Antonio Moreno

 UN REPORTAJE IMPRESCINDIBLE

 Antonio Moreno Alfaro

Tras analizar decenas de documentos y mantener varias conversaciones con Antonio Moreno Alfaro (colegiado número 598 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental, quien regenta la página Estafaluz), Yolanda Rosado, redactora de la revista del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cádiz, publicó en el número de enero de 2013 de dicha revista un reportaje que resume, con claridad y concisión, las tres ilegalidades que Antonio viene denunciando infructuosamente desde 1994:

La imposición de restricciones a la libre competencia en el mercado nacional de contadores de la luz.

El cobro por un servicio inexistente. La cantidad cobrada por las compañías eléctricas por dicho servicio supera ya los 10.000 millones de euros y se incrementa cada día en 600.000 euros.

La estafa en los precios de alquiler de los contadores de la luz. La cantidad estafada supera ya los 5.000 millones de euros y se incrementa cada día en 350.000 euros.

La importancia del reportaje, el cual incluye el cálculo matemático elemental que demuestra la comisión de la citada estafa, reside en que está avalado por un Colegio Oficial técnico.

Con objeto de facilitarle la comprobación inmediata de la veracidad de las afirmaciones hechas en el reportaje, ha incluido el enlace a cada documento citado en el mismo. Para acceder a un documento, basta con que pulses sobre el enlace.

La pregunta es: Con las pruebas documentales citadas en el reportaje (accesibles todas ellas a través de los correspondientes enlaces), ¿cómo es posible que las tres ilegalidades sigan siendo cometidas con total impunidad y quien las ha denunciado haya sido condenado a costas «por manifiesta temeridad, al interponer una querella sin fundamento fáctico ni jurídico, y manifiesto desprecio hacia nuestras instituciones democráticas«? (las costas fueron valoradas en 372.435,40 euros por Miguel Bajo Fernández, abogado de Unesa, patronal de las grandes compañías eléctricas).

La Fiscalía General del Estado, la Audiencia Nacional, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tienen la respuesta.

IRREGULARIDAD Nº1: IMPOSICIÓN DE RESTRICCIONES A LA LIBRE COMPETENCIA EN EL MERCADO NACIONAL DE CONTADORES DE LA LUZ

La imposición de restricciones es aplicada por el grupo Contact, formado por uno o dos directivos de cada fabricante de contadores de la luz establecido en España. Las restricciones son tanto horizontales (restricciones entre fabricantes) como vercales (restricciones de los fabricantes a los distribuidores). Las restricciones entre fabricantes tienen por finalidad el reparto consensuado del mercado, y las restricciones vercales, la imposición de unos precios de venta al público que hagan antieconómica la opción de compra y obliguen al usuario a alquilar el contador a la compañía.

En el Acta del consejo de administración de 19/02/1988 de RIESA, consta el siguiente párrafo:

“El presidente informa también sobre la entrevista mantenida con el representante de Metrega, que lamenta, trasladando el sentir de los demás fabricantes, nuestra penetración en el mercado por encima de las posibilidades que ellos consideran deberíamos tener, y nos aconsejan que en lo posible reduzcamos tan elevada participación en los suministros elevando en lo posible los precios, que ellos consideran muy por debajo de la competencia».

En su informe de 20/09/2001, la Comisión Nacional de Energía concluye que: “Aunque la regulación ha permitido históricamente que los consumidores adquiriesen en propiedad los diferentes equipos de medida y control, la realidad demuestra que la inmensa mayoría de ellos lo son en régimen de alquiler a las empresas distribuidoras.

La principal razón no es otra que los precios de venta a los que los consumidores pueden optar son sensiblemente superiores a los de las empresas distribuidoras. Se observa que los mecanismos de fijación de precios en el mercado de contadores pudieran ser discriminatorios para los diferentes tipos de compradores, lo cual corresponde legalmente examinar a los órganos competentes en materia de competencia».

IRREGULARIDAD Nº2: COBRO POR UN SERVICIO INEXISTENTE

La única y exclusiva finalidad por la cual las compañías eléctricas están autorizadas a cobrar a sus clientes una candad mensual por el alquiler de sus contadores es que dichas compañías efectúen la “adecuada renovación y actualización” de sus parques. Para conseguir la “adecuada renovación y actualización” de un parque de contadores es preciso someter éstos a una verificación periódica, cuyo protocolo y plazos son definidos por el Gobierno, mediante una Orden ministerial, que establece el control metrológico del Estado sobre dichos contadores.

