelantamos que al tratarse de Caja España-Duero es muy posible que acabes en el Juzgado) será entonces el abogado el que estime si es mejor unir los dos asuntos en la misma demanda o no.
Respecto a reclamaciones telemáticamente no debería haber problema, siempre que la entidad te dé justificante que demuestre el haberlas presentado, de lo contrario, es mejor seguir una de las dos vías que os indicamos en la instrucciones de todas las cartas.
La carta para poder acogerte al Real Decreto está en este enlace: Carta de reclamación cláusula suelo acogida al Real Decreto-Ley 1/2017 de 20 de enero
Una vez envíes las cartas, esperas los plazos de cada caso (gastos 15 días, suelo 3 meses), e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola otra vez, una cosa.
Yo ya hice la reclamcion en febrero, pero con que me respondieron el sac negativamente pensaba que havia hecho algo mal, en la carta de reclamcion, por eso os estava preguntando lo anterior, pero veo que lo hize bien. Yo yo envie por carta certificada con acuse de recibo. Esto es lo que me respondieron los del banco sabadell.
En respuesta a su escrito de febrero de 2017, una vez analizado el contenidodel mismo, seguidamente le trasladamos las siguientes consideraciones.
En primer lugar, le informamos de que los gastos del prestamo hipotecario son derivados de una operacion de financiacion solicitada por usted y de que los mismos han sido facturados directamente por los distintos proveedores a usted fue informado en todo momento de que dichos gastos serian a su cargo y el importe estimado de los mismos. Las condiciones de la financiacion fueron negociadas teniendo en cuenta dichos costes a su cargo y aceptados por usted,por lo que no hemos observado incumplimientos relativos a la formalizacion del prestamo.
Asimismo, por lo que se refiere al pago del impuesto sobre Actos Juridicos Documentados, hemos de mencionarle que en las escrituras de constitucion de prestamo con garantia hipotecaria, se considera sujeto pasivo del impuesto el prestario, de acuerdo con el articulo 68 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reclamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados.
Adicionalmente, le informamos de que la Sentencia del Tribunal Supremo 705/2015 de 23 de diciembre, en la que se declaro la nulidad de una determinada clausula que imputa la totalidad de los gastos en impuestos a cargo del prestario no corresponden a Banco Sabadell, que no ha sido parte en ese procedimiento —
(Y digo yo, ¿si se quedo el Banco Sabadell con la Caja Cam que es donde firme la hipoteca, tendrá que hacerse cargo? Bueno sigo,
— y por tanto la referida sentencia no recayo sobre ninguna clausula contractual de esta entidad, en las que ademas se pactan especificamente los gastos que corren a cargo del prestario de acuerdo con la solicitud tramitacion de prestamo.
Y se quedan tan panchos
Aver si me podeis ayudar, yo estos papeles los tengo desde febrero, si tengo que hacer otra reclamcion igual la hago. Gracias y perdonar por el escrito tan largo.
Hola Fernando
No tienes que volver a reclamar ante el SAC, puesto que lo ha hecho bien, y además ya tienes respuesta. Por lo tanto, el paso que queda ahora es el de acudir ante el Juzgado.
No obstante, hace unos meses remitimos tu caso a uno de nuestros abogados colaboradores, el cual nos comentó que estaba a la espera de que le enviaras documentación, por lo que debes ponerte en contacto con él directamente, ya que cuando derivamos un asunto a los abogados, éstos llevan a partir de ahí vuestros caos de forma exclusiva. Si no conservas los datos del abogado avísanos y te los volvemos a enviar.
Un saludo.
Hola, yo queria reclamar los gastos de constitucion de mi hipoteca al banco sabadell , pero yo la firme en la CAM, que la absorvio el sabadell.
Entonces en la reclamacion donde pone, (les remito la presente cómo parte deudora del Contrato de Hipoteca que firmé con BANCO XXXX en fecha)
Que banco tengo que poner firme con BANCO XXXX ¿la Cam que es donde firme la hipoteca o el sabadell?
No se si me explicado bien.
Saludos y mil gracias por vuestra ayuda.
