Este modelo de carta es solo si aún somos clientes de la entidad, aunque ya hayamos cerrado esa cuenta, es decir, que tengamos otra cuenta o cualquier otro producto financiero vigente con la entidad. Si la solicitud es a una entidad de la que ya NO eres cliente debes utilizar el modelo de carta adecuado; en este enlace tienes todos los modelos de carta.
NO debes utilizar este modelo de carta si lo que reclamas es el contrato de una cuenta, o tarjeta. Para ello, tienes que utilizar el modelo adecuado dentro de los disponibles “Para una tarjeta” o “Para una cuenta”, visita en este enlace todos los modelos de carta.
Todas las solicitudes del contrato se deben realizar de forma independiente, es decir, una por cada una de las cuentas/producto que tengas con la entidad.
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Al final de este artículo tienes el modelo de escrito para enviar al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de tu entidad, con el fin de solicitar el contrato firmado debidamente por ti.
A continuación te dejamos los ENLACES DE DESCARGA de la carta para solicitar el contrato de un préstamo – siendo cliente, uno en formato Word, para que lo puedas abrir con un editor de texto (Word, Open Office o similar), y otro en formato PDF.
Para conocer cuál es la dirección del Servicio de atención al cliente de tu entidad, puedes visitar este enlace del Banco de España (para encontrar la dirección SÓLO debes poner el nombre de la entidad en el campo “Nombre aprox. de la Entidad:” y pulsar en BUSCAR, sin rellenar ningún campo más del formulario), si aún así no logras encontrar la dirección, deja un comentario y te la decimos.
Las formas de hacer llegar la carta al SAC de tu entidad de forma fehaciente (por si necesitas reclamar al Banco de España), son las siguientes:
– En una sucursal de tu entidad, siempre que accedan a sellarte una copia de la carta (llévala por duplicado para tener una copia sellada en tu poder).
– Por carta certificada con acuse de recibo. Es MUY IMPORTANTE que conserves la tarjeta rosa que nos remite Correos confirmando la entrega, ya que si el SAC no te contesta será la forma que tendrás para demostrar que, efectivamente, se ha realizado el envío y recepción.
Recuerda que NO debes realizar la solicitud por e-mail o por teléfono, ya que esos métodos no te servirán como justificante ante el Banco de España en el caso de necesitar acudir a él.
Es importante que sepas que pueden cobrarte por solicitar el contrato, cada entidad tiene establecida una tarifa diferente por la entrega (las que tienen tarifa, que no son todas), por lo que resulta casi imposible saber cuánto cobra cada una de ellas. No obstante, esa tarifa debe ser de fácil accesibilidad, si la solicitas ver.
Recuerda que el SAC tiene 2 meses como máximo para contestarte, por lo que si no lo hace o es de forma desfavorable, debes acudir al Banco de España
(Si tienes dudas sobre cómo preparar correctamente la reclamación ante el BDE, es MUY IMPORTANTE que nos dejes una consulta para que te la redactemos, ya que de lo contrario corres el riesgo de que el BDE no te dé la razón).
Sólo debes darte por contestado/a si la respuesta del SAC te llega mediante carta certificada o Burofax; es decir, que si se te contesta por carta ordinaria y la respuesta no es favorable a tu solicitud, lo mejor es que dejemos pasar los 2 meses de rigor y acudamos al BDE para que medie.
Aquí tienes todas las instrucciones para RECLAMAR AL BANCO DE ESPAÑA POR LA SOLICITUD AL SAC DEL CONTRATO.
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¿Qué hacer si el SAC te dice que acudas a la sucursal a por el contrato?
Cuando vayas a la sucursal debes tener claro lo siguiente:
– No permitas que te den otra cosa distinta a la que solicitas, es decir, la copia del contrato debidamente firmado por ti.
– No debes acceder a pagar ni un céntimo más de la tarifa oficial -en el caso de que tu entidad tenga una tarifa, no todas la tienen- comunicada por la entidad al Banco de España, que debe estar a la vista del público o al menos ser de fácil accesibilidad.
