carrefour 311€

El Juzgado de 1ª instancia nº1 de Palma de Mallorca, dicta sentencia contra Carrefour y condena a la restitución de todos los efectos dimanantes de las cláusulas declaradas nulas, suma que asciende a 311,34€.

Entre las partes se suscribió un contrato de tarjeta de crédito en el cual se establecieron unos intereses usurarios y cláusulas abusivas.

El Magistrado del caso estima ala demanda interpuesta por la actora y dicta sentencia contra Carrefour por usura y falta de transpariencia y condena a la entidad a la devolución de todo lo pagado por encima del capital inicial prestado.

En la siguiente sentencia se condena en costas a la entidad demandada.

El Letrado colaborador de Economía Zero Don Martí Solá Yagüe ha sido el encargado de conseguir la siguiente sentencia contra Carrefour.

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JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 PALMA DE MALLORCA

SENTENCIA: 00251/2021

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000911 /2021

Procedimiento origen:

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE D/ña. XXXX

Procurador/a Sr/a. XXXX

Abogado/a Sr/a. XXXX

DEMANDADO D/ña. SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR EFC SA

Procurador/a Sr/a. XXXX

Abogado/a Sr/a. XXXX

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a 26 de noviembre de 2021.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El 23 de septiembre de 2021 se presentó por la procuradora de los tribunales Dª XXXX, en nombre y representación de Dª XXXX, demanda de juicio ordinario contra Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. interesando que se declarare la nulidad de las cláusulas de interés remuneratorio y composición de los pagos del contrato por no superar el doble control de transparencia en cuanto a las condiciones relativas al interés remuneratorio.

Al modo de amortización de la deuda, y a los costes y precio del contrato así como que se declarase la nulidad por abusividad de la cláusula de comisión por impago y que se condenare a la demandada a la restitución de todos los efectos dimanantes de las cláusulas declaradas nulas, hasta el último pago realizado, más los intereses legales y procesales y todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Mediante decreto de 8 de octubre de 2021 se admitió a trámite la demanda acordando dar traslado al demandado para contestar en plazo legal.

El 10 de noviembre de 2021 se presentó por el procurador de los tribunales D. XXXX, en nombre y representación de Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. , escrito de allanamiento sin costas.

El 12 de noviembre de 2021 se presentó por la procuradora de los tribunales Dª XXXX, en nombre y representación de Dª XXXX, escrito interesando la condena en costas.

Mediante diligencia de ordenación de 24 de noviembre de 2021 se acordó pasar las actuaciones a SSª para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Dado el allanamiento de la parte demandada conforme al artículo 21 LEC se estima íntegramente la demanda.

SEGUNDO.- En base al artículo 395 LEC procede la imposición de costas al existir reclamación extrajudicial de nulidad contractual (doc.2 de la demanda). Vistos los preceptos citados y los demás de general y pertinente aplicación

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Dª XXXX, en nombre y representación de Dª XXXX, contra Servicios Financieros Carrefour E.F.C., S.A. declarando la nulidad de las cláusulas de interés remuneratorio y composición de los pagos del contrato por no superar el doble control de transparencia.

En cuanto a las condiciones relativas al interés remuneratorio, al modo de amortización de la deuda, y a los costes y precio del contrato declarando también la nulidad por abusividad de la cláusula de comisión por impago.

Y condeno a la demandada a la restitución de todos los efectos dimanantes de las cláusulas declaradas nulas, hasta el último pago realizado, más los intereses legales y procesales desde la interposición de la demanda.

Condeno en costas a la demandada.

Por luis

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