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Hola, otra pregunta, en la carta de reclamcion de los gastos de hipoteca para el SAC ¿Tengo que poner la factura de la notaria, factura de la gestoria etc? o no hace falta. Gracias
Hola Fernando
Respondemos a tus dos últimas consultas:
1ª.- Puedes poner la antigua entidad, siempre que la carta la remitas a la entidad actual, en este caso al Sabadell. No obstante, no tiene mayor importancia puesto que son asuntos puramente formales, y lo que importa es el fondo, es decir, la reclamación de los gastos, a los que tiene que responder la entidad actual.
2ª.-
No, la carta no la debes modificar, sólo cambiar los datos que os indicamos por los tuyos y los de la entidad, y tampoco tienes que aportar junto a la carta las copias de las facturas.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola buenas, ya e estado hablando con el abogado, y la verdad que no entiendo muy bien, yo creía que como otras reclamaciones que e echo es rellenar el formulario correspondiente con dos copias llevarlas a que las sellen y después enviarla yo al sac eso es así por lo que e leído no, pues me liado porque el abogado me a dicho que la tengo que dejar allí en mi sucursal y que ellos la mandan al sac, y yo creo que ellos no la van a mandar, como lo ago la mando yo al sac o la dejo en la entidad como decís en el artículo que lio
Hola Consuelo
Es muy sencillo, si llevas la carta de reclamación a la sucursal, está te tiene que sellar una copia, que es la que te quedas en tu poder, pero luego no tienes que enviar al SAC esa copia sellada que te han dado, puesto que la propia sucursal se encarga de ello, ya que tiene obligación de hacerlo. Y si no la remite al SAC es su problema, porque con la copia sellada que te has quedado podrás demostrar el haber hecho la reclamación.
No obstante, en las instrucciones que acompañan a todos nuestros modelos de carta ya os lo explicamos.
Un saludo.
Hola.
Yo tengo 2 Facturas de la Gestoría del Banco. Una es:
Por los suplidos que hemos atendido por su cuenta, así como los honorarios derivados de la escritura de Compra Venta, donde hay Minuta de notario, impuesto de transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Minuta Registro de la Propiedad, Tramitación de la escritura de compra-venta y desplazamientos por valor de 1.467,79 (Iva incluido)
Y la otra del mismo día y consecutiva de:
Por los suplidos que hemos atendido por su cuenta, así como los honorarios derivados de la escritura de Préstamo hipotecario, donde hay Minuta de notario, impuesto de transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Minuta Registro de la Propiedad, Tramitación de la escritura de Préstamo Hipotecario por valor de 2.446,84 € (Iva incluido)
He rellenado la carta modelo vuestra y ahora quiero ir a ver al Director del banco a ver que dice. Pero quiero saber realmente que és lo que reclamo exactamente para no ir totalmente desinformado y saber que es lo que he pagado de más. Si es la primera factura o la segunda, o si realmente tengo derecho o no a reclamar algo.
Gracias por la labor que estáis haciendo.
Hola Vicens
Se pueden reclamar los gastos pertenecientes al préstamo hipotecario, pero no los de la compra venta.
No obstante, a no ser que te ofrezcan la devolución de todos los gastos de dicho préstamo hipotecario, es mejor que antes de firmar nada, nos dejes una consulta para que remitamos tu caso a uno de nuestros abogados expertos (lo hará de forma totalmente gratuita).
Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Buenos dias:
Realicé la carta de reclamación de gastos de formalización de la Hipoteca al BBVA y me han contestado esto:
«A los efectos de establecerse con claridad los hechos objeto de la queja o reclamación, es preciso que aporte las facturas emitidas a su nombre justificativas de los conceptos y por los importes reclamados.
Esta entidad no tiene copia de las facturas en tanto se trata de documentos emitidos a su nombre por un tercero. Si no conserva copia de las mismas puede dirigirse a la gestoría con la que contrató la gestión, o directamente al Notario y Registro de la Propiedad.
Para cuantificar, en su caso, la aplicación de la citada cláusula únicamente pueden tenerse en cuenta los gastos por usted abonados al Registro de la Propiedad por la inscripción de la Hipoteca, y los gastos de las copias emitidas por el Notario para el banco, que deben constar desglosados en las facturas a aportar.
