Sentencia Carrefour 3.890

El Juzgado de 1ª Instancia nº7 de Valencia dicta condena contra Carrefour por usura y falta de transpariencia obligando a devolver 3.890,21€.

Entre las partes se suscribió un contrato de tarjeta de crédito con fecha 10/2011 en el que se aplicaron unos intereses del 21,99% TAE muy superior al precio del dinero en esas fechas y cláusulas abusivas.

El Magistrado del caso estima la demanda por allanamiento y dicta una condena contra Carrefour por usura en los intereses remuneratorios y falta de transpariencia en la contratación.

En la siguiente condena contra Carrefour se imponen las costas del proceso a la entidad demandada.

El Letrado colaborador con Economía Zero Don José Carlos Gómez Fernández a conseguido la siguiente condena contra Carrefour.

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JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N º SIETE VALENCIA

Ordinario 1415/21

SENTENCIA 296/21

En Valencia a diez de diciembre de dos mil veintiuno Vistos por mí, XXXX, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Siete de los de Valencia y su Partido, los autos de Juicio ordinario Nº1415/21, seguidos a instancias del Procurador D. XXXX en nombre y representación de Dña. XXXX contra Servicios Financieros Carrefour EFC en ejercicio de acción de nulidad por usura y costas.

ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO

Por turno de reparto de fecha 16 de septiembre de 2021, correspondió a este Juzgado el conocimiento de la demanda de juicio ordinario interpuesta por el Procurador D. XXXX en nombre y representación de la Dña. XXXX, contra Servicios Financieros Carrefour EFC.

En ejercicio de la acción de nulidad por usura sobre un préstamo al consumo, intereses y costas, y por la que se dictó decreto de fecha 29de septiembre de 2021, se admitió a trámite y emplazó a la demandada para que contestara a la demanda, lo que se verificó el día 15 de noviembre de 2021, a través del Procurador D. XXXX que se allanó a la demanda presentada.

SEGUNDO.- Por diligencia de 15 de noviembre de 2021 quedaron las actuaciones para dictar sentencia. TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales de general y preceptivo cumplimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO

Por el Procurador D. XXXX en nombre y representación de la Dña. XXXX se interpone demanda de juicio ordinario contra el Servicios Financieros Carrefour EFC para que se declarase la nulidad por usura y pronunciamientos inherentes a la misma de la Tarjeta Pass n.º XXXX de contrato de octubre de 2011 al 21,99% el interés TAE aplicado.

En posterior escrito, Servicios Financieros Carrefour EFC se allana a las pretensiones de la parte actora e interesa que no se condene al pago de intereses y costas. No obstante se ejercita una acción principal de nulidad por falta de transparencia y otra subsidiaria por usura; el allanamiento sobre la acción de usura, impide cualquier pronunciamiento sobre la acción en este caso principal.

En consecuencia, procederá dictar la presente resolución declarativa de la responsabilidad contractual que se solicita, con las consecuencias inherentes, entre ellas, la compensación entre las cantidades dispuestas con por el préstamo con las satisfechas por el demandante por cualquier concepto, de conformidad con el artículo 21.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al no apreciarse allanamiento en fraude de ley, o con lesión del interés general o en perjuicio de terceros.

Supuesto resultase de la compensación un importe en favor del demandante, en aplicación de los artículos 1.100 1.101 y 1.108 del Código Civil generará una mora a su favor al tipo del interés legal del dinero a contar desde la interposición de la demanda.

SEGUNDO.- En cuanto a las costas; en aplicación del artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil vista la forma de producirse el allanamiento, procederá su imposición a la entidad demandada.

La norma es clara sobre los allanamientos que se ha producido sobre los mismos hechos de un requerimiento extra procesal, como es de ver en las actuaciones lo que ha obligado a la reclamación judicial y por tanto resultando enteramente responsable de las costas causadas. Vistos los preceptos citados y los demás de preceptiva y atinente observancia.

FALLO

Estimando por allanamiento, la demanda interpuesta por el Procurador D. XXXX en nombre y representación de la Dña. XXXX, debiendo declarar la nulidad por usura del contrato de Tarjeta Pass n.º XXXX de octubre de 2011 condenando a Servicios Financieros Carrefour EFC, a estar y pasar por la anterior declaración.

Entre ellas, la compensación entre las cantidades dispuestas por el préstamo con las satisfechas por el demandante por cualquier concepto; y en caso de resultado en favor del demandante al pago a la demanda en concepto de mora al tipo de interés legal del dinero a contar desde la fecha de interposición de la demanda.

Debiendo condenar al pago de las costas causadas en esta instancia al Servicios Financieros Carrefour EFC Regístrese en el sistema informático y notifíquese la presente resolución a las partes, así como que es susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Por luis

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