6245-TARJETA-CAIXABANK-1.960E

Juzgado nº 3 de Madrid sentencia a Caixabank declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito por un usuario de Economía Zero con la entidad por usura tras allanarse la entidad.

La parte demandante pactó con la entidad Caixabank un contrato de tarjeta de crédito revolving usurario.

La actora del caso presentó contra la crediticia dos reclamaciones extrajudiciales a las que no obtuvo respuesta, por lo que interpuso una demanda judicial contra la misma.

La entidad, tras la presentación de la demanda, presentó escrito allanándose a todas las pretensiones de la actora.

Procede la imposición de costas a la parte allanada por apreciar la existencia de mala fe, puesto que se presentó requerimiento fehaciente contra la misma antes de la demanda judicial.

La Magistrada del caso estima la demanda presentada y sentencia a Caixabank declarando la nulidad del contrato de tarjeta, condenando a la entidad a restituir a la actora las cantidades percibidas en la vida del crédito que excedan del capital prestado al mismo, más los intereses devengados de dichas cantidades, cantidad que suma 1.960,08€.

En la sentencia a Caixabank se hace expresa imposición de las costas causadas a la entidad demandada.

El letrado D. Martí Solá Yagüe ha sido el encargado de llevar a cabo el presente procedimiento.

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JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº82 DE MADRID

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1803/2021 Materia: Contratos en general

Demandante: D./Dña. XXXX

PROCURADOR D./Dña. XXXX

Demandado: CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER E.F.C., E.P., S.A.

PROCURADOR D./Dña. XXXX

SENTENCIA Nº110/2022

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. XXXX

Lugar: Madrid

Fecha: dieciséis de marzo de dos mil veintidós

Vistos los presentes autos de Juicio Ordinario 1803/21 seguidos entre las partes anteriormente enunciadas, se ha dictado la presente resolución sobre los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Por la procuradora D.ª XXXX, en nombre y representación de D. XXXX, se presentó el 19/10/2021 escrito promoviendo demanda de Juicio Ordinario en virtud de los hechos que en ella se exponen y en la que, tras invocar los fundamentos de derecho que se estiman de aplicación, se solicita que previo el trámite legal correspondiente en su día se dicte sentencia por la que estimando la demanda: DECLARE la nulidad por usura del CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO objeto de autos, y CONDENE a la demandada a la restitución al demandante de todas las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto más intereses legales y procesales.

Y SUBSIDIARIAMENTE, DECLARE la nulidad por abusividad de la cláusula de comisión por impago/mora, y CONDENE a la demandada a la restitución al demandante de todas las cantidades abonadas en su concepto más los intereses legales y procesales. Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda por Decreto de 17/12/2021, y emplazada en legal forma la parte demandada, el procurador D. , en nombre y representación de CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER, E.F.C., E.P., S.A, escrito de allanamiento con la pretensión de nulidad del contrato por usura, solicitando la no imposición de costas. La parte demandada mostró su conformidad con el allanamiento, solicitando la imposición de costas a la parte demandante.

TERCERO.- En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando el demandado se allane a todas las pretensiones del actor, el tribunal dictará sentencia condenatoria de acuerdo con lo solicitado por éste, siempre que dicho allanamiento no suponga un fraude de ley o renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero. En el presente caso no concurre ninguna de dichas circunstancias, por lo que procede estimar el allanamiento formulado respecto de la pretensión principal de la parte demandante.

SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 395.1 Ley de Enjuiciamiento Civil , procede la imposición de costas a la parte demandada, al haber existido previa reclamación extrajudicial, que incluso fue contestada por la parte demandada en sentido contrario al allanamiento expresado en estos autos, y no presentar el caso serias dudas de hecho o derecho Vistos los artículos citados y los demás de general aplicación.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora D.ª XXXX, en nombre y representación de D. XXXX, contra CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER, E.F.C., E.P., S.A, declaro la nulidad por usura del CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO suscrito entre las partes y condeno a la demandada a la restitución al demandante de todas las cantidades abonadas que excedan del capital dispuesto, más intereses legales y procesales, con imposición de costas a la parte demandada.

Así, por esta mi Sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. El/la Juez/Magistrado/a Juez.

Por luis

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