En ningún caso podrán tenerse en consideración los gastos de la compraventa, gestoría o tasación, en tanto se trata de relaciones jurídicas ajenas al banco, los gastos de las copias emitidas por el Notario para usted, y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que de conformidad con el Reglamento del Impuesto corresponde al prestatario (cliente), tal y como ha confirmado el Tribunal Constitucional y la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Quedamos a la espera de que complete la documentación remitida en el plazo de diez días naturales. En el caso de que no lo hiciese se archivará la queja o reclamación sin más trámite, de conformidad con el apartado 2 del artículo 12 de la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
Le informamos que la Orden EHA/2899/2011 establece que las entidades de crédito deben conservar el documento contractual y poner a disposición de sus clientes copia del mismo siempre que éste lo solicite. Sin embargo, y por sus especiales características, en el caso de las escrituras notariales, la misma norma señala que para la obtención de copias por los clientes, se ha de estar a lo dispuesto en la normativa notarial, la cual habilita a todas las personas a cuyo favor resulte de la escritura algún derecho a obtener copia de la escritura ante el Notario autorizante.
En este sentido, el Departamento de Conducta y Reclamaciones de Banco de España viene manteniendo que en el caso de documentos notariales, el cliente debe recabar las copias directamente del notario autorizante, satisfaciendo en su caso los aranceles notariales previstos para la expedición de la copia simple o autorizada que se le solicite.
Le recordamos que la expedición de duplicados o copias está sujeto a las comisiones recogidas en el libro de tarifas y comisiones (epígrafe 18, apartado 4.1.), en concreto de 6,01 € por cada documento. Si es usuario de bbva?.?es en su área privada podrá obtener de manera gratuita los documentos de liquidación y justificantes de pago de su préstamo hipotecario consultando los movimientos de la cuenta relacionada del préstamo. Adicionalmente si tiene dado de alta el servicio de correspondencia virtual podrá acceder a estos documentos. Si no lo es, puede hacerse usuario en la propia home de bbva.es.
Por último, los Tribunales de Justicia son los únicos competentes para pronunciarse sobre el carácter abusivo de una cláusula, la existencia de cualquier eventual vicio en el consentimiento prestado, o bien, la declaración de nulidad de un contrato o de algunas de sus cláusulas.»
¿Como debo proceder?
Hola Iván
Vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes.
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Hola, en la «Carta para reclamar los gastos de constitución de la hipoteca», no se pone el importe, verdad ¿? No veo espacio para ellos. Gracias !!
Hola Pedro
No, no tienes que poner ninguna cuantía ni tampoco adjuntar documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Un saludo.
Hola, hemos presentado la reclamación de gastos de hipoteca al banco y hemos recibido una carta negándonos la devolución, nos remiten al banco España por si no estamos de acuerdo con su respuesta.
No sabemos cómo continuar con la reclamación, si enviar la misma documentación al banco España o dirigirnos directamente a un abogado.
También pagamos comisión de apertura, alguna novedad sobre este tema, se puede incluir en la demanda que hará el abogado.
Espero vuestra respuesta gracias.
Hola Gema
El siguiente paso es el de presentar demanda, ya que presentar reclamación ante el Banco de España es una enorme perdida de tiempo que te desaconsejamos totalmente. Si quieres podemos enviar tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita. Cuando contactes con él podrás preguntarle si ve conveniente el incluir la cláusula de la comisión de apertura, no obstante, si considera que es mejor no incluirla, en unas semanas podrás reclamarla con nuestra info.
Puedes ver las condiciones en este enlace: Presentar demanda por los gastos de constitución de hipoteca
Para poder enviar tu caso al abogado correspondiente, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Hola buenas tardes. Mi nombre es José XXXXXXXX, móvil XXXXXXX y la población es XXXXXX, Alicante
Mi consulta es sobre dos hipotecas una de 2001 y otra del 2007, he ido al banco con las notas simples para informarme y me han aconsejado que lo lleve a algún abogado que me asesore, pues la forma en que esta todo escrito es difícil de entender hasta para ellos.
Hola José
Hemos enviado tus datos de contacto y la consulta a uno de nuestros abogados, en pocos días se pondrá en contacto contigo (tal vez tarde algo más debido a la cantidad de consultas que recibimos), no obstante, debes tener claro que nuestros abogados SIEMPRE se ponen en contacto con vosotros, aunque a veces lo hagan más tarde de lo que les gustaría.
Es muy posible que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
hola, recibi vuestro correo y os estoy muy agradecida.
La clave de mi entidad es 3059 y ya escribi la carta con la direccion C/ jose lopez de la torre de aviles.