El control metrológico de los contadores de energía eléctrica fue declarado obligatorio por la Ley 3/1985, de Metrología. En mayo de 1988, el Centro Español de Metrología alertó de que dicho control “es urgente y prioritario”, y en septiembre de 2001, la Comisión Nacional de Energía informó al Gobierno de que “es imprescindible que se proceda de manera urgente” a establecer el citado control. El 21/03/2006, la diputada de IU pregunta al Gobierno: ¿Cuándo tiene previsto el Gobierno publicar en el BOE la normativa oficial sobre verificación periódica de contadores?

El 24/07/2006, el Gobierno responde: «El Gobierno es consciente de elaborar una reglamentación que elimine el vacío legal actual y garance los derechos de los agentes-consumidores y suministradores implicados. (…) se estima que la Orden Ministerial requerirá aún al menos un año más para su publicación«. A día de hoy, casi 28 años después de la entrada en vigor de la Ley 3/1985, de 13 de marzo, de Metrología, y más de 6 años después de la respuesta del Gobierno a la Diputada Isaura Navarro, la Orden ministerial sobre verificación periódica de contadores sigue sin ser publicada en el BOE.

La consecuencia es que, de los 25,8 millones de contadores que componen el parque nacional de contadores electromecánicos, 22 millones carecen de fiabilidad en la medida, pues llevan en servicio más de diez años, y 10 millones han superado su vida útil (30 años). Ya en noviembre de 2001 el 80% de los contadores marcaba de más, según un informe de la OCU.

Debido a ello, las compañías eléctricas no han efectuado (ni efectuarán) nunca una verificación periódica del parque nacional de contadores electromecánicos, pues al no haber establecido el Gobierno el control metrológico del Estado sobre dichos contadores, no existe ninguna norma que defina en qué consiste tal verificación, por la cual los usuarios llevamos pagados más de 10.000 millones de euros, que se incrementan cada día en 600.000 euros.

IRREGULARIDAD Nº3: ESTAFA EN LOS PRECIOS DE ALQUILER DE LOS CONTADORES DE LA LUZ

Conforme a lo establecido en la condición general 16 de la póliza de abono, aprobada mediante el Real Decreto 1725/1984, el precio mensual máximo de alquiler de un contador de la luz es el 1,25% de su precio medio de mercado, siendo éste el precio medio al que los fabricantes venden el contador a las compañías eléctricas.

El Organismo responsable del cálculo de los precios máximos de alquiler de los contadores de la luz es la Dirección General de la Energía, dependiente del Ministerio de Industria. La estafa afecta a 23 millones de usuarios, lleva reportados a las compañías eléctricas al menos la mitad de los más de 10.000 millones de euros cobrados por el servicio inexistente de verificar periódicamente los contadores y se incrementa cada día en 350.000 euros.

– Planificada en 1984 por el PSOE y perfeccionada en 2001 por el PP, la estafa ha tenido, por ahora, tres etapas:

Primera etapa: de 1984 a 1987

Los fabricantes de contadores, en connivencia con las compañías eléctricas y el PSOE, facilitan al Gobierno datos falsos, con objeto de que los precios máximos de alquiler publicados en el BOE sean muy superiores a los que resultarían si los datos hubieran sido los correctos.

Segunda etapa: de 1987 a 2001

A pesar de que el BOE afirma que el precio máximo de alquiler de los contadores ha sido calculado conforme a lo establecido en la condición general 16 de la póliza de abono aprobada mediante el Real Decreto 1725/1984 (es decir, aplicando el 1,25% mensual al precio medio de mercado de cada tipo de contador), los precios que figuran en el BOE han sido calculados aplicando a los precios de alquiler de los contadores el mismo porcentaje de actualización que a la tarifa eléctrica (precio del kWh).

La decisión (ilegal) del Gobierno de hacer depender de la tarifa eléctrica el precio de alquiler de los contadores provoca que dicho precio sea siempre muy superior al que resultaría de haberlo hecho depender del precio medio de mercado del contador, ya que la evolución de la tarifa eléctrica es, salvo contadísimas excepciones, creciente (el precio del kWh es cada vez mayor), mientras que la evolución del precio medio de mercado es decreciente (dicho precio es cada vez menor).

