MUY IMPORTANTE
A continuación te ofrecemos el modelo de carta que tienes que enviar al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la entidad para reclamar las comisiones por descubierto, posiciones deudoras, comisiones por reclamación de descubierto, deuda vencida, por gastos de gestión de recibos devueltos y el resto de comisiones similares, cargadas en una tarjeta que aun mantenemos vigente con nuestra entidad.
Debido a que la información que abarca todo el proceso de reclamación de las comisiones es muy amplia, os hemos preparado este INDICE GENERAL, desde el que podéis acceder de forma sencilla a todos los modelos de carta y artículos relacionados que podáis necesitar para proceder con la reclamación de comisiones por descubierto y similares, agrupados por pasos y categorías.
Te recordamos que si quieres que te gestionemos alguno o todos los pasos de la reclamación, debes visitar nuestra sección dedicada a las GESTIONES PERSONALIZADAS.
Antes de realizar ningún paso encaminado a reclamar las comisiones por descubierto es imprescindible que leas detenidamente nuestro artículo principal Cómo reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”.
Este modelo de carta es sólo para utilizar si mantienes vigente la tarjeta con la entidad. Si la reclamación es en relación a una tarjeta que ya NO está vigente debes utilizar el modelo de carta adecuado, visita en este enlace todos los modelos de carta.
SÓLO debes utilizar este modelo de carta si la tarjeta se gestiona en una cuenta exclusiva para ella, en el caso de que la tarjeta se gestione de forma conjunta con una cuenta corriente, debes utilizar el modelo “Para una cuenta“, en ese caso visita este enlace con todos los modelos de carta.
Te recordamos que regularmente publicamos información y nuevos modelos de carta para reclamar otros tipos de comisiones y demás abusos en tarjetas, préstamos o hipotecas, si quieres mantenerte puntualmente informad@ sólo tienes que apuntarte a la LISTA INFORMATIVA que encontrarás en la parte superior de la columna derecha de esta web.
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Aunque al final del post también puedes ver/copiar el escrito, a continuación te dejamos los ENLACES DE DESCARGA de la carta, uno en formato Word, para que lo puedas abrir con un editor de texto (Word, Open Office o similar), y otro en formato PDF.
Para conocer cuál es la dirección del Servicio de Atención al Cliente de tu entidad puedes visitar este enlace del BDE (para encontrar la dirección SÓLO debes poner el nombre de la entidad en el campo “Nombre aprox. de la Entidad:“ y pulsar en BUSCAR, sin rellenar ningún campo más del formulario). Si aún así no logras encontrar la dirección, deja un comentario y te la decimos.
Las dos únicas formas que debes utilizar para enviar la carta al SAC de tu entidad financiera, ya que es del todo imprescindible que dicha entrega sea realizada de forma fehaciente, son las siguientes:
1– En una sucursal de tu entidad, siempre que accedan a sellarte la carta (llévala por duplicado para quedarte con una copia sellada en tu poder).
2– Por carta certificada con acuse de recibo. (Es MUY IMPORTANTE que conserves la tarjeta rosa que nos remite correos confirmando la entrega, ya que si el SAC no te contesta será la forma que tendrás para demostrar el envío).
No te recomendamos que pierdas el tiempo solicitando la devolución de las comisiones por descubierto y similares en tu sucursal, ya que lo más habitual es que no te hagan ni caso, te intenten manipular diciéndote que figuran en el contrato o te mientan asegurándote que no puedes reclamar porque son legales.
Tampoco debes reclamar por e-mail o teléfono, ya que esos métodos no te servirán como justificante en el caso de que tengas que acudir finalmente al juzgado.
Recuerda que el SAC de la entidad tiene un plazo máximo de 2 meses para contestarte, por lo que si no lo hace dentro de ese plazo o su respuesta es desfavorable, debes enviar el modelo de carta ultimátum que corresponda a tu caso de entre los disponibles.
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¿POR QUÉ ES MUY RECOMENDABLE QUE HAGAMOS NOSOTRAS LA GESTIÓN DE LA CARTA?
1- Gracias a nuestra experiencia detectamos todas las comisiones que sean reclamables, puesto que conocemos la mayoría de los conceptos que utilizan las entidades para describirlas (puede haber alguna excepción).
2- Es muy importante detectar las retrocesiones de comisiones que nos haya podido realizar la entidad, ya que éstas deben ser compensadas (restadas) de las comisiones cobradas.
3- También estamos acostumbradas a la detección de cargos que sea necesario aclarar para saber si corresponden o no a comisiones.
4- Es muy importante que las reclamaciones no tengan errores, ya que es algo que puede obligarnos a tener que empezar el proceso de nuevo.