Por favor, si debo enviarlo a otra direccion avisarme ¿podria traerme problemas en caso contrario? y la carta ¿podria entregarla en esta misma direccion de Aviles?
Por otro lado tambien intento reclamar los gastos de formalizacion de hipoteca ¿me serviría vuestro modelo aunque mi hipoteca no sea de Bbva o suprimo ese dato?
Muchas gracias
Hola Bea
La dirección que tienes que poner, tal y como te dijimos en la anterior respuesta, es la del SAC, no la de la sucursal, y es a esa misma dirección a la que tienes que remitir la carta, a no ser que en la sucursal te la quieran aceptar, en ese caso es muy importante que te sellen una copia para que quede en tu poder, de lo contrario, envíala por correo certificado con acuse de recibo.
Por el código de entidad que nos has dado (3059), la dirección del SAC a la que tienes que enviar al carta es esta:
SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE CAJA R. DE ASTURIAS, S.C.C.
Titular: Mª de la Consolación del Valle Rodríguez-Noriega
Domicilio: Calle Melquiades Alvarez, 7 – 33002 OVIEDO – ASTURIAS
Si ya las enviado con esa dirección que nos comentas no pasa nada, sólo que tendrás que hacerlo de nuevo con la dirección buena.
Respecto al modelo de carta para reclamar los gastos de constitución, no debes cambiar nada más que lo que os indicamos, ya que sirve para todas las entidades, puesto que lo que se dice sobre el BBVA en la carta es en referencia a la Sentencia del Supremo, y no influye para nada en que tu entidad sea otra.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas noches.
Ante todo agradecer vuestro trabajo. He leído varias webs al respecto y la vuestra me ha parecido, explicita, clara, concreta y desafiante con la banca.
Yolanda XXXXXX XXXXXX
XXXXXXXXXX, Madrid
Bankia
movil: XXXXXXXXXX (horario 10:30 a 15:00 y de 17:00 a 19:00)
Consulta sobre gastos gestión préstamo Hipotecario.
Este es un préstamo se solicitó en concepto de rehabilitación de vivienda aunque no compruebo esta especificación en el doc. de Oferta Vinculante.
(No tengo copia simple de la Escritura Otorgación Hip. He solicitado copia al SAC Bankia y si no la pediré en mi notario, previo pago de 50€.) Confío en que la finalidad de esta hipoteca, sobre una vivienda propia, no impide que solicite la devolución de gastos.
– Es una hipoteca ya cancelada en 06-2016, en otros informes he visto que se pueden solicitar tanto los gastos de concesión como los de cancelación. Es correcto? No se si me saltado algo, pero no me queda claro en vuestra información.
– Tengo todas las facturas excepto la de la Tasación, que se realizó con Tasamadrid. Supongo que no aparece el importe de la Tasación en las escrituras?
– Como no hay que adjuntar los documentos de pago, hay que especificar los importes de cada concepto en la carta de reclamación?
– En el informe de cancelación hay unos datos que no se a que corresponden.
Capital concedido 54.100 €
«Costas y gastos» 10.820,00 €?
En el doc. de Oferta Vinculante aparece:
«Comisión de apertura será 1,5 sobre capital prestado….. 811,50 €»
Tiene que ver este importe con el de arriba indicado de costas y gastos?
Es reclamable esta comisión?
– He solicitado al SAC los ficheros Norma 43. Espero que me aparezcan los gastos de demora de impago, que durante una época fueron varios.
Espero haber sido clara en las explicaciones.
Indicarme es necesario que envíe adjunte algún doc. relacionado con las consultas
A la espera de vuestra respuesta, gracias.
Saludos.
Hola Yolanda
Respondemos a tus casos:
– Gastos de constitución
Como tu caso es algo especial, le hemos enviado tus datos y las preguntas que nos haces sobre el asunto (porque preferimos que las conteste un profesional) a uno de nuestros abogados especializados en reclamaciones bancarias para que se ponga en contacto contigo (normalmente por teléfono). Es posible que tarde unos días en hacerlo, ya que estamos todas desbordadas de trabajo (nosotras y los abogados).
Así si finalmente tienes que presentar demanda, será este mismo abogado el que lleve tu caso, y podrás ponerte en contacto directo con él y enviarle la documentación que necesite, evitando tenernos a nosotras de intermediarias, algo que siempre agiliza los trámites.
