Algunas entidades no utilizan conceptos claros para describir muchos de los cargos, y entre esos cargos de difícil identificación se encuentran los que realmente nos importan, que son las comisiones por descubierto, deuda vencida, posiciones deudoras, gastos de reclamación, etc.
En algunos casos podemos sospechar que un cargo sea una comisión “encubierta”, bien sin concepto o con uno que no describe realmente el cargo, y en otros estaremos casi seguras de que tiene que ser una comisión reclamable, pero en cualquiera de los dos casos, nunca debemos añadir una comisión a la lista de las que vamos a reclamar si no estamos totalmente seguras.
Algunos de los conceptos que podemos encontrarnos en los extractos son estos:
– Intereses y Comisión (No deben mezclar en un sólo cargo conceptos distintos, ya que los intereses deberían de cargarse de forma independiente, además de que el concepto “comisión” por sí solo no es aceptable).
– Comisión (Las comisiones no pueden aparecer como un cargo genérico que abarque cualquier tipo de comisión, sino que deben tener un concepto claro que permita saber a que corresponden).
– Recobro Deuda Vencimiento Préstamo (Este cargo significa que nos han vuelto a cargar el plazo de un préstamo, lo normal es que incluya también los intereses de demora correspondientes, pero a veces las entidades aprovechan este concepto para aplicarnos la correspondiente comisión por reclamación de deuda vencida, por lo que debemos de estar atentos).
– Recobro Deuda Tarjeta (Este cargo es similar al anterior, salvo que es en referencia a una tarjeta).
– Gastos, Otros gastos o Gastos varios (Estos conceptos, al igual que el de “comisión”, no pueden ser genéricos).
Estos son sólo unos ejemplos, por lo que ante cualquier duda debemos saber que tenemos todo el derecho a conocer a qué corresponde cualquier concepto que no entendamos.
Otro de los casos más comunes es el de encontrarnos con unos conceptos llamados “liquidaciones”, que según la entidad pueden aparecer como “liquidación de contrato”, “liquidación de cuenta”, “liquidación de intereses – comisiones – gastos” o conceptos similares; esas liquidaciones suelen contener todos o algunos de estos conceptos:
– Comisión de administración
– Comisión de mantenimiento
– Intereses de descubierto
– Intereses remuneratorios
– Comisión por descubierto
Por lo que es necesario obtener el desglose de estas liquidaciones para poder reclamar la parte que corresponda a comisiones de las que son reclamables.
¿Qué tengo que hacer para saber qué conceptos puedo reclamar?
Para saber qué conceptos podemos reclamar, podemos acudir a la sucursal y exigir que nos aclaren el origen de todos esos conceptos que no entendamos o nos parezcan sospechosos, y en el caso de las liquidaciones para que nos detallen el desglose correspondiente.
Para ello, debemos llevar cubierta la carta que os ofrecemos EN ESTE ARTÍCULO, con los apuntes que queramos que nos aclaren ordenados por fecha, normalmente en los movimientos aparecen dos columnas de fechas, lo habitual es que se llamen “fecha o fecha operación” y “fecha valor”, estas fechas pueden coincidir o no, por lo que debes apuntar el mismo tipo de fecha para todos los cargos, es decir, no debes poner la “fecha de operación” en unas comisiones y la “fecha valor” en otras.
También debemos poner el importe del cargo y la descripción que ha usado la entidad.
Cuando tengamos la carta cubierta con todos los apuntes de cargos que queremos que nos aclaren, podemos acudir a la sucursal, explicando a la persona que nos atienda que como la entidad no ha utilizado conceptos claros para describir los citados cargos, queremos que nos detallen con la máxima claridad cada uno de los apuntes; te dejamos unos ejemplos:
– Si son “liquidaciones” tienen que darte los importes y conceptos de cada uno de los cargos incluidos en ellas, es decir, el desglose detallado de la liquidación.
– En los apuntes tipo «comisión«, «gastos» y similares, tienen que aclararte qué clase de comisión o gasto son.