5- Si tuvieses que acudir a la vía judicial, la relación de comisiones y posibles retrocesiones en el escrito de demanda deben ser supervisadas por nuestro equipo, y si tu caso no ha sido gestionado por nosotras, tendremos que comprobar todos tus movimientos para estar seguras de que no has cometido errores.
6- Tienes la garantía de que sabemos lo que hacemos y de poder enviarnos tus movimientos/gestión sin compromiso alguno hasta que no los hayamos estudiado, elaborado un presupuesto y éste sea aprobado por ti.
7- Nuestras tarifas son mínimas en comparación con las que tendrías que abonar a un profesional especializado, y de paso con ellas colaboras al mantenimiento de esta web y a que las personas que la componemos obtengamos una compensación económica por nuestro trabajo 😉 .
Visita EN ESTE ENLACE la sección dedicada a las GESTIONES PERSONALIZADAS.
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COMENTARIOS Y CONSULTAS
Recuerda que puedes dejar una consulta utilizando el formulario para comentarios que se encuentra abajo del todo de los artículos.
Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, en ella te explicamos como funciona nuestro sistema de consultas y como redactarlas para evitar errores.
Gracias.
CARTA PARA RECLAMAR COMISIONES POR DESCUBIERTO EN UNA TARJETA – VIGENTE
(Recuerda que debes sustituir todo el texto que está en ROJO por tus datos, o los de todos los titulares, y los de tu entidad)
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En LOCALIDAD, a DÍA de MES de AÑO
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
NOMBRE COMPLETO DE LA ENTIDAD
DIRECCIÓN POSTAL COMPLETA DEL SAC DE LA ENTIDAD
Muy Sr. Mío:
Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad como titular de la tarjeta Nº AQUÍ PONEMOS LOS 16 DÍGITOS DE LA TARJETA, con el fin de reclamar la devolución del importe de la comisiones indebidamente cobradas, en concepto de AQUÍ PONEMOS LOS CONCEPTOS TAL COMO APARECEN EN LOS EXTRACTOS BANCARIOS, POR EJEMPLO, “COMISIÓN POR DESCUBIERTO”, “GASTOS DE RECLAMACIÓN SALDO DEUDOR” ETC…, las cuales paso a detallar a continuación:
Importe (€) Fecha de anotación
1 30,00 23/10/2009
2 30,00 15/11/2009
3 30,00 15/12/2009
4 30,00 15/01/2010
5 _____ _________
– Todas estas comisiones, las cuales reclamo me sean devueltas, tienen el mismo origen, que no es otro que las situaciones de descubierto, es decir, la falta de saldo en cuenta a la hora de atender un cargo, el retraso en el abono de una cuota o la devolución de un pago. No obstante, dichas situaciones ya son penalizadas por la entidad mediante un tipo interés de demora suficientemente elevado.
El cobro de las referidas comisiones es ilegal, pues no obedece ni a un servicio solicitado previamente por quien suscribe este escrito, ni a un servicio efectivamente prestado por su Compañía, ni a un gasto que haya debido asumir ésta; puesto que, de hecho, la Entidad no me ha reclamado nunca nada, habiéndose limitado a repercutir en mi cuenta las referidas comisiones de forma automática y sistemática.
Lo anterior es contrario a la legislación vigente y, en concreto, vulnera la siguiente normativa:
– Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de entidades de crédito, cuyo artículo 5 (Protección del cliente de entidades de crédito), apartado b), establece que:
“Sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos que puedan acreditarse.”
– Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre sobre transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, cuyo artículo 3 (Comisiones) expresa que:
“Sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente por un cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos.”
– Circular 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España. “Entidades de crédito. Transparencia de las operaciones y protección de la clientela”, cuya Norma Tercera, Apartado 3 mantiene que:
“Las comisiones y gastos repercutidos deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente.”
– Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad de las Entidades de crédito, cuyo artículo Quinto dispone que:
“En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Las comisiones o gastos repercutidos deberán responder a servicios efectivamente prestados o a gastos habidos.”
– Resulta menester recordar también que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su Memoria que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban por parte de las entidades) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas.
Entiende el Banco de España que la aplicación automática de estas comisiones, “tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado gestiones encaminadas al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión”.
Redunda que su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor; algo que, a juicio del Banco de España, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador.
Ésta es la tesis mantenida por numerosas resoluciones de diferentes Audiencias Provinciales, entre las que cabe citar, a los meros efectos ejemplificativos, las siguientes:
– Sentencias de la Audiencia Provincial de Alicante de 12 de enero de 2000 y de 22 de septiembre de 2004;
– Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 9 de noviembre de 2000;
– Sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, de 24 de marzo de 2014;
– Sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid de 11 de junio de 2012, de 13 de mayo de 2014, de 27 de enero de 2009 y de 27 de julio de 1999;
– Sentencias de la Audiencia Provincial de Málaga de 21 de febrero de 2012, de 14 de junio de 2009 y de 23 de mayo de 2013.
