Sentencia Caixabank 615€

El Juzgado de 1ª Instancia nº11 de Valencia dicta sentencia y condena a Caixabank por usura obligando a la entidad a devolver 615,92€.

Entre las partes se suscribió un contrato de tarjeta de crédito con fecha 23 de noviembre de 2017, en el cual se estipularon unos intereses remuneratorios abusivos y usurarios.

La parte actora presentó requerimiento extra judicial solicitando la nulidad del contrato por usurario, oponiéndose a ello al entidad.

La Magistrada del caso estima íntegramente la demanda interpuesta y condena a Caixabank a la nulidad del contrato por tratarse de usurario teniendo que devolver todo lo pagado por encima del capital prestado inicialmente suma que asciende a 615,92€.

Se condena a Caixabank al pago de las costas procesales.

Un Letrado colaborador de Economía Zero ha sido el encargado de conseguir la siguiente condena a Caixabank.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº11 VALENCIA

Procedimiento: Asunto Civil 000436/2021

SENTENCIA Nº000137/2021

JUEZ  QUE LA DICTA: D/Dª XXXX

Lugar:  VALENCIA

Fecha:  dieciocho de mayo  de dos mil veintiuno

PARTE DEMANDANTE: XXXX

Procurador: XXXX

PARTE DEMANDADA CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER EFC SA

Procurador: XXXX

OBJETO DEL JUICIO: Ordinarios

HECHOS

PRIMERO.- La parte actora XXXX, a través de su representación procesal, presentó demanda de juicio ordinario contra  CAIXABANK PAYMENT & CONSUMER EFC EP SA.

Solicita, con carácter principal, se dicte sentencia que.

DECLARE  NULO  por  USURARIO el contrato de tarjeta de   crédito    concertado  por   las   partes   en  fecha   23   de noviembre de 2017 -documento 4 demanda- y CONDENE a la parte  demandada a DEVOLVER a la parte  actora  las  sumas percibidas que excedan del capital  prestado, más el interés legal;  y costas.

La  parte  demandada CAIXABANK PAYMENT &  CONSUMER EFC  EP SA  presentó su escrito  de contestación allanándose a la demanda, solicitando la no imposición de costas.

La parte actora  se opuso  a la no imposición de costas. SEGUNDO.-   Se    declararon   los    autos    conclusos   para

sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO Allanamiento

El allanamiento del demandado vincula al Juzgador a dictar sentencia conforme en un todo con el suplico de la demanda, siempre que, como ocurre en el caso que nos ocupa, tal allanamiento no se hiciere en fraude de ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero según dispone el Art. 21 LEC.

Es por ello por lo que procede dictar Sentencia estimatoria íntegramente de la demanda y por ello condenar al demandado según el pedimento de la parte actora.

SEGUNDO.- Costas.

Respecto de las costas, en aplicación del Art. 395 LEC, procede imponerlas a la parte demandada pese a que se ha allanado antes de la contestación a la demanda, por entender que incurrió en mala fe al constar haberse sido requerida antes de la interposición de la demanda – documento 2 a 4 demanda cuya autenticidad no ha sido impugnada por la parte demandada.

FALLO

ESTIMO la demanda presentada por XXXX contra CAIXABANK PAYMENT & CONSUMER EFC EP SA.

DECLARO NULO POR USURARIO el contrato de crédito concertado entre las partes de fecha en fecha 23 de noviembre de 2017 -documento 4 demanda.

CONDENO a CAIXABANK PAYMENT & CONSUMER EFC EP SA a devolver a la actora las sumas percibidas que excedan del capital prestado en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia; e intereses legales; con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días para su resolución por la Audiencia Provincial de Valencia conforme a lo dispuesto en el Art. 455 y ss LEC.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

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