– Lo más seguro es que te hagan firmar un recibo o documento donde ponga que te han entregado lo solicitado. Si no te dejan comprobar todo bien antes o no tienes tiempo porque es demasiada información, lo firmas y pones debajo de la firma la siguiente frase “Pendiente de revisar el contenido de lo entregado” (asegúrate de que queda legible en tu copia y en la que se queda la entidad). Conserva el justificante de entrega para poder aportar una copia en el caso de tener que acudir al BDE.
– Si te quieren cobrar de más, o no te dan la copia del contrato firmado por ti –o ésta no está bien legible–, deberemos reclamar al Banco de España para que medie.
– Cuando acudas a la sucursal no discutas ni te enfades, si te dicen que no saben nada, te intentan marear, o se produce cualquiera de los supuestos que te decimos en el anterior párrafo, te vas tranquilamente y reclamas al BDE.
(Si tienes dudas sobre cómo preparar correctamente la reclamación ante el BDE, es MUY IMPORTANTE que nos dejes una consulta para que te la redactemos, ya que de lo contrario corres el riesgo de que el BDE no te dé la razón).
COMENTARIOS Y CONSULTAS
Recuerda que puedes dejar una consulta utilizando el formulario para comentarios que se encuentra abajo del todo de los artículos, aunque si es tu primera consulta es mejor que nos envíes un e-mail a contacto@economiazero.com para evitar que nuestra respuesta te llegue como correo no deseado y nunca la leas.
Si vas a realizar una consulta, debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, en ella te explicamos cómo funciona nuestro sistema de consultas y cómo redactarlas para evitar errores.
Gracias.
CARTA PARA SOLICITAR EL CONTRATO DE UN PRÉSTAMO – SIENDO CLIENTE
(Recuerda que debes sustituir todo el texto que está en ROJO por tus datos, o los de todos los titulares, y los de tu entidad)
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POBLACIÓN, DÍA, MES Y AÑO
NOMBRE DE LA ENTIDAD
Servicio de Atención al Cliente
DIRECCIÓN COMPLETA DEL SAC DE LA ENTIDAD
Estimados Sres.:
Me dirijo a ustedes como cliente de la entidad AQUÍ PONEMOS EL NOMBRE DE LA ENTIDAD y titular del préstamo AQUÍ PONEMOS EL NÚMERO DEL PRÉSTAMO, al objeto de reclamar copia del contrato del referido préstamo, debidamente firmado por mí.
Basándome para esta reclamación en la obligación de cumplimiento que tiene la entidad de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. (BOE del 29), actualmente en vigor, la cual establece lo siguiente en su Artículo 7. Información contractual.
- Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice el servicio recibido.
- Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite.
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No obstante, y en el caso de que debido a la fecha de la firma y celebración del documento contractual, éste se tuviese que regir por una normativa anterior a la citada Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. (BOE de 29), se deberá acudir a las siguientes normas:
1ª – La Orden de 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía y Hacienda. Tipos de Interés y Comisiones, Normas de Actuación, Información a Clientes y Publicidad de las Entidades de Crédito (BOE de 19), establece en su ordinal séptimo, apartado 1º, lo siguiente:
“Cuando lo solicite el cliente, las Entidades de crédito deberán hacerle entrega del correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice la operación, suscrito, además de por el cliente, por persona con poder para obligar a la Entidad.”