– El contrato con una entidad financiera es un contrato complejo, y puede llevar vinculado otros contratos secundarios ligados a él operativamente. Cuando, en una de las cláusulas del contrato, se incluye una comisión, se está suscribiendo un contrato de comisión mercantil entre un Banco (comisionista) y su cliente (comitente), en base al cual el Banco se obliga a prestar un servicio y el cliente a retribuir la prestación de ese servicio mediante el pago de la comisión.
En el contrato de comisión mercantil, la causa para el comitente es la prestación del servicio por el Banco (artículo 1.274 del Código Civil). Es decir, la prestación de un servicio real y efectivo por parte del Banco, según la normativa recogida en las líneas precedentes.
Y, si no responde a un servicio efectivamente prestado, nos encontramos ante un contrato sin causa que no produce efecto alguno (artículo 1.275 del Código Civil). De ahí que el Banco no pueda cargar la comisión al cliente.
Por lo tanto, cuando la comisión no responde a la prestación de un servicio real y efectivo por parte del Banco, esos supuestos gastos que la entidad dice haber tenido que soportar, no son más que una excusa injustificada para el cobro de un servicio inexistente.
Por último, aunque la comisión tuviese causa por responder a la prestación de un servicio real y efectivo, tratándose de obligaciones bilaterales, el artículo 1.124 del Código Civil exige que el Banco acredite que, en ese caso concreto y específico en el que se ha cargado la comisión, le haya prestado ese servicio real y efectivo; pues, de no ser así, concurriría la llamada “exceptio non adimpleti contractus” o, lo que es lo mismo, la excepción de inejecución o la excepción de contrato no cumplido, que permite a este suscribiente no abonar la comisión.
– Quiero manifestar que me he enterado hace unos días de que el cobro de las citadas comisiones era improcedente, gracias al asesoramiento de una asociación especializada en este tipo de asuntos (asociación que tiene un amplio historial de dinero recuperado a su entidad, entre otras), ya que mi conocimiento de la normativa bancaria es casi nulo, al contrario de lo que debe ser exigible a su entidad, con el añadido de la estricta aplicación y cumplimiento de la normativa de transparencia bancaria.
Además de que cada vez que he acudido a una sucursal de su entidad interesándome por el origen y la legalidad de esas comisiones, los empleados que me atendieron siempre me aseguraron que eran totalmente legales, que figuraban en el contrato y que no se podían reclamar.
Por lo que les indico que redundarían en la banalidad en el caso de invocar al principio de los actos propios, al consentimiento tácito o a la inseguridad jurídica.
De tal forma, habida cuenta de que su entidad ha descuidado negligentemente el cumplimiento de sus deberes, no podrá recurrir al contenido de los extractos bancarios, a los efectos de reducir o minorar el alcance de su responsabilidad en el cumplimiento de la normativa y códigos de buenas prácticas bancarias.
Dicha conclusión se deriva de la especial diligencia exigible a las entidades bancarias que, como es sobradamente conocido, no puede referenciarse a la que se pudiera requerir a un ciudadano medio, sino a la que debe asumir aquél que se dedica profesionalmente al sector de la actividad crediticia y, muy en particular, al depósito y custodia de los fondos ajenos.
Dicho lo anterior, mantengo que he sido ignorante hasta este momento de que era víctima de malas prácticas bancarias y, por eso, no he procedido antes a reclamar.
Les agradeceré que me devuelvan la cantidad que reclamo, la cual hace un total de XXXX euros, cobrada ilegalmente, a la mayor brevedad posible, sin que sea necesario acudir a instancias judiciales.
Sin más que añadir, quedando a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo.
NOMBRE Y APELLIDOS
DIRECCION
POBLACIÓN
Nº DNI
Firma del titular
SELLO DE LA ENTIDAD RECLAMADA
(Sólo si se presenta en la oficina, si no, eliminar)
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Buenas noches, antes que nada agradecerles enormemente su ayuda con toda la información que nos comparten, es de aplaudir y difundir!!!! Muchísimas gracias de verdad!!!
Mi pregunta es referente al tipo de carta que debo usar, en mi banco (que es Santander), me han cobrado los gastos de reclamación saldo deudor en la cuenta bancaria y el pago del cual me cobran esos gastos se ha realizado mediante la tajerta de débito vinculada a esa cuenta bancaria, donde los titulares somos mi marido y yo, entonces ¿qué modelo de carta debo usar para realizar la reclamación?
