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Hucha de reclamaciones de EZ

Daniel González Navarro, abogado de EZ, publica una monografía sobre el procedimiento monitorio y la oposición del deudor por crédito usurario

Daniel González Navarro, abogado de EZ, publica una monografía sobre el procedimiento monitorio y la oposición del deudor por crédito usurario

El procedimiento o juicio monitorio, que acaba de cumplir veinte años de vigencia en el Ordenamiento Jurídico español, se presenta ante nosotros como el más joven de los procedimientos especiales de nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil y su aparición en la escena procesal española provocó un “terremoto jurisdiccional”, al convertirse en pocos meses en el proceso civil especial más utilizado ante nuestros tribunales, llegando a representar más de una tercera parte de toda la litigiosidad Civil.

Concebido por el Legislador como un proceso que pretendía facilitar a los pequeños y medianos empresarios el cobro de sus deudas y reducir la morosidad, tutelando de forma privilegiada el derecho de crédito, la esencia del monitorio ha sufrido una importante desvirtuación y todos hemos sido testigos de cómo ha pasado a convertirse en el mejor aliado de las grandes corporaciones financieras para el cobro de sus deudas impagadas.

El estudio que nos presenta Daniel González Navarro, abogado y licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de León, centra el foco en esa situación: cómo las entidades financieras utilizan este proceso especial altamente expeditivo para demandar a sus clientes que se encuentran en situación de impago. El rédito que obtienen con el uso de este procedimiento puede llegar a ser muy alto: la inactivad del deudor demandado provoca que la entidad financiera obtenga una resolución con la que podrán embargar al demandando y cobrar la cuantía total reclamada en la demanda.

En un libro que pretende “volver a poner el proceso monitorio al servicio de la justicia” el autor nos informa de cuáles son las opciones de oposición de que dispone el consumidor que ha sido demandado y al que se le reclama una deuda a través del proceso monitorio.

La monografía se puede dividir en dos partes muy diferenciadas. En la primera de ellas, el autor expone y desarrolla las características puramente técnicas y procesales del procedimiento monitorio. Tras una breve introducción en la que se pone en contexto la entrada en vigor del procedimiento Monitorio en el Ordenamiento Jurídico español, se estudia su controvertida naturaleza jurídica y se analiza la técnica utilizada por este proceso, que puede permitir al acreedor obtener un título ejecutable frente a su deudor cuando este permanece en la inactividad sin personarse en el procedimiento.

A continuación, se analiza el régimen legal de este procedimiento, deteniéndose en los momentos procesales más importantes de la vida del monitorio, detallando las tres opciones que tiene el requerido en el procedimiento: pagar, oponerse o no manifestarse. En el tercer capítulo, el autor escribe desde la mirada de un deudor-consumidor. Podremos meternos en la piel de quien ha sido demandado por una entidad crediticia y al que se le reclama una deuda que proviene de un contrato de préstamo o línea de crédito formalizado bajo condiciones generales de la contratación y, en muchas ocasiones, con una serie de estipulaciones que pueden ponerse en tela de juicio por el demandando en la oposición al Monitorio para conseguir reducir su deuda o incluso, alcanzar la nulidad radical del negocio jurídico del que nace dicha deuda y que le es reclamada a través de este proceso especial.

Aquí se narra “la vida en 20 días”, “la mirada del deudor”, el obligado viaje en que se ve inmerso el consumidor que tiene en sus manos una demanda de procedimiento monitorio accionada por una financiera con la que años atrás formalizó un contrato de préstamo o línea de crédito.

GONZÁLEZ NAVARRO desgrana aquí el camino en la oposición al pago que puede recorrer el deudor desde el momento en el que es demandando por una entidad de crédito que utiliza el cauce monitorio para reclamarle una (supuesta) deuda impagada. Un camino que estará marcado y dibujado por las condiciones bajo las que se contrató el producto financiero que ha originado la supuesta deuda reclamada al consumidor. Un camino que puede ser breve, si no existen defectos contractuales que nos permitan oponernos, o que puede llegar a ser muy largo si “la abusividad” es el denominador común de las estipulaciones del contrato del que proviene la cantidad reclamada. Llegado incluso a poder suponer la nulidad radical y absoluta del negocio jurídico, en aplicación de la Ley de 23 de julio de 1908, Ley de la Usura o Ley Azcárate.

“En la piel del deudor de un crédito usurario”, así titula el autor este viaje en busca del antídoto que permita al demandado defenderse de la demanda monitoria recibida. Esta particular defensa frente a la petición monitoria recibida, se divide fundamentalmente en dos vertientes. En la primera de ellas, bautizada por el autor como “una lucha por asaltos”, se articula la defensa que puede oponer el deudor requerido frente al carácter abusivo de las cláusulas de las que se compone el contrato de financiación objeto del proceso: comisiones por descubierto; intereses de demora; vencimiento anticipado; cláusulas penales, falta de transparencia en la clausula que impone el interés remuneratorio del préstamo, entre otras. La segunda, orbita en un único argumento y objetivo: la declaración de nulidad radical del contrato del que proviene la deuda reclamada por cumplirse los requisitos establecidos por la Ley de la Usura y desarrollados por el Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo en su Sentencia de 25 de noviembre de 2015, en la que hasta la fecha es la única resolución sobre la “usura moderna”.

En esta publicación, Daniel González Navarro, ha concentrado toda la experiencia del equipo de ECONOMÍA ZERO de años de trabajo dedicados a la defensa de la parte débil en la contratación bancaria: los consumidores, que han sido y siguen siendo objeto de innumerables abusos en la contratación con entidades financieras.

Este detallado estudio doctrinal, jurisprudencial y -por encima de todo- profesional, desarrollado desde la experiencia de un equipo que lleva trabajando al servicio de la parte débil de la contratación bancaria desde hace casi una década, puede ser un  instrumento de apoyo muy valioso para los profesionales del Derecho que se encuentren ante una demanda monitoria de estas características, pudiéndoles servir de gran ayuda para preparar una oposición fundamentada en la abusividad de las condiciones de la contratación, consiguiendo una importante reducción en la deuda que se le reclama a su cliente, o incluso, alcanzar la nulidad total del contrato por usura, con las consecuencias que se prevén para ella: anulación total de la deuda reclamada e incluso, reembolso para el demandado de las cantidades que hubiera devuelto a la financiera por encima del capital que le fue prestado.

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