Decirte que no sólo se reclamará la devolución de los gastos de formalización, sino que el abogado incluirá también en la demanda la nulidad de la cláusula de intereses moratorios, puesto que lo habitual es que ésta sea abusiva (lo es en el 99 % de las hipotecas), con lo que se garantiza totalmente que no se pueda dar el caso de que tuvieses que llegar a pagar costas. Ya que aunque este asunto de los gastos está más que claro tras la Sentencia del Tribunal Supremo, siempre que se puede, es mejor tomar este tipo de medidas de añadir alguna otra cláusula abusiva y no correr riesgo alguno.
Tampoco tendrás que realizar desembolso alguno de dinero, y toda la cuantía recuperada será para ti, ya que el abogado sólo cobra las costas, no obstante, llegado el momento, todas estas condiciones te serán enviadas por escrito, para que las firmes y aceptes, en la correspondiente hoja de encargo profesional.
También es probable que el abogado que te asignemos no resida en tu provincia, algo que no debe preocuparte lo más mínimo, sobre todo porque estos asuntos son meramente jurídicos y no precisan de largas entrevistas presenciales con los usuarios, además de que están acostumbrados a desplazarse por toda España, y no te van a cobrar absolutamente nada por ese motivo, es decir, que no altera en forma alguna lo que aparece en las condiciones. Lo importante no es la distancia, sino que el abogado sea realmente experto en la materia, y te podemos asegurar que los nuestros lo son.
– Gastos del informe de cancelación
También le remitimos al abogado las preguntas que nos haces sobre este asunto, aunque ya te adelantamos que la comisión de apertura la podrás reclamar con la info que vamos a publicar en breve, esa y todas las que tengas, sean de hipotecas o préstamos. Por lo que nada más esté la info publicada te avisaremos a tu e-mail.
– Gastos de demora de impago
Decirte que este tipo de comisiones son nuestra principal especialidad, por lo que si una vez tengas los movimientos en tu poder, prefieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables, detectar posibles retrocesiones o apuntes que necesiten ser aclarados, y confeccionar la carta de reclamación de las comisiones, visita nuestra sección de Gestiones personalizadas y ponte en contacto con nosotras escribiendo al correo gestion@economiazero.com adjuntando, además de los movimientos, este formulario cubierto con todos tus datos y los de la entidad.
Recuerda que después de que nos envíes los movimientos, los estudiaremos y te enviaremos el presupuesto (sin compromiso), y una vez lo apruebes y lo abones, en pocos días te enviaremos toda la documentación necesaria (instrucciones incluidas) para que puedas presentar la reclamación de las comisiones.
Si tienes dudas sobre la efectividad de nuestras gestiones e información, te aconsejamos que visites la HUCHA DE RECLAMACIONES y la sección dedicada a las SENTENCIAS, puesto que comprobarás que si no te rindes y sigues hasta el final (incluso ante el Juzgado si es preciso) tendrás un elevadísimo porcentaje de posibilidades de recuperar todo tu dinero. Ten presente que la única estrategia de la que disponen las entidades para no devolvernos lo que es nuestro, son las mentiras, las manipulaciones, y sobre todo el intentar que nos cansemos y no sigamos adelante, puesto que saben de sobra que si no nos rendimos, no tendrán nada que hacer. Sólo tienes que tener un poco de paciencia, perseverancia y seguir nuestras indicaciones al «pie de la letra».
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Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola buenas tardes.
Estoy rellenando vuestro modelo de carta para reclamar los gastos que me cobraron al realizar la hipoteca. La hipoteca tiene dos titulares, debo rellenar la carta con el nombre de los dos??
un saludo y gracias
Hola Rubén
Sí, hay que poner los datos de todos los titulares, incluido el DNI.
Una vez envíes la carta de reclamación, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, que luego vienen los disgustos cuando ya es demasiado tarde.
No te olvides de indicarnos la población desde la que no escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Te informamos también de que en pocas semanas tendremos publicada la info para reclamar las comisiones de apertura, lo mismo de hipotecas que de toda clase de préstamos, unas comisiones que normalmente van desde el 0,5 al 1,0 % de la cuantía solicitada. Por lo que si quieres que te avisemos cuando esté todo publicado, sólo tienes que apuntarte en el formulario correspondiente de nuestra sección dedicada a las PRÓXIMAS RECLAMACIONES.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Yo hice una hipoteca en 2005 de 162.000 € por obra nueva, la cual nunca vi.
