¿Qué es el seguro de prima única vinculado a la hipoteca?
Un seguro de vida vinculado a la hipoteca se encarga de cubrir el pago de la hipoteca en caso de fallecimiento del dueño, garantizando que la propiedad se quede libre de deudas.
Al ser de prima única, los usuarios tienen que afrontar un coste inicial mucho mayor, además del pago de los intereses durante toda la vida del préstamo.
Este producto fue impuesto por muchas entidades entre los años 2004 y 2019.
Los bancos solían obligar a los clientes a contratar un seguro de vida con una compañía aseguradora determinada, perteneciente a su mismo grupo o con la que tenían acuerdos.
Si el consumidor se negaba o no podía pagar ese seguro, la entidad bancaria rechazaba la hipoteca.
¿Es obligatorio contratar un seguro de prima única vinculado a la hipoteca?
Desde que se aprobó la ley del año 2019, las entidades bancarias pueden obligar a contratar un seguro de vida vinculado a hipoteca, pero no pueden imponer que sea con su propia empresa.
Algunos bancos exigen un seguro como parte de los requisitos para obtener la hipoteca, mientras que otros no lo hacen.
El Banco de España exige que si el banco y la compañía de seguros pertenecen al mismo grupo empresarial, la entidad bancaria debe notificar al consumidor sobre los detalles del seguro y permitir que elija otra compañía sin que signifique una desventaja para el préstamo hipotecario ni un coste mayor.
¿Qué requisitos tengo que cumplir para poder reclamar el seguro de vida vinculado a la hipoteca?
Firmaste tu contrato de préstamo hipotecario con anterioridad al mes de junio del año 2019.
Realizaste un único pago del seguro al iniciar el contrato.
La elección del seguro y de la compañía fue una imposición por parte de tu banco. No te ofrecieron más opciones.
En muchos de estos contratos, los clientes no reciben documentos claros que les informen sobre las condiciones y la opción de elegir otra compañía para contratar el seguro.
¿Qué necesito para reclamar un seguro de vida vinculado a la hipoteca?
Es imprescindible que nos envíes la copia de la escritura del préstamo hipotecario.
En caso de que dispongas de la póliza de prima única y del justificante del pago de seguro de prima única, también tendrás adjuntarlo.
Desde Economía Zero enviaremos la reclamación extrajudicial a tu entidad bancaria del seguro de vida de prima única. Si después de este trámite, el banco no te devuelve el dinero, procederemos a interponer una demanda en el juzgado
¿Qué puedo conseguir si reclamo el seguro de vida vinculado a la hipoteca?
Aunque no ha llegado ningún caso al Tribunal Supremo, hay varias sentencias de Audiencias Provinciales que favorecen al consumidor, declarando la nulidad del seguro de vida con prima única. Las cantidades a devolver pueden variar desde 2.000 a 30.000 euros, dependiendo de la hipoteca.
Los jueces han optado por dos posibles soluciones:
Reembolso de todo el dinero pagado por la prima. Es decir, la devolución de la totalidad de la prima, el coste de la financiación e intereses cobrados para financiar el seguro.
El importe proporcional de la prima correspondiente al tiempo que resta del contrato junto con los intereses de la financiación.
Buenas en mi caso no tengo justificante o poliza del seg de vida y no aparece en la escritura, ademas por lo que he podido leer por ahi si ya venció el seguro de vida no se puede reclamar
Hola Miguel, te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros por teléfono en el 987 025 011 o mediante uno de nuestros formularios de la página Web reclamacioneszero.com.
Para poder ayudarte mejor, necesitaríamos hacerte algunas preguntas y estudiar en detalle tus escrituras. Ten en cuenta, que solamente podrás reclamar el seguro de vida, si es de «prima única», es decir, que has pagado la totalidad del seguro de vida en una sola prima». Si tu seguro de vida, te lo cobraban mes a mes, NO es de prima única y no se puede reclamar.
Si el prestamo es posterior a 2019, auque los demas puntos en vuestra explicacion, son reales, no puedo reclamar el importe no consumido del seguro de vida?
Un saludo
La jurisprudencia mayoritaria considera que la cantidad que recupera el cliente es la parte proporcional, es decir, lo correspondiente a los años no consumidos.
Y para los casos de préstamos celebrados después del año 2019, para comprobar la viabilidad de la reclamación hay que ver si en la fase previa a la contratación del seguro y del préstamo hipotecario, se cumplieron las condiciones del artículo 17 de la Ley 15/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Consideramos que seguramente la gran mayoría de seguros de prima única de hipotecas posteriores a 2019 cumplan los requisitos del articulo, ya que, si el cliente tiene una oferta previa del seguro o similar, entonces se considera que no es reclamable porque estaba correctamente informado y tuvo la opción de contratar el seguro con otra compañía.