
El Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito por un usuario de EZ con la crediticia TTI Finance por aplicar un tipo de interés usurario.
Las partes suscribieron un contrato de tarjeta de crédito revolving con fecha de 14 de diciembre de 2007, en el que se estipuló un interés remuneratorio del 18,9 % TAE.
El tipo de interés medio establecido por las entidades en contratos de crédito
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