2ª – La Circular 8/1990, de 7 de septiembre, del Banco de España. Entidades de crédito. Transparencia de las operaciones y protección de la clientela (BOE del 20), de desarrollo de la anterior, establecía en su norma sexta “Entrega de documentos contractuales y de tarifas de comisiones y normas de valoración y ofertas vinculantes”, apartado 2, párrafo 1º:
“La entidad retendrá y conservará copia firmada por el cliente del documento contractual; se exceptúan de este requisito los depósitos instrumentados en libretas cuando éstas sean el documento contractual. También conservará el recibí del cliente a la copia del documento que le haya sido entregada. Cuando los contratos sean intervenidos por fedatario público, la entidad podrá enviar por correo el contrato intervenido; en estos casos, el recibí del cliente vendrá constituido por el correspondiente acuse de recibo del envío”
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Dejando claro que el documento contractual que solicito (contrato) debe ser perfectamente legible en su totalidad, es decir, no presentar cortes en los párrafos ni cualquier otro tipo de tara que impida la completa y correcta lectura de todo lo contenido en él, además de reflejar de forma legible y clara la correspondiente firma del titular o titulares. Por lo que les ruego se abstengan de enviarme fotocopias, escaneados o cualquier otro formato de copia en mal estado, o con alguna otra irregularidad que contradiga lo anteriormente expuesto.
Les recuerdo que el servicio de reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias pronunciamientos contra entidades por no facilitar tales duplicados, aún manteniéndose el cliente en situación de mora, en lo que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias y del principio de transparencia.
Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 2 meses, a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, en defensa de mis legítimos intereses.
Les comunico que dado mi limitado conocimiento de la normativa bancaria he acudido a la ayuda de una plataforma especializada en abusos bancarios, sin ánimo de lucro y de la cual me he hecho socio, con experiencia en este tipo de reclamaciones, y cuyos letrados me están asesorando.
Sin otro particular.
NOMBRE Y APELLIDOS
DIRECCION
POBLACION
Nº DNI
Firma de todos los titulares
SELLO DE LA ENTIDAD RECLAMADA
(Sólo si se presenta en la oficina, si no, eliminar)
TÉRMINOS Y CONDICIONES
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COPYRIGHT ©
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Buenas tardes.
Dejé de pagar por circunstancias el crédito para un coche, que me concedieron en una financiera del BBVA. Ahora me reclaman lógicamente la deuda, yo quiero pagarla pero es mucho más dinero del que pedí y no sé si los intereses que me cobran, son abusivos.
Agradecería mucho su ayuda, ya que no entiendo de estos temas. Muchas gracias
Hola Jordi
Aunque nos extraña que tratándose de un crédito el tipo de interés (TAE) sea usurario, puedes utilizar el estudio de viabilidad gratuito de nuestra nueva web.
No obstante, aunque el interés remuneratorio sea legal, también debes tener en cuenta el interés de demora, que seguro que te han aplicado durante todos los meses que hayas estado sin pagar, puesto que éste no puede superar en más de 3 puntos al interés remuneratorio. Por ejemplo, si el interés remuneratorio fuese del 9 %, el de demora no podría ser superior al 12 %.
También es muy posible que te hayan aplicado comisiones por descubierto, posiciones deudoras o similares, las cuales se pueden reclamar siempre. Tienes + INFO en este artículo: Cómo reclamar a los Bancos el cobro indebido de «comisiones por descubierto».
Recuerda que si estás entre los millones de afectados por muchas de las tarjetas de crédito y la mayoría de los préstamos rápidos, tipo VIVUS, Creditea, Prestamer, Moneyman y similares, te recomendamos que leas la información de nuestro artículo Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving” y que visites nuestro listado de entidades que aplican intereses de usura a sus productos.
Recibe un cordial saludo.
Hola buenos días: Fuimos cliente de Banesto y pedimos un crédito personal de 1.000.000 pesetas en aquel tiempo. Se estaba pagando las cuotas mensuales y por perdida de empleo, no pudimos seguir pagando dicha cuotas. Hubo un auto Judicial, con fecha del 2008 y embargos de nómina.
Se pagaban todos los meses en Banesto las cuotas establecida. En 1994, Banesto pasa ha formar parte del grupo del Santander y la deuda pasa al Banco Santander. Durante ese tiempo y por traslados hemos perdido el contrato de dicho préstamo y el número de la cuenta que en su día teníamos con Banesto, donde puedo pedir dicho contrato y el número de la cuenta?
Estamos pagando unos intereses desproporcionados, de 1.000.000 de pesetas del prestamos a 26.931 euros principal, más 8.079 euros en intereses y costas.