Como el presupuesto se disparo, se hizo una novación en 2007 por 200.000 € que es la que actualmente tengo.
La primera hipoteca tenia un interés fijo del 4% y la segunda me lo pusieron al 5,1% por cinco años sin aviso ninguno.
La clausula suelo era del 3,25% la cual me la quitaron en 2013 porque fue con cajamar. El tema es que tengo dos gastos de notario etc. Hay que reclamarlo todo?.
Muchas gracias y saludos.
Hola Salvador
Vamos a remitir tu caso a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
Hola, en las hipotecas subsidiadas por el ministerio en el año 1996 en adelante existían las clausulas suelo? Y los gastos de formalización?
La hipoteca fue con Caixa de Penedes y ya cancelada desde el año 2011. Gracias de antemano.
Hola Pedro
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora.
Respecto a tus dudas, decirte que llegado el caso se las enviaríamos a uno de nuestros abogados, no obstante, en base a lo que explicamos a continuación, y a no ser que cancelases la hipoteca después del 23 de diciembre de 2011, es mejor que esperes unos meses.
Estos días estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
Recibe un cordial saludo.
Buenos días:
Esto no es un comentario, sino una sugerencia sobre las formas de comunicar fehacientemente asuntos a una entidad financiera.
Si cualquier entidad con servicio al público, se niega a registrar un escrito (sellarte la copia como que ha recibido el original), se puede pedir una hoja de reclamaciones (no interna, sino de la comunidad autonómica), y en ella exponer que adjuntas escrito que se han negado a registrar. Si se negasen a facilitarte esta hoja de reclamaciones, puedes llamar a cualquier cuerpo de seguridad (Policía Local, Policía Nacional, autonómica e incluso Guardia Civil), que estos tienen la obligación de exigirle que te la den o denunciarlos.
Esta forma, junto al buro fax, son las más eficaces, ya que no solo certifican que han recibido una comunicación, sino que certifican su contenido.
Atentamente.
Paco Sánchez
Hola Paco
Agradecemos tu aporte, aunque no en todas las Comunidades Autónomas las entidades tienen obligación de tener hojas de reclamación, además de que salvo para casos muy concretos, no recomendamos el acudir a Consumo, puesto que suele ser una gran pérdida de tiempo.
Respecto a lo que comentas del burofax, uno con certificación de texto cuesta bastantes euros, y para el tipo de reclamaciones que hacemos en esta web, y de cara al Banco de España o al Juzgado, es suficiente con presentar la tarjeta rosa de Correos que justifica el haber enviado la carta con acuse de recibo. Aunque puede haber determinados caso en los que ese burofax con certificación de texto sea necesario, algo que llegado el caso siempre indicamos.
Un saludo.
Buenas noches.
En el año 2014, por motivos laborales ya que no podía hacerme cargo de la cuota hipotecaria, les solicite a caíxabank el código de buenas practicas aceptándolos, tuve que firmar unas nuevas escrituras las cuales no me cobraron nada, mi pregunta es si les puedo reclamar las del inicio de la hipoteca ya que está todavía se encuentra vigente.
Att. un saludo
Hola Luis
Hemos enviado tu consulta a uno de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, en cuanto nos responda te remitiremos su respuesta al e-mail.
Es posible que tarde unos cuantos días, ya que estas semanas estamos todas (nosotras y los abogados) desbordadas de consultas y casos, no obstante, debes tener claro que SIEMPRE respondemos a vuestras consultas sin coste económico alguno, aunque a veces no sea tan rápido como nos gustaría.
No te olvides de que una vez envíes la carta de reclamación, tienes que esperar los 15 días que se dan en ella, y en función de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Un saludo.
Estimadas amigas, tengo entendido que también se pueden reclamar las comisiones de apertura, es cierto? Por otro lado cuando compré la casa me hicieron dos hipotecas, sin aún entender el porqué, una de 90.00 euros la cual se canceló, y la siguiente a los 3 o 4 meses de 180.000 euros que es la que sigue vigente, puedo reclamar los gastos de la primera?? fué en el 2002.
Mil gracias
Jesús
Hola Jesús
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Respecto a tu consulta, decirte que al asunto de las comisiones de apertura lo tenemos en estudio, pero de momento los abogados están tan desbordados que no han podido ponerse con él.
