El Juzgado de 1ª Instancia nº68 de Madrid dicta sentencia contra Wizink por usura obligando a la entidad a la devolución de 2.874,48€.
Entre las partes se celebró un contrato de tarjeta de Crédito revolving, en el cual se estipularon unos intereses abusivos y usurarios.
El actor se vio obligado a presentar requerimiento extra judicial solicitando la nulidad del contrato por su carácter usurario oponiéndose a ello la entidad, allanándose poco después a todas las pretensiones del actor.
El Magistrado del caso estima la demanda y dicta sentencia contra Wizink declarando la nulidad del contrato suscrito entre las partes por usurario, obligando a la entidad a devolver todo lo pagado por encima del capital prestado inicialmente suma que asciende a 2.874.48€.
En la siguiente sentencia contra Wizink se imponen las costas del proceso a la parte demandada.
El Letrado colaborador con Economía Zero Don Fernando Salcedo Gómez, ha sido el encargado de llevar a cabo el siguiente procedimiento.
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JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº68 DE MADRID
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1334/2020
Materia: Estado civil: Otras cuestiones
NEGOCIADO C Demandante: D./Dña. XXXX
PROCURADOR D./Dña. XXXX
Demandado: WIZINK BANK, S.A.
PROCURADOR D./Dña. XXXX
SENTENCIA Nº132/2021
En la Villa de Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.
XXXX, magistrado juez, titular del juzgado de primera instancia número 68 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio ordinario instados por la procuradora doña XXXX, en nombre y representación de don XXXX, asistido del abogado don Fernando Salcedo Gómez, contra WIZINK BANK, S.A., que ha estado representada por la procuradora doña XXXX y asistida del abogado don XXXX, que se ha allanado.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 20 de octubre de 2020, se presentó escrito por el que se formulaba demanda por la que se solicitaba la nulidad de contrato de tarjeta de crédito y costas, todo ello sobre la base de los hechos y fundamentos de derecho que invocaba.
SEGUNDO.- Antes de la contestación a la demanda, la parte demandada se ha allanado a la demanda, con petición que detalla y solicitando la no imposición de costas, pese al requerimiento extrajudicial.
TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- A la vista de lo actuado, nos encontramos ante un allanamiento total, lo que supone la estimación de la demanda declarando la nulidad del contrato de tarjeta de crédito al considerar el tipo de interés establecido como usurario.
La pretensión de la demandada en su escrito de allanamiento se deberá valorar en su caso en trámite de ejecución de sentencia y por ello solo podemos declarar o no la nulidad del contrato que es lo que se pide en el suplico de la demanda.
SEGUNDO.- Ante el allanamiento habido, de conformidad con el artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede su imposición, pues existe requerimiento extrajudicial.
Por todo lo expuesto, en nombre de S.M. el Rey y por la autoridad conferida por el Pueblo Español.
FALLO
Que debo estimar y estimo por allanamiento la demanda formulada por la procuradora doña XXXX, en nombre y representación de don XXXX, contra WIZINK BANK, S.A., todo ello con imposición de costas.
Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación a interponer en término de veinte días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Juez que la dictó, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, en Madrid, a fecha anterior. Doy fe.