Ustedes comentan que la carta para reclamar comisiones por descubierto en una tarjeta «SÓLO se debe utilizar este modelo de carta si la tarjeta se gestiona en una cuenta exclusiva para ella, en el caso de que la tarjeta se gestione de forma conjunta con una cuenta corriente, debes utilizar el modelo “Para una cuenta“». Tengo ahora duda si debo usar el modelo para una cuenta.
Quedo a la espera de su respuesta.
Muchas gracias por adelantado.
Hola Karen
Lo mejor es que utilices el modelo para una cuenta, aunque realmente no es algo que vaya a influir de forma decisiva en el proceso de reclamación, puesto que se trata más de una cuestión formal.
Aunque nos hablas de que todas las comisiones pertenecen a esa tarjeta de débito, te recomendamos que sigas las instrucciones de este artículo por su hubiera comisiones incluidas en las liquidaciones, o si tuvieses algún préstamo en el que te hubiesen cargado comisiones y éstas estuvieran incluidas en los cargos mensuales.
Recuerda que si tras el envío de la carta la entidad no te devuelve hasta el último céntimo reclamado, no debes desistir y seguir hasta el final, enviando el modelo de carta ultimátum correspondiente a tu caso, y posteriormente acudiendo hasta el Juzgado, algo para lo que puedes contar por entero con nosotras.
No te olvides de comunicarnos la cuantía recuperada para que la podamos sumar a la hucha de reclamaciones.
Quedamos a tu disposición, un saludo.
buenos dias
me han estado cobrando comisiones rpd desde febrero y me he dado cuenta ahora,con razon no llegaba a fin de mes…fui ayer al banco y me van a devolver las comisiones rpd de cuenta ,pero las de la tarjeta de debito (una tarjeta que saque y tuve que utilizar) no.
entonces esoty leyndo en este blog sobre la carta de reclamacion y queria preguntar cual seria la conveniente, y que es exactamente lo que debiria hacer.
mi banco es liberbank
un saludo y gracias
Hola Sandra
Lo que tienes que hacer es enviar este mismo modelo de carta, aunque si las comisiones de la tarjeta te las cargan en la cuenta, también puedes enviar el modelo «para una cuenta». Que envíes un modelo u otro no tiene mayor relevancia, puesto que lo importante es el fondo del asunto, que es la reclamación de unas comisiones cobradas de forma indebida.
No obstante, te recomendamos que esperes a que te hayan devuelto las comisiones de la cuenta, no vaya a ser que se echen para atrás. Además de que si finalmente tuvieses que acudir ante el Juzgado, el tener una devolución parcial (en este caso de las comisiones de la cuenta) ayudamos a un más, si cabe, a ganar la demanda.
Aunque a continuación te decimos cómo empezar, tienes que leer atentamente el artículo Cómo reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”, ya que en él os explicamos cómo funciona todo el proceso de reclamación.
Lo primero que necesitas es hacerte con los movimientos (a no ser que los tengas ya, si son en formato papel te sirven igual), por lo que lo mejor es que sigas las instrucciones de nuestro artículo Solicitud de movimientos mediante fichero informático Norma 43. Lee bien toda la info y sigue todas las indicaciones, incluido el apartado «TEN MUY PRESENTE ESTA INFORMACIÓN«.
Si una vez tengas los movimientos en tu poder, prefieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables, detectar posibles retrocesiones o apuntes que necesiten ser aclarados, y confeccionar la carta de reclamación de las comisiones, visita nuestra sección de Gestiones personalizadas y ponte en contacto con nosotras escribiendo al correo gestion@economiazero.com adjuntando, además de los movimientos, este formulario cubierto con todos tus datos y los de la entidad. También debes realizar el ingreso del depósito de 15 € (uno por cada cuenta sobre la que vayas a reclamar), y en cuanto lo recibamos nos pondremos con la gestión. Como verás, las tarifas que aplicamos son muy asequibles.
Si los movimientos están en formato no digital, nos los tienes que remitir a nuestra dirección postal:
– Reclamaciones Economía Zero
– Avda. Ramón y Cajal nº 25 – 1º A
– 24002 – León
Si tienes dudas sobre la efectividad de nuestras gestiones e información, te aconsejamos que visites la HUCHA DE RECLAMACIONES y la sección dedicada a las SENTENCIAS, puesto que comprobarás que si no te rindes y sigues hasta el final (incluso ante el Juzgado si es preciso) tendrás un elevadísimo porcentaje de posibilidades de recuperar todo tu dinero. Ten presente que la única estrategia de la que disponen las entidades para no devolvernos lo que es nuestro, son las mentiras, las manipulaciones, y sobre todo el intentar que nos cansemos y no sigamos adelante, puesto que saben de sobra que si no nos rendimos, no tendrán nada que hacer. Sólo tienes que tener un poco de paciencia, perseverancia y seguir nuestras indicaciones al «pie de la letra».