Muchas gracias por su tiempo. Saludos.
Hola Carlos
Si, como nos comentas, hay una sentencia firme (puesto que hubo decreto de embargo), sentimos decirte que ya no se puede hacer nada, puesto que se trataría de una «cosa juzgada».
Quedamos a tu disposición, recibe un cordial saludo.
Buenos dias,
Me podrian, por favor, facilitarme el SAC de Creditea y EvoFinance (Servicios Prescriptor y Medios de Pagos, S.A.U.)
Muchas gracias, un saludo.
Hola Ignacio
Respondemos a tu consulta:
– SAC Creditea
International Personal Finance Digital Spain, SAU
Avenida de la Albufera nº 153 – 4ª planta
28038 – Madrid
– SAC Servicios Prescriptor y Medios de Pagos
Calle José Echegaray, 6º A
28232 – Las Rozas (Madrid)
No obstante, te dejamos información de nuestros servicios por si prefieres que seamos nosotras quienes nos encarguemos de tus reclamaciones de principio a fin.
Antes de comenzar con las explicaciones, indicarte también que te adjuntamos un documento PDF que hemos confeccionado a modo de tutorial, donde podrás encontrar las instrucciones para poder descargar el “certificado de deuda” de Creditea, que nos será de mucha utilidad, por lo que te aconsejamos que antes de hacer nada, sigas estas instrucciones, te descargues dicho certificado y nos lo envíes por email.
Abordando ya las explicaciones sobre el proceso de reclamación contra Creditea, desde ECONOMÍA ZERO iniciamos un procedimiento en el que intentaremos alcanzar un acuerdo (ya sea extrajudicial o judicial) con el que podamos conseguir que os devuelvan todo el dinero que os han cobrado indebidamente y/o os anulen la deuda que no os corresponda, en un período de tiempo mucho más reducido (aproximadamente 1 mes, frente al mínimo de 9 meses que puede durar el proceso judicial completo).
En primer lugar, intentamos llegar a un acuerdo extrajudicial en los que nuestros usuarios consiguen de CREDITEA la devolución de las cantidades cobradas indebidamente (mediante el reintegro de las mismas o restándolas de la deuda pendiente, dependiendo de la situación de cada cliente).
Quizás con un ejemplo podamos visualizar mejor los resultados que conseguimos:
Si, por ejemplo, tú, en el momento en que se declarase la nulidad del crédito, te han prestado un total de 1.000 € y con la suma de tus pagos mensuales ya les has satisfecho 1.500 €, deberán devolverte la diferencia entre estas dos cantidades, es decir, 500 €, además de anular la deuda que la entidad dice que tienes con ellos (800 €), por lo que estarás consiguiendo un beneficio económico de 1.300 €.
Si por el contrario, en el momento en que se declarase la nulidad del crédito, te han prestado 1.000 € y con la suma de tus pagos mensuales ya les has satisfecho 500 €, deberás devolverles únicamente la diferencia entre estas dos cantidades, es decir, 500 €, ya que solo tendrás que devolverle a la entidad la cantidad que realmente te prestó.
El procedimiento extrajudicial que hemos establecido para estos casos de Creditea es el siguiente:
Os solicitamos los datos del/los titular/es del crédito. Una vez que nos habéis facilitado estos datos, os enviaremos por email dos documentos que debéis imprimir para que podáis firmarlos y devolvérnoslos escaneados por email. Son los documentos son aquellos con los que formalizaremos el encargo y podremos enviarle a Creditea la reclamación en vuestro nombre. Además también tendréis que enviarnos escaneada una fotocopia del DNI del titular, para adjuntarla con la carta que enviaremos a Creditea.
En cuanto recibamos la documentación por el/los titular/es y el DNI escaneado, realizaremos nosotros el envío certificado al Servicio de Atención al Cliente de Creditea (sin repercutiros por ello coste alguno) esperando recibir respuesta por parte de Creditea en nuestro despacho en un plazo aproximado de 2 a 4 semanas.