Tercera etapa: de 2002 hasta hoy

El precio máximo de alquiler de los contadores permanece constante.

“Debido a la falta de verificación periódica, 22 millones de contadores electromecánicos carecen de fiabilidad en la medida y 10 millones permanecen instalados a pesar de haber superado su vida útil (30 años). Ya en 2001, el 80% de los contadores marcaba de más, según un informe de la OCU”

Un cálculo elemental y cuatro documentos dejan al descubierto la estafa

El “Informe de 18/12/1984 de la Dirección General de la Energía sobre propuesta de Orden Ministerial por la que se revisan los alquileres de los equipos de medida de energía eléctrica” es un documento fundamental, por ser el único en el que constan los cálculos efectuados para determinar los precios máximos de alquiler de los contadores.

Dicho informe confirma lo siguiente:

– El precio máximo de alquiler de un contador es el 1,25% de su precio medio de mercado, según establece la condición general 16 de la póliza de abono aprobada mediante el Real Decreto 1725/1984.
– El precio medio de mercado es el precio medio de venta a las compañías eléctricas.
– Con el precio máximo de alquiler, “las empresas deben cubrir el coste del equipo y los gastos de mantenimiento y reposición del mismo”.

Cada uno de los cuatro documentos indicados a continuación basta, por sí solo, para demostrar que no es cierto que los precios de alquiler publicados en el BOE hayan sido calculados aplicando el 1,25% al precio medio de mercado de cada tipo de contador. Así pues, el BOE está siendo utilizado desde 1984 para cometer una estafa en los precios de alquiler de los contadores de la luz.

1.- Escrito de 26/05/1996 de la Asociación nacional de bienes de equipo a la Dirección General de la Energía:

Este documento, requisado por inspectores de la Comisión Europea en mayo de 1998, incluye una tabla y un gráfico en los que la evolución de 1986 a 1997 del precio medio de mercado del contador monofásico de simple tarifa (el instalado en la casi totalidad de las viviendas) y del precio de alquiler de dicho contador están representados en valores relativos en % respecto al precio en 1986, con lo cual, los fabricantes evitan dar los valores absolutos del precio medio de mercado.

En la tabla y el gráfico, los valores del precio medio de mercado y del precio de alquiler son claramente divergentes, lo cual demuestra que el precio de alquiler no ha sido calculado aplicando el 1,25% al precio medio de mercado, pues en ese caso ambos valores serían coincidentes, como demuestran los cálculos detallados a continuación. Supongamos que los precios medios de mercado (PMM) y los precios de alquiler (PA) hubieran sido los siguientes (para simplificar, los cálculos son sólo los relativos a los precios de 1986, 1987 y 1988):

PA= (1,25/100) x PMM= k x PMM

PMM1986= P1 PA1986= k x P1
PMM1987= P2 PA1987= k x P2
PMM1988= P3 PA1988= k x P3

Los valores relativos en % respecto a los precios de 1986 son los siguientes:

PMM1986= 100 x P1/P1= 100
PMM1987= 100 x P2/P1
PMM1988= 100 x P3/P1

PA1986= 100 x k x P1/(k x P1)= 100
PA1987= 100 x k x P2/(k x P1)= 100 x P2/P1
PA1988= 100 x k x P3/(k x P1)= 100 x P3/P1

Así pues, al representar en valores relativos, el precio medio de mercado y el precio de alquiler coinciden. Por tanto, dado que en la tabla y el gráfico que se muestra a continuación el precio medio de mercado y el precio de alquiler no coinciden, ello implica que el precio de alquiler no ha sido calculado aplicando el 1,25% al precio medio de mercado. La cantidad estafada entre los años 1986 y 1997 es la superficie comprendida entre la curva del precio medio de mercado y la curva del precio de alquiler.

EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE CONTADORES ELÉCTRICOS Y OTROS ÍNDICES RELACIONADOS

EVOLUCIÓN DEL MERCADO DE CONTADORES ELÉCTRICOS Y OTROS ÍNDICES RELACIONADOS

CURVA I: Precio del kilowatio x hora (tarifa eléctrica).
CURVA II: Precio del alquiler del contador monofásico de simple tarifa, que es el instalado en la práctica totalidad de las viviendas.
CURVA III: Precio medio de mercado del contador monofásico de simple tarifa. Desde 1990, el precio medio de mercado no ha dejado de descender.