Aprovechamos para informarte de que hemos publicado la info para anular el contrato de los productos revolving. Si estás entre los millones de afectados por estos productos “basura” (prácticamente cualquier tarjeta de crédito y todos los préstamos rápidos, tipo VIVUS, Creditea, Zaplo y similares), te recomendamos que leas la información de nuestro artículo Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving” (incluido el FAQ), y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
Buenas tardes,
por ultimo queria consultaros sobre el SAC para la tarjeta EROSKI, en el usuario electronico me deriva a la pagina de santander consumer asi que no se si será el SAC de santander consumer donde enviar la reclamacion.
Tambien tengo todos los extractos guardados desde que tengo la tarjeta y no se porque pero ningun mes en los que he pagado comision aparece la anotacion en los extractos, por lo que cuando he pagado la comision lo que tengo es la carta que me mandan de recibo devuelto indicando que el importe devuelto y la comision (pero sin fecha) y la fecha del justificante de pago bancario o la fecha de cargo en cuenta bancaria del reenvio del recibo con el recargo, entonces que fecha pongo? o se puede poner la fecha del recibo que se ha devueto (por ejembre recibo mayo 2015 y la comision correspondiente).
Muchas gracias, un saludo.
Hola Alexa
Esta tarjeta la tenemos incluida en el listado de productos usuarios, aunque eso no significa que todas lo sean, puesto que es posible que según el año de emisión varíe la TAE. Por lo tanto, lo primero que tienes que hacer es comprobar la TAE (el CER vale también, ya que suele ser casi idéntico a la TAE). Ya sabes que si quieres nos puedes remitir escaneado el contrato y algún extracto para que la comprobemos nosotras.
Si resulta que la TAE es usuaria, al igual que te aconsejamos en los casos de Carrefour y UNOE, debes reclamar la nulidad del contrato. Y si no fuese usuraria, entonces reclama las comisiones.
Esta es la dirección del SAC:
SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A.
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEL GRUPO SANTANDER
Titular: María Asunción Pardo Tapia
Domicilio: Calle Gran Vía de Hortaleza, 3, Edificio la Magdalena Planta Baja – 28033 – MADRID
Respecto a la fecha, puedes poner la del mes de cargo sin problema, y si hay algún mes en el que te hayan cargado más de una, sumas los importes.
Un saludo.
Buenas tardes,
tambien queria consultaros sobre una deuda de BBVA.
El caso es que tenia una tarjeta de UNOE que tras 3 recibos devueltos pasaron la deuda con ESCO, con ESCO llegamos a un acuerdo de pago mensual y tras 7-8 meses por pagar todos los meses UNOE nos cancelaron la deuda de la tarjeta haciendo un prestamo de refinanciacion, que estamos pagando actualmente. Hace como un año o algo mas UNOE paso a ser BBVA por lo que cambiaron la cuenta contrato del prestamo a un nuevo numero. Mi consulta seria si voy a reclamar las comisiones suponto que tendria que hacerlo en dos solicitudes una por la tarjeta y otra por el prestamo, pero:
1º a quien reclamo a UNOE o a BBVA.
2º no encuentro el SAC de UNOE solo uno de BBVA pero es un apartado de correos.
3º se puede enviar la carta certificada a un apartado de correos?
Muchas gracias, un saludos.
Hola Alexa
En este caso habría que saber la TAE de la tarjeta, y en caso de ser usuraria (es casi seguro que lo será siendo de UNOE), reclamar la nulidad del contrato, que es lo mismo que te aconsejamos para el caso de Carrefour. Respecto al préstamo concedido para anular la deuda de la tarjeta, comprueba antes también la TAE por si acaso se puede pedir también la nulidad del contrato, aunque suponemos que no tendrá un interés (TAE) superior al 18 %, en ese caso reclama las comisiones con la carta para un préstamo.
Te dejamos la dirección del SAC para el envío de las cartas, recuerda que cada reclamación se tiene que realizar de forma independiente al resto, es decir, una carta por cada asunto:
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEL GRUPO BBVA
Titular: Alvaro Calleja Crespo
Domicilio: Apartado de correos, 1598 – 28080 – MADRID
No te preocupes porque sea un Apartado de Correos, puedes enviar la carta certificada con acuse de recibo sin problema, aunque la otra opción es que intentes que te sellen una copia en una sucursal, ya que tiene obligación de hacerlo, otra cosa es que quieran.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier otra duda. Si prefieres que te llamemos nos tienes que enviar un nº de contacto (preferiblemente móvil), indicando una franja horaria en la que podemos llamarte (procura que sea lo más amplia posible).
