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Sentencia contra BBVA por usura obliga a devolver 2.089,16€

Juzgado de 1ª instancia nº3 de Sevilla dicta sentencia contra BBVA por usura y es condenado a devolver 2.089,16€ a un cliente de Economía Zero.

Entre las partes se suscribió un contrato de tarjeta de crédito en el cual se establecieron unos intereses usurarios.

El demandante presentó requerimiento extra judicial solicitando la nulidad del contrato por usurario oponiéndose la entidad para posteriormente allanarse a todas las pretensiones que solicita la demandante, pudiendo solucionarlo sin llegar al juzgado por lo que se aprecia mala fe en la forma de actuar por parte de la entidad.

La Magistrada del caso estima la demanda dictando sentencia contra BBVA por usura obligando a devolver todo lo pagado por encima del capital inicial prestado.

En la sentencia contra BBVA se imponen las costas del proceso a la entidad demandada.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE SEVILLA

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2254/2021. Negociado: 1J

SENTENCIA Nº257/2022

MAGISTRADA QUE LA DICTA: ILTMA. SRA. Dª XXXX

Lugar: SEVILLA

Fecha: veintinueve de septiembre de dos mil veintidós

PARTE DEMANDANTE: XXXX

Abogado: XXXX

Procurador: XXXX

PARTE DEMANDADA BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A.

Abogado: XXXX

Procurador: XXXX

OBJETO DEL JUICIO: Nulidad

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por el Procurador Sr./Sra. XXXX, en nombre y representación de XXXX, frente a BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., en solicitud de.

Con carácter principal, se DECLARE la nulidad por usura de la relación contractual objeto de esta demanda y CONDENE a la demandada a que devuelva a la actora la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.

SEGUNDO.- Encontrándose el proceso en el trámite de contestación a la demanda se ha presentado por la parte demandada escrito allanándose a la totalidad de las pretensiones de la actora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Establece el artículo 21.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, que cuando el demandado se allanare a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado, salvo que el allanamiento se hiciere en fraude de ley o supusiere renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, en cuyo caso debe rechazarse, siguiendo el juicio adelante.

SEGUNDO.- En el presente caso y de los elementos obrantes en el expediente, no se desprende concurra alguna de las causas de exclusión de los efectos normales del allanamiento, por lo que procede dictar sentencia en los términos solicitados en la demanda.

TERCERO.- El artículo 395 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone la imposición de costas en caso de haber mediado requerimiento fehaciente y justificado de pago, circunstancia que concurre en autos como se colige de la documental núm. 2 y 3 que acompaña a la demanda.

FALLO

SE ESTIMA la demanda presentada por el Procurador Sr./Sra. XXXX, en nombre y representación de XXXX, condenando a BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. a estar y pasar por la declaración de nulidad por usura de la relación contractual objeto de esta demanda y devolver a la actora la cantidad pagada por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

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