2.- Informe de 20.09.2011 de la Comisión Nacional de Energía:

En este informe, la CNE reconoce que los precios de alquiler no han sido calculados aplicando el 1,25% al precio medio de mercado de cada po de contador, sino en función de la tarifa eléctrica (precio del kWh): «De hecho, tal y como se recoge en la información facilitada por el denunciante D. Antonio Moreno, desde 1987 la evolución seguida por los precios máximos de alquiler de los equipos de medida y control ha sido idéntica a la experimentada por las tarifas eléctricas».

3.- Escrito de 9 de marzo de 2007 del Gobierno al Congreso, en respuesta a una pregunta de la diputada de IU Isaura Navarro Casillas:

En el escrito, el Gobierno reconoce que los precios de alquiler no han sido calculados aplicando el 1,25% al precio medio de mercado de cada po de contador, sino en función de la tarifa eléctrica (precio del kWh): “En los años 1984 a 2001, se revisan los precios de alquiler en la misma cuana que la tarifa eléctrica , y a partir de 2002 no se modifican».

4.- Declaración de 29 de mayo de 2002 de Félix Rivas Perales ante el Juzgado Central de Instrucción nº 4 (Audiencia Nacional):

En su declaración, Félix Rivas Perales, entonces presidente del Grupo de fabricantes de contadores y consejero delegado de Siemens Metering, afirma que la última vez que los fabricantes facilitaron datos al Ministerio de Industria fue el 23 de diciembre de 1986, lo cual hace imposible que los precios de alquiler publicados en el BOE a partir de 1987 hayan sido calculados aplicando el 1,25% al precio medio de mercado de cada tipo de contador.

El 23 de Noviembre de 1995, los fabricantes de contadores se reunieron con UNESA (patronal de las cinco grandes compañías eléctricas). Tras la reunión fue elaborado un documento, requisado en mayo de 1998 por inspectores de la Comisión Europea, en el cual el portavoz de los fabricantes de contadores, Gustavo Eisenberg, hace las siguientes afirmaciones ante Pedro Rivero Torre, entonces vicepresidente de UNESA:

“En 1984 se dictó una disposición por el Ministerio de Industria y Energía autorizando el cobro mensual al consumidor del 1.25% del precio del contador. Este factor se aplica sobre los precios de lista, cuando debería hacerse sobre los reales, los cuales son inferiores en un 50% o más. Si este asunto saliera a la luz pública, podría producirse un escándalo de imprevisibles consecuencias para todos. El Sr. Rivero conoce bien este problema»

Una lucha en solitario

En su página web, Estafaluz, Antonio Moreno expone los motivos de su lucha y aporta toda la documentación mencionada para demostrar la veracidad de sus acusaciones. Además, ha desarrollado una aplicación informática para ayudar a los usuarios afectados a reclamar su dinero a las compañías eléctricas, lo que ha provocado una demanda de Endesa:

“Endesa solicitó al Juzgado nº 86 de Primera Instancia de Madrid -nos cuenta Antonio- el cierre cautelar de mi página web y una indemnización de 50.000 euros, equivalentes a mi pensión de 4,4 años, por intromisión ilegal en el derecho al honor de esta Compañía. El cierre cautelar de mi página web ha sido denegado por el Juzgado, que ha impuesto a Endesa las costas”.

En esta lucha, en la que está completamente solo, Antonio dedica gran parte de su tiempo a investigar nuevas ilegalidades en la factura de la luz (hasta ahora lleva detectadas y documentadas catorce), a denunciarlas ante los organismos competentes y, sobre todo, a poner a disposición de los afectados las aplicaciones informáticas que les permitan obtener impresos los escritos personalizados de reclamación de las cantidades facturadas en exceso y de la indemnización de 30,05 euros por cada uno de dichos escritos que no reciba respuesta en un plazo máximo de cinco días hábiles .

“Los escritos personalizados de reclamación, sin los cuales los afectados que carecen de conocimientos técnicos y legales tendrían dificultades para reclamar, son una realidad gracias a mi hijo Pablo, que es quien ha desarrollado las aplicaciones informáticas que permiten obtenerlos”.

