Juzgado de 1ª instancia nº46 de Madrid dicta condena contra QUEBUENO por usura en los intereses obligando a devolver 320,61€.
Entre las partes se celebraron varios contratos de préstamo rápido en los cuales se impusieron unos intereses usurarios.
El actor presentó requerimiento previo solicitando la nulidad del contrato por su carácter usurario, negándose a ello la entidad para posteriormente allanarse a todas las pretensiones que solicita el demandante, obligando al actor a llegar a juicio con todos los gastos que ello comporta, por lo que cabe apreciar mala fe por parte de la entidad.
El Magistrado del caso estima la demanda declarando nulos los contratos suscritos entre las partes y dicta condena contra QUEBUENO por usura obligando a devolver todo lo pagado por encima del capital inicial prestado.
En la condena contra QUEBUENO se imponen las costas del proceso a la entidad demandada.
Don Daniel González Navarro Letrado colaborador con Economía Zero a llevado a cabo la siguiente condena contra QUEBUENO.
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JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº46 DE MADRID
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1510/2021 Materia: Estado civil: Otras cuestiones
Demandante: D./Dña. XXXX
PROCURADOR D./Dña. XXXX
Demandado: NBQ FUND, S.L.
PROCURADOR D./Dña. XXXX
SENTENCIA Nº57/2022
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. XXXX
Lugar: Madrid Fecha: catorce de febrero de dos mil veintidós.
Vistos, por el Iltmo. Sr. D. XXXX, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº46 de Madrid, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO seguidos al número 1510/2021, en virtud de demanda interpuesta por el Procurador DÑA. XXXX, en representación de D. XXXX, contra NBQ FUND, S.L., sobre reclamación de cantidad.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el mencionado Procurador, en la representación indicada, se presentó demanda de juicio ordinario contra la referida demandada, en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos.
Se declare la nulidad por usura de los contratos de préstamo objeto de esta demanda y condene a la demandada a que devuelva a mi mandante la cantidad pagada por este, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.
Con carácter subsidiario, declare la nulidad por abusividad de la cláusula de interés de demora; y condene a la demandada a la devolución de todos los importes de todos los importes indebidamente cobrados en aplicación de la cláusula declarada nulas; más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda se acordó emplazar a la demandada que contestara a la demanda, lo que realizó dentro del plazo, allanándose a la demanda.
TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Según el artículo 21-1. de la L.E.C. “cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado por éste, pero si el allanamiento se hiciera en fraude de ley o supusiera renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, se dictará auto rechazándolo y seguirá el proceso adelante”.
No dándose en el caso de autos las circunstancias de excepción establecidas en el referido artículo, procede la estimación de la demanda.
SEGUNDO.- Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada, conforme al artículo 394 de la L.E.C. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador DÑA. XXXX, en representación de D. XXXX, debo declarar y declaro la nulidad por usura de los contratos de préstamo objeto de esta demanda y condene a la demandada a que devuelva a mi mandante la cantidad pagada por éste, por todos los conceptos, que haya excedido del total del capital efectivamente prestado o dispuesto, más los intereses que correspondan; así como al pago de las costas del pleito.
Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez.
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