Las condiciones de este servicio, podrás comprobarlas en el documento de encargo, pero te las resumimos a continuación:
En el momento en que recibamos respuesta de Creditea, estudiaremos la propuesta que te quieran hacer para informarte de las cantidades que van a devolverte y compararlas con las cantidades que te tendrían que devolver si acudiésemos al Juzgado a solicitar la nulidad del contrato. Si ellos nos entregan todos los movimientos necesarios, realizaremos un cálculo detallado para que puedas comprobar si la propuesta que te hacen es o no satisfactoria de tus intereses.
Si como respuesta a la reclamación efectuada, se alcanzase un acuerdo en el que se consiguiese para ti el mismo beneficio económico que se conseguiría con una sentencia favorable, esto es, la devolución de todos los intereses y la anulación de toda la deuda, el acuerdo se aceptará y ECONOMÍA ZERO cobrará por el trabajo de reclamación extrajudicial y mediación el 15 % + IVA del beneficio económico que se obtenga (importe recuperado y/o la cuantía que se reduzca de la deuda).
Si como respuesta a la reclamación efectuada, se alcanzase un acuerdo en el que se consiguiese un beneficio económico inferior al que se conseguiría con una sentencia favorable, si decides aceptar el acuerdo, ECONOMÍA ZERO cobrará por el trabajo de reclamación extrajudicial y mediación el 15 % + IVA del beneficio económico que se obtenga (importe recuperado y/o la cuantía que se reduzca de la deuda).
Si una vez remitida la reclamación por el abogado no se llega a un acuerdo, o éste no es satisfactorio para tus intereses, no te cobraremos nada por el servicio de reclamación extrajudicial y mediación y continuaremos adelante con el proceso judicial (siempre que tú así lo decidas) con las mismas condiciones que para el resto de los casos, es decir, sin que tengáis que pagar ninguna cantidad a nuestros abogados, ya que su remuneración serán las costas judiciales del proceso (que pagará Creditea). Sólo tendréis que hacer frente al pago de la tarifa única de 60 € que tenemos establecida para las reclamaciones de nulidad de tarjetas y préstamos con intereses de usura.
El procedimiento judicial es el siguiente:
Con la documentación que habremos recopilado durante el proceso extrajudicial, uno de los Despachos de Abogados que colabora con nosotros, presentará una demanda contra Creditea para conseguir la nulidad del contrato y la consecuente devolución de todos los intereses y comisiones. Hasta la fecha, tras presentar la demanda, Creditea ofrece al abogado que te representa un acuerdo para que retire la demanda. Esta propuesta consiste en la devolución de todos los intereses y gastos que te han cobrado, además de la remuneración del abogado, por lo que la satisfacción para el cliente es total.
Somos conscientes de que es muchísima toda la información que te hemos dejado, por lo que te ofrecemos tratar la consulta por teléfono. Si nos dejas tu número podemos llamarte en la franja horaria que nos indiques. O si lo prefieres, puedes llamarnos tú al 987 025 011.
Finalmente, comentarte que los datos que necesitamos para elaborarte los documentos necesarios para formalizar tu reclamación son los siguientes:
· Nombre y apellidos del titular.
· Dirección completa.
· Nº de DNI y copia escaneada del mismo
· Nº de contacto (indícanos también una franja horaria en la estés disponible).
· Nº que identifique el producto (nº contrato/s; nº cliente, etc.).
Aprovechamos para recomendarte que visites nuestro listado de entidades y productos reclamables por usura, por si tuvieras otro préstamo o crédito con intereses abusivos que pudieras reclamar.
Comentarte por último que si tienes dudas sobre los resultados de nuestras gestiones, te recomendamos que visites nuestra Hucha de Reclamaciones y la sección dedicada a las SENTENCIAS.
Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración que precises. Recuerda que si prefieres que te llamemos nos tienes que enviar un número de contacto, indicando una franja horaria en la que podemos llamarte (procura que sea lo más amplia posible).
Cordiales saludos.