Sobre el asunto de los gastos de constitución, puedes reclamar la segunda con nuestra info, por lo que lo mejor es que vayas enviando la carta de reclamación, siguiendo las instrucciones de envío que os damos en el artículo, recuerda que no tienes que adjuntar ninguna documentación adicional a la carta de reclamación, es decir, ni copias de las facturas de los gastos, ni de la escritura, etc., ya que la carta es genérica.
Una vez envíes la carta, esperas los 15 días que se dan en ella, e independientemente de cómo se comporte la entidad (te conteste, no lo haga, o te envíe una propuesta), te pones en contacto con nosotras para que uno de nuestros abogados estudie tu caso y aclare cualquier duda que tengas (de forma totalmente gratuita), adjuntando la propuesta (si fuese el caso). Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado.
Sobre la otra hipoteca, estos días estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Hola, tengo varias dudas que necesito aclarar:
1-Firme una hipoteca en 2010 y en 2014 a través de Consumidores Irache un abogado logró que nos quitaran la cláusula suelo pero el Banco nos obligó a firmar un documento renunciando a exigir la devolución de todo lo cobrado por ellos. Mi pregunta es: Si es posible exigir al banco la devolución de todo lo cobrado abusivamente por el banco relacionado con la cláusula suelo.
2- El banco nombró a un gestor para que hiciera las gestiones relacionadas con la formalización de toda la documentación además de los honorarios notariales. Mi pregunta es: Tengo derecho a exigir la devolución de todo lo pagado para los gastos de formalización y legalización de la vivienda?
3- El director del banco nos exigió dos avalistas, asegurando verbalmente que en 5 años se podrían quitar y se realizaría una Novación, cumplido el tiempo prometido, ahora nos dicen que no es posible quitar a los avalistas y solo es posible después de haber pagado el 20% de la hipoteca, se solicitó una entrevista con el Jefe de Zona el que apoyó esta nueva versión para eliminar los avalistas.
Mi pregunta: Es esto legal, como puedo lograr que sean eliminados los avalistas?. El próximo año habré cumplido con el pago del 20 % de mi hipoteca. En espera de su respuesta y ayuda, saludos
Hola Isabel
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero estas semanas han sido un caos en consultas y gestiones, y hemos tenido que priorizar las más urgentes, no obstante, ya nos estamos poniendo al día, por lo que esperamos poder contestaros mucho antes a partir de ahora 😉 .
Respecto a tus dudas, decirte que las vamos a remitir a uno de nuestros abogados especializados, el cual estudiará su viabilidad de forma totalmente gratuita.
Para poder enviar tu caso al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que el abogado te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que NUNCA serán publicados en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.
yo quería saber por qué decís que no se pueden reclamar los gastos de Novación, gracias
Hola Lucia
Esta consulta se encuentra respondida en el FAQ, concretamente en esta pregunta:
– ¿Puedo reclamar los gastos de cualquier tipo de hipoteca?
Sólo se pueden reclamar los gastos de Hipotecas nuevas.
Los gastos en operaciones de Compraventa con subrogación de hipoteca no pueden reclamarse. En estos casos los gastos pagados son los propios de la compraventa, ajena al interés del banco.
Los gastos en operaciones de Novación de hipoteca no pueden reclamarse y quedan fuera de las reclamaciones viables.
Incluye ampliaciones de plazo o capital, carencias, y modificaciones de hipoteca a petición del cliente. Son operaciones a petición del cliente y le corresponde a éste el pago de los gastos.
Un saludo.
Hola mi madre canceló la hipoteca, el pasado junio del 2016, entiendo que si tiene derecho a reclamar dichos gastos, pero la carta para presentar es la misma que los que tenemos aun hipoteca sn cancelar?.
Saludos
Hola Chema
Si, tiene todo el derecho a reclamar, y sí, el modelo de carta sirve para ambos casos, hipotecas vigentes y canceladas.
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Un saludo.
He pedido a los bancos que mantengo o mantenido cuenta de prestamo personal / hipotecario el cuaderno norma 43, la reclamacion de clausula suelo y los gastos de formalizacion, sus respuestas os la enviare, felicidades solucionais muchas dudas.
Hola Manuel
Aquí nos tienes, a nosotras, y a nuestros abogados colaboradores, para ayudarte en todo lo que podamos 😉 .