– En los cargos tipo «Recobro Deuda«, te tienen que decir si el importe pertenece realmente al recobro íntegro de un pago pendiente, si son intereses (recuerda que éstos no se pueden reclamar), si el total del cargo es una comisión o si sólo una parte del cargo pertenece a una comisión. También deben decirte qué clase de comisión es, ya que cuando realices la reclamación debes poner su concepto.
Recuerda que tienes todo el derecho a saber con total claridad a qué pertenece cada cargo, por lo que ante cualquier explicación que no te convenza tienes que insistir hasta que te quede todo bien claro.
Nuestro consejo es que cuando acudas a la sucursal vayas con una aptitud firme pero amistosa, dejándoles una copia de la carta con todos los apuntes sobre los que tengas dudas y dándoles un plazo de unos días para que puedan recabar toda la información.
En el caso de que en la sucursal no te hagan caso deberás enviar la carta de reclamación al SAC, siguiendo todas las instrucciones que te damos en el artículo que contiene dicha carta.
Otra opción es que envíes directamente la carta al SAC, en vez de acudir antes a la sucursal, ya que por desgracia las posibilidades de que te lo resuelvan en la sucursal son muy pocas, aunque no pasa nada por intentarlo.
Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, en ella te explicamos como funciona nuestro sistema de consultas y como redactarlas para evitar errores.
Gracias.
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Buenos dias, estoy mirando mi cuenta y pone refund. abo.. y un importe de 1500€ y debajo pone regund. cargos -1300€ que significa esto.
Gracias
Hola María
Sentimos decirte que no sabemos a qué conceptos se pueden referir esos apuntes, entiende que cada entidad utiliza denominaciones diferentes y que hay cientos de ellas. Por lo tanto, lo que tienes que hacer es lo que os indicamos en este mismo artículo desde el que nos estás consultando, es decir, enviar la carta reclamado la aclaración de dichos apuntes.
Un saludo.
Hola María,
Me ha pasado exactamente lo mismo con Liberbank. Podrías decirme si has conseguido averiguar a qué corresponden?
Gracias
Hola Alba
Sentimos comunicarte que los comentarios de nuestra web no funcionan como un foro, es decir, que sólo nosotras respondemos a vuestras consultas, además de que a los usuarios que han dejado la suya (en este caso María) no les llega ninguna notificación cuando alguien interactúa en su consulta, por lo que es imposible que te responda.
Respecto a lo que preguntas, te indicamos lo mismo que le dijimos a María: cada entidad utiliza conceptos diferentes para describir las comisiones que aplica, la mayoría son los habituales y los conocemos de sobra, pero de vez en cuando utilizan denominaciones que es imposible saber con exactitud a qué tipo de cargo o abono se refieren.
Por lo tanto, te recomendamos que si has acudido a la sucursal y no te han aclarado a qué pertenecen dichos cargos (es lo primero que debes hacer), remitas al SAC de la entidad la carta de aclaración de dichos apuntes.
Esta es la dirección actual del SAC:
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE UNICAJA BANCO, S.A.
Titular: José Francisco Domínguez Franco
Domicilio: Avenida de Andalucía, 10-12 – 29007 – MÁLAGA
Un saludo.
Buenas tardes Elena,
Muchas gracias por la respuesta. Me podrías indicar por favor a qué corresponde la cantidad de 947€ ? Como queda la comisión de 2.291€ en concepto de liquidación de cuenta por 3 días?
Saludos
Hola Jordi
Los 947 € corresponden a las comisiones claras que hemos encontrado en los movimientos de la cuenta y que se pueden reclamar ya. Por otro lado, hemos encontrado bastantes liquidaciones de cuenta que necesitan aclaración, como la de 2.291 €, para las que te prepararemos una carta para que solicites el detalle y poder saber lo que son intereses y lo que son comisiones, ya que con el movimiento genérico no lo podemos saber.
Quedamos a tú disposición.
Un saludo.
