El Juzgado de 1ª Instancia nº13 de Madrid dicta sentencia y condena a Cetelem por usura y devuelve 3.438€.
Entre las partes se suscribió un contrato de tarjeta de crédito en el que se establecieron unas clausulas abusivas por una línea de crédito de Cetelem.
Las partes llegaron a un acuerdo extrajudicial.
Un abogado colaborador de Economía Zero ha sido el encargado de conseguir la siguiente resolución.
!!! RECLAMA CON ECONOMÍA ZEROLA NULIDAD DE TU TARJETA DE CRÉDITO, CONDENA A CETELEM Y RECUPERA TU DINERO !!!
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 13 DE MADRID
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 10/2021-i
Materia: Contratos en general
Demandante: D./Dña.
PROCURADOR D./Dña.
Demandado: BANCO CETELEM, S.A
PROCURADOR D./Dña.
DECRETO Nº669/2021
LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA SR/A D./Dña.
Lugar: Madrid
Fecha: veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En el presente procedimiento ambas partes, de mutuo acuerdo, solicitaron la terminación del mismo por satisfacción extraprocesal mediante escrito con fecha de entrada 11-11-2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Dispone el artículo 22.1 de la L.E.C., que cuando por circunstancias sobrevenidas a la demanda y a la reconvención, dejare de haber interés legítimo en obtener la tutela judicial pretendida, porque se hayan satisfecho, fuera del proceso, las pretensiones del actor y, en su caso, del demandado reconviniente o por cualquier otra causa, se pondrá de manifiesto esta circunstancia y, si hubiere acuerdo de las partes, se decretará por el Letrado/a de la Admón. de Justicia la terminación del proceso, sin que proceda condena en costas.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara terminado el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 10/2021, seguido a instancia de D./Dña. XXXX, frente a BANCO CETELEM, S.A, remitiéndose las actuaciones al archivo.
El anterior ingreso por importe de 5.568,37 € únase; con carácter previo a acordar su pago y con el fin de proceder a su pago por transferencia por la presente acuerdo requerir a la parte beneficiaria del mismo para que en el plazo de cinco días aporte certificado de titularidad de cuenta bancaria donde realizar el pago a su favor y verificado que sea, se acordará.
Librar testimonio de este decreto, que quedará unido al procedimiento, llevándose el original al libro de Resoluciones Definitivas de este órgano