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Hucha de reclamaciones de EZ

Condena a Caixabank por usura retribuye 1.547€

caixabank 1547€

El Juzgado de 1ª Instancia nº11 de Valencia dicta sentencia y condena a Caixabank por usura y falta de transpariencia obligando a devolver 1.547,53€.

Entre las partes se concertó un contrato de tarjeta de crédito revolving con fecha 01/07/2018 en el cual se establecieron unos intereses abusivos y falta de transpariencia en el momento de la contratación.

La parte actora presentó requerimiento previo extra judicial solicitando la nulidad del contrato, oponiéndose a ello la entidad, allanándose posteriormente a todas las pretensiones de la mandante.

La Magistrada del caso estima la demanda y condena a Caixabank por usura en los intereses remuneratorios, obligando a la entidad a la devolución de todo lo pagado por encima del capital inicial prestado.

Se condena a Caixabank al pago de las costas del proceso.

El Letrado colaborador con Economía Zero Don Martí Solá Yagüe a conseguido la siguiente condena a Caixabank.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº11 VALENCIA

Procedimiento: Asunto Civil 000903/2021

SENTENCIA N º000273/2021

JUEZ QUE LA DICTA: D/Dª XXXX

Lugar: VALENCIA Fecha: veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno

PARTE DEMANDANTE: XXXX

Abogado: SOLÀ YAGÜE

Procurador: XXXX

PARTE DEM: CAIXABANK SA

Abogado: XXXX

Procurador: XXXX

OBJETO DEL JUICIO: Contrato de crédito

HECHOS

PRIMERO La parte actora, a través de su representación procesal, presentó demanda de juicio ordinario contra CAIXABANK SA. Solicita, con carácter principal, se dicte sentencia que.

DECLARE NULO por USURARIO el contrato de crédito concertado por las partes y CONDENE a la parte demandada a DEVOLVER a la parte actora las sumas percibidas que excedan del capital prestado, más el interés legal de dichas sumas; y costas.

La parte demandada presentó su escrito de contestación allanándose a la demanda, solicitando la no imposición de costas. La parte actora se opuso a la no imposición de costas.

SEGUNDO.- Se declararon los autos conclusos para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO

Allanamiento. El allanamiento del demandado vincula al Juzgador a dictar sentencia conforme en un todo con el suplico de la demanda, siempre que, como ocurre en el caso que nos ocupa, tal allanamiento no se hiciere en fraude de ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero según dispone el Art. 21 LEC.

Es por ello por lo que procede dictar Sentencia estimatoria íntegramente de la demanda y por ello condenar al demandado según el pedimento de la parte actora.

No ha lugar a efectuar el pronunciamiento que parece interesa la parte demandada a su favor y en contra de la parte actora al no haber formulado la parte demandada reconvención o haber solicitado compensación presentando titulo ejecutivo a su favor reconocido en sentencia, laudo o acuerdo de mediación firme o reconocimiento del prestatario.

SEGUNDO.- Costas. Respecto de las costas, en aplicación del Art. 395 LEC, procede imponerlas a la parte demandada pese a que se ha allanado antes de la contestación a la demanda, por entender que incurrió en mala fe al constar haberse sido requerida antes de la interposición de la demanda documento 1 y 2 demanda cuya autenticidad no ha sido impugnada por la parte demandada.

FALLO

ESTIMO la demanda presentada por contra CAIXABANK SA. DECLARO NULO POR USURARIO el contrato de crédito concertado entre las partes de fecha 1 de julio de 2018 -documento 3 demanda.

CONDENO a CAIXABANK SA a devolver a la actora las sumas percibidas que excedan del capital prestado en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia; e intereses legales desde la reclamación extrajudicial; con condena en costas a la parte demandada.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

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