Un saludo.
Buenas tardes,
en relacion al comentario que haceis:
«Te recordamos que este modelo de carta NO es apto para la reclamación de las comisiones denominadas como “penalización por mora” o similares, ya que para reclamar estas comisiones se necesita un modelo de carta especifico, debido a que las normativas que las regulan, las sentencias judiciales existentes y los argumentos legales, son muy distintos a los que usamos para el resto de comisiones»
queria saber si teneis ese modelo de carta para reclamacion de penalizacion por mora ya que tengo una tarjeta visa pass del carrefour y en el año 2013 me cobraron varias penalizaciones por mora de 24€ cada una, posteriormente en el año 2015 en adelante tengo tambien pero ya son de 30€ y el concepto ya seria comision por reclamacion. Entonces como lo haria separado en dos? y la parte de la penalizaciones por mora teneis alguna carta tipo o lo hariais vosotras?
En cuanto a la fecha de las comisiones a reclamar habria que poner la fecha en la que registran por primera vez la comision o la fecha en la que vuelve a aparecer el dia que se paga?
Muchas gracias. Un saludo.
Hola Alexa
Al tratarse de una tarjeta de Carrefour (TAE del 21,99 %) nuestro consejo es que te olvides de reclamar las comisiones y reclames la nulidad del contrato, puesto que con ello no sólo vas a conseguir que te devuelvan dichas comisiones, sino que también te tendrán que devolver todos los intereses y cuotas de seguro de protección de pagos (si lo has tenido) cobrados durante la vida de la tarjeta, es decir, que sólo vas a tener que devolver el dinero que realmente te han prestado durante la vigencia del producto.
Lo mejor es que antes de hacer nada, leas atenta y completamente la información de nuestro artículo (incluido el FAQ) Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving”, y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Desde Economía Zero llevamos tu caso de principio a fin. Por la vía extrajudicial no tienes que abonar nada, de hecho ya ves que las cartas están disponibles para que las descarguéis totalmente gratis, aunque si lo prefieres, podemos enviártelas ya cubiertas. Y nos puedes consultar las direcciones de los SAC que no encuentres, o cualquier duda que tengas, y te contestaremos sin coste alguno.
Si quieres que seamos nosotras las que te confeccionemos las cartas, necesitamos los siguientes datos:
Nombre y apellidos del titular
Dirección completa
Nº de DNI
Nº de contacto (preferiblemente móvil)
Nº de la tarjeta o del contrato del préstamo
Nombre de la entidad
Si se trata de más de un caso, es imprescindible que ordenes la información de forma que podamos distinguir cada uno de ellos con facilidad.
También vamos a llevar el seguimiento de tus casos y revisar la documentación que te envíen las entidades, para decirte si los casos son viables o calcular la cuantía que te tienen que devolver (siempre que la documentación reúna las condiciones necesarias para que podamos hacerlo), todo ello también sin coste alguno.
Una vez agotada la vía extrajudicial, sólo te cobraremos 60 € de tarifa única por cada caso/demanda que se derive a uno de nuestros abogados expertos en productos revolving, aunque si finalmente el abogado decidiese que el caso no es viable, te devolveríamos los 60 €. Los abogados cobran las costas judiciales (que paga el banco al perder la demanda), para que todo el dinero recuperado sea para vosotros. Es decir, que no solamente las condiciones que os ofrecemos son inmejorables, sino que además, tenéis la garantía de estar representados por abogados realmente especializados en la materia.
No obstante, tienes todas las condiciones en este artículo: Presentar demanda en el Juzgado para la anulación de contratos de tarjetas y préstamos revolving.
Recuerda que desde Economía Zero queremos llevar un seguimiento personalizado de cada una de vuestras reclamaciones de productos revolving, por lo que si vas a confeccionar tu mismo las cartas, sólo tienes que seguir una de las dos opciones que aparecen en el apartado “SEGUIMIENTO PERSONALIZADO DE LAS RECLAMACIONES”. Si somos nosotras las que te preparamos las cartas no hace falta que hagas nada al respecto, puesto que ya abriremos el correspondiente expediente y estaremos pendientes del seguimiento.
También te recomendamos que visites nuestra sección dedicada a las sentencias de productos revolving (que se encuentra dentro DE ESTE ENLACE), y de este modo comprobar la efectividad de las demandas contra este tipo de productos usurarios.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier otra duda. Si prefieres que te llamemos nos tienes que enviar un nº de contacto (preferiblemente móvil), indicando una franja horaria en la que podemos llamarte (procura que sea lo más amplia posible).
Un saludo.