Tenemos una cuenta donde han estado muchos años cobrando mantenimiento, y un día dijeron q no se deberían de cobrar pero q no pueden hacer nada, que hay q ir cada vez que lo cobren a pedir que lo devuelvan, si no lo avisas no lo devuelven, y solo lo del último año.
Queria saber si todos los años anteriores hay manera de reclamarlo o no se puede hacer nada.
Gracias
Hola Lorena
En principio, las comisiones por mantenimiento no se pueden reclamar, ya que la entidad puede acreditar que está realizando un servicio que se remunera con esa comisión por mantenimiento. No obstante, se han dado varios casos de usuarios de Economía Zero que han conseguido una devolución de todas las comisiones por mantenimiento de sus cuentas.
Lo que debes hacer es conseguir los movimientos de la/s cuenta/s donde se hayan efectuado los cargos de de dichas comisiones. Una vez que los tengas en tu poder, deberás redactar la carta que te adjuntamos donde deberás indicar las comisiones que quieres que te devuelvan, y tendrás que enviarla al Servicio de Atención al Cliente de la entidad. También puedes presentar la reclamación en una sucursal (si lo haces así, deberás llevar dos copias de la carta para poder quedarte tu con una de ellas sellada).
Quedamos a la espera de tu respuesta y como siempre, a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola buenas!
Estuvimos hablando el dia 6 de abril por la mañana para volver a revisar mi caso ya que estava inacabado.
En principio quedemos en empezar de nuevo el caso. Me comentaste que en 10 o asi nos pondriamos en contacto, pero desde entonces no e hemos contactado.
Atentamente
Buenos días Jose Manuel
Hemos revisado y estudiado tu caso. Hemos encontrado que el importe devuelto en comisiones es a tu favor, ya que este es superior a las comisiones que posees, por lo que en este caso no hay lugar a reclamación alguna. Por otro lado, hemos encontrado algunos conceptos que necesitarían aclaración por parte de la entidad bancaria para poder reclamarlos, por lo que te adjunto un archivo ZIP con una carta para solicitar dichas aclaraciones y si lo crees conveniente llevar a cabo la reclamación de las mismas.
Nos ponemos en contacto contigo de nuevo para enviarte la documentación/archivos relativos a tu gestión (adjunto por e-mail te enviamos un archivo ZIP con todo el contenido).
Está todo listo para que cubras e imprimas la carta de reclamación de los desgloses o apuntes que necesitan aclaración, según las instrucciones que van adjuntas, y procedas a tramitar dichas reclamaciones.
Te agradeceríamos que, una vez recibas todos los archivos/documentación correctamente, nos lo hagas saber para tranquilidad nuestra.
Debes saber que una vez presentada la reclamación, el SAC tiene un plazo máximo de 2 meses para contestar a las reclamaciones de los usuarios.
Este plazo empieza a contar desde el día en el que el Servicio de Atención al Cliente (SAC) recibe la carta, por lo que en función de la vía que hayamos utilizado para enviarla, dicho plazo se debe empezar a contar de la siguiente forma:
– Presentación en la sucursal
El plazo empieza a contar desde el mismo día en el que nos han recogido la carta en la sucursal.
– Carta certificada con acuse de recibo
El plazo comienza a partir de la fecha de entrega que aparece en el acuse de recibo de correos (tarjeta rosa).
Si pasado el plazo de los 2 meses no recibes respuesta, o te responden, pero no es para devolverte hasta el último céntimo reclamado (si te hacen una devolución parcial de lo reclamado, no te conformes y sigue adelante), ponte en contacto con nosotras y te diremos cómo proceder en función de lo que nos digas.
Recuerda que una vez recibas respuesta, no tienes que seguir esperando a que pasen los 2 meses, siempre que dicha respuesta no sea una carta tipo de admisión a trámite, es decir, tiene que ser una respuesta en la que entren en el fondo del asunto.
Si tuvieras alguna duda acerca de la documentación o la gestión, no dudes en comunicárnoslo.
Recibe un cordial saludo.