Recuerda que no debes FIRMAR NADA sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Quedamos entonces a la espera, un saludo.
Hola,en 2004 firme una hipoteca con la desparecida Bancaja, que fue absorvida por la hoy Bankia, en 2005 cancele dicha hipoteca y firme una nueva con Bsch, ¿Puedo reclamar los gastos de constitucion a ambas entidades?
Gracias.-
Hola Manuel
Aunque en principio podrías reclamar los gastos de las 2 hipotecas, de momento te recomendamos que sólo lo hagas en la que tienes vigente (Banco Santander), a continuación te explicamos el motivo.
Estos días estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
No te olvides de que si cuando recibas la propuesta de la entidad (en caso de que lo haga) no estás totalmente seguro de que te están ofreciendo todo el dinero que te corresponde, nos puedes enviar tu propuesta para que la supervise uno de nuestros abogados de forma totalmente gratuita, y sobre todo NO FIRMES nada sin que lo supervise antes un profesional especializado, sea de Economía Zero o no.
Ante cualquier duda sólo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenas tardes,
¿Existe alguna retroactividad?, es decir, puedo reclamar estos gastos de 2 hipotecas que ya cancelé en 2010 y 2012? Fueron firmadas en Lleida y Barcelona.
Hola Jose
Estos días estamos teniendo muchas consultas como la tuya, es decir, de casos en los que las hipotecas no están vigentes desde hace más de 4 años, contados a partir de la fecha en la que se dictó la sentencia del Tribunal Supremo (23 de diciembre de 2015).
El caso es que no existe unanimidad al respecto, no sólo entre nuestros propios abogados colaboradores, sino entre los juristas en general, por lo que tras hablar con ellos hemos llegado a la decisión de no aconsejaros demandar, si queréis podéis presentar la carta de reclamación, pero el acudir ante el Juzgado sin que existan sentencias de casos similares al vuestro es muy arriesgado, y desde Economía Zero nunca os vamos a animar a acudir al Juzgado si no hay muchas posibilidades de ganar, aunque en este asunto de los gastos de formalización las posibilidades para quienes no estén en vuestro caso son enormes (por no decir que del 100 %), es decir, para quienes tengan la hipoteca vigente o cancelada antes de esos 4 años.
Evidentemente esta es sólo nuestra recomendación y la de nuestros abogados expertos en reclamaciones bancarias, por lo que podéis, y debéis, buscar más opiniones, eso sí, exigiendo explicaciones claras a todas las dudas que tengáis antes de contratar nada, y que todas las condiciones queden bien reflejadas por escrito (mediante la correspondiente hoja de encargo profesional).
Lo que vamos a hacer, salvo que nos indiquéis lo contrario, es apuntaros en un listado de usuarios en la misma situación, para avisaros dentro de unos meses, cuando ya existan sentencias que aclaren si se puede, o no, presentar demanda con la mismas garantías que los usuarios que tienen sus hipotecas vigentes o las han cancelado dentro de esos 4 años (después del 23 de diciembre de 2011).
No obstante, en la otra hipoteca cancelada en 2012, puedes reclamar sin problema, aunque te aconsejamos que lo hagas cuanto antes, por lo que si aun no tienes toda la documentación, envía igualmente nuestro modelo de carta, puesto que el día que la envíes será el que contará para delimitar el plazo.
Recuerda que antes de aceptar la propuesta de la entidad, y salvo que estés seguro de que lo que te devuelven es lo que te corresponde, tienes a nuestros a bogados a tu disposición para revisar dicha propuesta de forma totalmente gratuita.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Recibe un cordial saludo.
Buenas tardes,
Queria saber si de una hipoteca que cancele en el año 2009, puedo reclamar los gastos de formalización.
Muchas gracias,
Hola Maria Luisa
No te preocupes, ya que vamos a remitir tu consulta a uno de nuestros abogados especializados, para poder enviarla al abogado de tu zona, necesitamos que nos digas la población desde la que nos escribes y un número de contacto (preferiblemente móvil) para que te llame, puedes indicar una franja horaria en la que estarás disponible (procura que sea lo más amplia posible).
No te preocupes por esos datos personales, ya que no serán publicados NUNCA en la web.
Quedamos a la espera de tu respuesta, recibe un cordial saludo.