Hola, tengo que reclamar unas comisiones que me han cobrado por impago en tarjeta de credito en Banco Popular, ahora no se si lo tengo que mandar al SAC del Banco Popular o al SAC del Banco Santander.
Espero me aconsejeis, saludos
Marisa
Hola Marisa
Por lo que nos comentas, entendemos que has aplazado pagos con esa tarjeta, y que ésta es revolving (es muy probable que lo sea), así que lo mejor es que antes de reclamar las comisiones leas la información de nuestro artículo (incluido el FAQ) Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving”, y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Respecto a lo que nos comentas del SAC, decirte que de momento en el Banco de España aparece el SAC del Banco Popular, por lo que no hay razón para pensar, por ahora, que haya que dirigirse al del Santander, suponemos que debido a la premura del asunto de la «compra» aun no han tenido tiempo a organizar este tema del SAC.
Un saludo.
Buenas tares, agradecer vuestro trabajo desinteresado informandonos de las irregularidades que comenten las entidades y bancos ayudandonos a que nos devuelvan lo que nos han cobrado indebidamente.
mi pregunta es si se puede reclamar las comisiones que cobran en tarjeta pass carrefour cada vez que hay un atraso en los pagos. en concepto de «comision reclamacion impagago por importe de 30 euros
Si se puede reclamar calculando los intereses pues va en la cuota junto con capital e intereses (no amirnoparndo la deuda)o sólo los apuntes de 30 euros, gracias un saludo
Hola Maria
Por supuesto que puedes reclamar todas esas comisiones de 30 € por «comisión reclamación impago» utilizando nuestra info 😉 .
Respecto a que incluyas los intereses a tu favor, tenemos que decirte que hemos retirado la info destinada a reclamar los intereses desde la fecha en la que nos cobraron las comisiones hasta el momento de la presentación de la reclamación, esto no quiere decir que no se puedan reclamar los intereses, pero solo se puede en el caso de tener que acudir ante el juzgado y reclamando los correspondientes al tiempo que transcurra desde que interponemos la demanda hasta la sentencia.
No obstante, al comienzo de este post tienes una explicación más detallada de por qué eliminamos las tablas excel: Tablas para el cálculo de los intereses a reclamar junto con las comisiones.
Si una vez tengas los movimientos en tu poder, prefieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables, detectar posibles retrocesiones y apuntes que necesiten ser aclarados, y confeccionar la carta de reclamación de las comisiones, visita nuestra sección de Gestiones personalizadas y ponte en contacto con nosotras escribiendo al correo gestion@economiazero.com adjuntando, además de los movimientos, este formulario cubierto con todos tus datos y los de la entidad.
Recuerda que después de que nos envíes los movimientos, los estudiaremos y te enviaremos el presupuesto (sin compromiso), y una vez lo apruebes y lo abones, en pocos días te enviaremos toda la documentación necesaria (instrucciones incluidas) para que puedas presentar la reclamación de las comisiones.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas sobre este caso en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos. También es muy importante que pongáis siempre la misma dirección de e-mail para comentar.
Hola, me podríais indicar si este modelo de carta sirve igualmente cuando han cobrado una comisión de mantenimiento de tarjeta bancaria, siendo que en el contrato pone sin comisiones y siendo que no me han comunicado el cambio de la comisión? ¿que yo no he aceptado al no haber sido comunicado?
Muchas gracias.
Hola Emilio
No, las cartas tienen que ser utilizadas únicamente para el tipo de reclamación que han sido confeccionadas, y de momento no tenemos ninguna para el asunto que nos comentas.
Aunque puedes preparar y enviar tu mismo la carta de reclamación al SAC, ya que como son muchas las solicitudes que recibimos similares a la tuya, hace meses que tomamos la decisión de no redactaros las cartas, no porque no queramos, sino debido a que nos resta tiempo para poder ayudar a otros usuarios en casos que si entran en nuestras especialidades y para poder también trabajar en nuevos tipos de reclamaciones, no obstante, a continuación te damos unas instrucciones para su redacción.
– Para saber cómo hacer el encabezado y el pie de la carta puedes orientarte en cualquiera de nuestros modelos de carta.
– No te olvides de dejar claro que reclamas ante el SAC (no solicites ni pidas, reclama) porque has acudido previamente y en varias ocasiones a la sucursal, y no te han hecho el menor caso.
– Explica lo mejor que puedas tu caso, con fechas, cantidades, etc., aunque en tu caso debes exponer que en el contrato de la tarjeta que consta en tu poder, figura expresamente la condición de que dicha tarjeta no tendrá ninguna comisión, incluida la cuota anual, por lo que reclamas la inmediata devolución de todas las cuotas cobradas (les pones una relación de dichas cuotas, con la fecha y el importe, tal y como hacemos para las comisiones por descubierto).