Respecto a los medios de comunicación, Antonio nos comenta:

«Aparecer en ellos me da la oportunidad de informar a la opinión pública sobre las ilegalidades comedas por las compañías eléctricas, muchas de las cuales pasan
desapercibidas para la mayoría de los afectados. El problema es que tras la publicación de cada reportaje (Interviú, El País, Público) recibo cientos de correos de petición
de ayuda, a muchos de los cuales no respondo con la rapidez que quisiera, debido a la enorme carga de trabajo que me supone investigar y documentar dichas ilegalidades
y redactar y documentar las entregas de mi página web, que me exige una dedicación media de nueve horas diarias, la mayor parte, ante el ordenador”.

Por ello, no quiere dejar pasar la oportunidad de recordar a quienes le escriben:

“Desde aquí quiero pedir disculpas por la tardanza en muchas de mis respuestas. Espero que quienes me escriben comprendan que, salvo la ayuda que en los asuntos de informática me presta mi hijo, estoy completamente solo en mi lucha porque las compañías eléctricas respeten los legítimos derechos de sus clientes”.

Calificado por unos como un moderno Robin Hood y por otros como azote de las eléctricas, él simplemente se define así:

“Creo que la corrupción es la peor lacra de un país y hay que eliminarla a cualquier precio, pues es una cuestión de supervivencia. Creo que es posible una sociedad más justa. Creo que cada persona debe procurar dejar a las generaciones futuras un mundo mejor”.

Nota: El pasado 18 de Diciembre, el Juzgado de Primera Instancia nº 86 de Madrid ha emitido una sentencia en la cual se desestima en su totalidad la demanda de Endesa contra Antonio Moreno, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que defiende que el derecho al honor está limitado por las libertades de información y expresión.

Las páginas de esta publicación están abiertas a cualquier intervención que desearan realizar cualquiera de las partes implicadas.

_________________________________________________________

Antonio Moreno lleva muchos años luchando por denunciar estos hechos con un compromiso y con una valentía ejemplares, la consecuencia de su búsqueda de justicia le ha llevado a ser perseguido por las compañías eléctricas, las cuales tratan de silenciar su página web estafaluz.com.

Desde Economía Zero hemos decidido retomar el apoyo a su lucha (que es la de todos) y desde aquí os pedimos a todos que le enviéis mensajes de apoyo y que, sobre todo, difundáis al máximo sus denuncias.

Los documentación que prueba la pasividad que la Fiscalía española está ejerciendo en esta multimillonaria estafa es la siguiente:

1) A la FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO (09/04) . ASUNTO: El BOE y la firma del jefe del Estado están siendo utilizados para encubrir la estafa en los precios por alquiler de contadores que afecta de forma directa o indirecta a todos los abonados de empresas eléctricas.

2) A la FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN  (04/05). ASUNTO: La corrupción institucional impide investigar una estafa iniciada en 1984, cometida a través del BOE y que lleva reportados a las empresas eléctricas más de 2.400 millones de €.

3) A la Fiscalía del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA (11/03). ASUNTO: Consulta sobre la posible delictividad de un comportamiento empresarial.

4) A la FISCALÍA DE SEVILLA (02/06). ASUNTO: Corrupción en la Fiscalía española.

ESTA INFORMACIÓN NO VA A SER PUBLICADA EN NINGUNO DE LOS GRANDES MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

DEPENDE DE TODOS QUE ESPAÑA ENTERA SEPA CÓMO SE ESTÁN QUEDANDO CON NUESTRO DINERO.

!!!! DIFÚNDELO AL MÁXIMO !!!!

Haz una donación a Economía Zero

ENLACES RELACIONADOS:

– 

La multimillonaria ESTAFA de los contadores de la LUZ (2ª parte) – Como la Fiscalía no persigue a quienes están robando a TODOS los españoles

– Carta de Endesa a usuario canario y respuesta de éste SENCILLAMENTE… ¡¡¡GENIAL!!!

2 comentarios en «La gran estafa de la luz – “Los colegios deben amparar a los ingenieros para que puedan defender siempre la ética profesional”»
    1. Hola Cristian

      Nosotras solo estamos difundiendo la información, lo mejor es que te pongas en contacto con Antonio desde su web estafaluz.

      Un saludo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *