
El Juzgado de Primera Instancia Nº 11 (BIS) de Murcia declara la nulidad de la cláusula suelo contenida en la escritura de un préstamo hipotecario. Dicha cláusula imponía un tipo de interés mínimo del 3,50 %, pero sin respetar los requisitos del control cualificado de transparencia.
La Magistrada considera, apoyándose en la jurisprudencia asentada por el Tribunal Supremo y el TJUE, que la ubicación y redacción de la cláusula la enmascaran y no permiten identificarla como expresamente limitativa del tipo
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