– A final de la carta pones este párrafo:
Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 2 meses, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.
– Las formas de hacer llegar la carta al SAC de tu entidad de forma fehaciente (por si necesitas reclamar al Banco de España, o pueda ser necesaria durante el procedimiento de reclamación), son las mismas que en el resto de envíos al SAC, es decir:
– En una sucursal de tu entidad, siempre que accedan a sellarte una copia de la carta (llévala por duplicado para tener una copia sellada en tu poder).
– Por carta certificada con acuse de recibo. Es MUY IMPORTANTE que conserves la tarjeta rosa que nos remite Correos confirmando la entrega, ya que si el SAC no te contesta será la forma que tendrás para demostrar que, efectivamente, se ha realizado el envío y recepción.
Un saludo.
Hola necesitó urgente vuestra ayuda…..hace unos meses compre una casa y la hipoteca fue con kutxabank …mi primera sorpresa fue media hora antes de la firma ante notario.el director dijo q había un error de cálculo q faltaban 2500 euros.
Ante mi negativa de no firmar. me metió la solución de una tarjeta temporal y q me la kitase cuando pudiese..a los 4 meses ingrese 2000 euros para irla mirando..el uniko cajero no funciona las libretas…y se desactiva continuamente..al comprobar on línea…descubro q la deuda sigue…al ir al banko descubro q todas las compras cotidianas comida gasolina etc.van directamente al tarjeta de crédito en vez de ir al débito de la cuenta. alreves de cualquier tarjeta…así.
Siempre debes 2500 y cuando yegas es cuando se descuenta de la cuenta normal.me Diego engañado y como puedo declaró los intereses comisiones y arreglar esta situación…gracias un saludo
Hola Manuel
Ante todo te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero los meses de verano somos la mitad de personal y el volumen de consultas y trabajo no desciende 😉 .
Aunque el asunto que nos comentas no entra en nuestras especialidades, sí conocemos bastante bien el funcionamiento de muchos tipos de tarjetas, y lo que no entendemos muy bien es el tipo de producto que nos comentas, ya que lo habitual es que mientras mantengas un solo euro de deuda en la tarjeta, cualquier pago o cargo que hagas en ella se sumará a dicha deuda, es decir, que no puedes seleccionar que operaciones quieres que te sean cargadas en la cuenta el mismo mes que las has realizado.
Pero lo que nos comentas es que si llegas al límite de la tarjeta los cargos que sobrepasen dicho límite se te adeudan en la cuenta asociada, entendemos que sin intereses, por lo que tiene toda la pinta de que esa tarjeta funciona como una especie de línea de crédito.
Nuestro consejo es que mires el contrato y compruebes si lo que hace la entidad figura en el condicionado, si así fuese, la única solución sería que cancelases la tarjeta lo antes posible y hasta entonces no la utilices más, ya que no podrás cancelarla mientras tengas deuda en ella.
En el caso de que compruebes que no se cumple lo pactado en el contrato, tendrías que acudir ante el SAC, aunque si llega el caso mejor nos dejas una consulta y te decimos como reclamar.
Ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible.
Un saludo.
PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas sobre este caso en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos.
Buenas tardes.
Tengo ya rellenadas las cartas para enviar al SAC, la pregunta es, tengo que enviar también la copia de contrato?
Gracias
Hola Javier
No necesitas adjuntar el contrato junto con tu reclamación al SAC, aunque si no lo tienes no estaría de más que lo solicitases mediante la carta correspondiente de las que hay en nuestro post Modelos de carta para solicitar al SAC nuestro contrato, ya que te puede hacer falta más adelante, además de que es un documento que siempre deberíamos conservar.
Recuerda que ante cualquier duda solo tienes que dejar una consulta y te contestaremos lo antes posible, aunque durante estas primeras semanas, tras la actualización de contenidos, es muy probable que tardemos unos cuantos días más de lo previsto en contestar, debido a que hemos acumulado más de 800 consultas que tendremos que ir gestionando junto con las nuevas que vayáis dejando.
Un saludo.
PD: Por favor, es MUY IMPORTANTE que continúes las futuras consultas sobre este caso en este mismo hilo de conversación en vez de abrir uno nuevo, así nos evitas tener que buscar tus anteriores comentarios entre tantos como tenemos, además de que es mucho más fácil para poder seguir los casos, lo mismo para nosotras, que para ti y las demás lectoras. Para no perder este hilo de conversación lo mejor es que conserves los e-mails que te enviamos avisándote de que te hemos contestado, ya que en ellos tienes los enlaces directos. También es muy importante que pongáis siempre la misma dirección de e-mail para comentar.