
A continuación os dejamos un listado con las próximas reclamaciones en las que estamos trabajando, como no podemos daros una fecha concreta en la que cada una de ellas será publicada, hemos habilitado unos listados para ir apuntando en ellos a todos los usuarios afectados.
Para que te apuntemos en la lista correspondiente, sólo tienes que cubrir el formulario correspondiente al caso o casos que te afecten, así de sencillo 😉 .
RECLAMACIÓN DE COMISIONES DE APERTURA DE HIPOTECAS Y PRÉSTAMOS PERSONALES
En muy pocas semanas vamos a publicar la información para reclamar la devolución de las comisiones de apertura que pagamos al constituir una hipoteca o cualquier tipo de préstamo.
La argumentación para este tipo de reclamaciones se basa en la misma normativa que utilizamos para reclamar las comisiones por descubierto, es decir, que la entidad no tuvo gasto alguno, ni realizó ninguna gestión que justifique el cobro de la citada comisión, y mucho menos una cuantía tan elevada, puesto que el porcentaje aplicado suele estar entre el 0,5 y el 1,0 % del capital principal solicitado.
RECLAMACIÓN DE SEGUROS DE PROTECCIÓN DE PAGOS
En breve vamos a publicar la información para reclamar la devolución de todos los importes cobrados en concepto de Seguros de Protección de Pagos.
Aunque este tipo de seguros suelen estar asociados a productos revolving, y cuando reclamamos la nulidad del contrato nos tienen que devolver también todos los importes abonados por este concepto, hay casos en los que la TAE no es lo suficientemente elevada como para poder pedir la nulidad del contrato, por lo que esta información es para esos casos.
COMISIONES DE MANTENIMIENTO EN CUENTAS EXCLUSIVAS PARA LA GESTIÓN DE UN PRÉSTAMO O UNA HIPOTECA
Si tienes una hipoteca o un préstamo y se gestiona de forma exclusiva en una cuenta, es decir, que la entidad te obligó a abrir esa cuenta y la utilizas únicamente para el pago de las cuotas correspondientes, dependiendo del tiempo que esté vigente, se pude reclamar, o bien la totalidad de las comisiones de mantenimiento y administración, o bien cualquier subida de éstas que la entidad haya realizado desde su apertura.
COMISIONES POR INGRESOS EN CUENTAS DE TERCEROS
Cada vez son más las entidades que nos cobran una comisión al realizar un ingreso por ventanilla en la cuenta de un tercero, estas comisiones son ilegales, ya que le cliente al que le hacemos el ingreso ya abona a la entidad su correspondiente comisión en concepto de mantenimiento, en el cual ya están incluidos este tipo de servicios, y una de las normas básicas que regulan el cobro de comisiones es que no se puede cobrar dos veces por el mismo servicio.
COMENTARIOS Y CONSULTAS
Recuerda que puedes dejar una consulta utilizando el formulario para comentarios que se encuentra abajo del todo de los artículos, o enviándonos un e-mail a contacto@economiazero.com.
Si vas a realizar una consulta debes leer antes toda la información de la página CONSULTAS, en ella te explicamos cómo funciona nuestro sistema de consultas y cómo redactarlas para evitar errores.
Gracias.
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Mi marido fallecido, tenia una tarjeta visa pass Carrefour ( la antigua ) se que este tipo de tarjeta tiene adherido un seguro de protección de pagos. Bien la política de la empresa cambió y también su tarjeta obligando a sus nuevos clientes a contratar un seguro.
Después de pedirme toda la documentación que se suele pedir en casos de fallecimiento. ( fallecimiento en accidente por homicidio imprudente. El cual incluimos toda clase de información ) me indicaron que mi esposo no era poseedor de dicho seguro y llevamos casi tres años de cartas de reclamaciones llamadas etc y muchos cobros que se han realizado. La cantidad que se adeuda no es mucha. Pero he de decir que inclusive he recibido amenazas telefónicas. Me pueden indicar cual es el procedimiento?
Ya que dichas clausulas del seguro adherido a la tarjeta. No es fácil de conseguir.
Hola Susana
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estos últimos días y hacemos todo lo que podemos, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque a veces tardemos algo más de lo previsto.
Nuestro consejo es que te olvides de reclamar solamente el seguro y que reclames la nulidad del contrato de tarjeta, puesto que no sólo van a tener que devolverte todos los importes pagados en concepto de seguro de protección de pagos durante la vida de la tarjeta, sino que también tendrán que devolver todos los intereses, y comisiones por impago (si las hubiera). Es decir, que al anular el contrato (no confundir con cancelar) sólo tienes que pagar a la entidad la cuantía que realmente te ha prestado.
Desde Economía Zero llevamos tu caso de principio a fin. Por la vía extrajudicial no tienes que abonar nada, de hecho ya ves que las cartas están disponibles para que las descarguéis totalmente gratis, aunque si lo prefieres, podemos enviártelas ya cubiertas. Y nos puedes consultar las direcciones de los SAC que no encuentres, o cualquier duda que tengas, y te contestaremos sin coste alguno.
Si quieres que seamos nosotras las que te confeccionemos las cartas, necesitamos los siguientes datos:
Nombre y apellidos del titular
Dirección completa
Nº de DNI
Nº de contacto (preferiblemente móvil)
Nº de la tarjeta o del contrato del préstamo
Nombre de la entidad
Si se trata de más de un caso, es imprescindible que ordenes la información de forma que podamos distinguir cada uno de ellos con facilidad.
En el caso de que no encuentres la TAE (con el CER sirve también, ya que suele ser prácticamente igual a la TAE), puedes enviarnos escaneada por email la documentación que tengas, eso sí, debe estar bien legible. Y si se trata de más de un asunto, debidamente ordenada para evitar errores y facilitar de paso nuestro trabajo.
También vamos a llevar el seguimiento de tus casos y revisar la documentación que te envíen las entidades, para decirte si los casos son viables o calcular la cuantía que te tienen que devolver (siempre que la documentación reúna las condiciones necesarias para que podamos hacerlo), todo ello también sin coste alguno.
Una vez agotada la vía extrajudicial, sólo te cobraremos 60 € de tarifa única por cada caso/demanda que se derive a uno de nuestros abogados expertos en productos revolving, aunque si finalmente el abogado decidiese que el caso no es viable, te devolveríamos los 60 €. Los abogados cobran las costas judiciales (que paga el banco al perder la demanda), para que todo el dinero recuperado sea para vosotros. Es decir, que no solamente las condiciones que os ofrecemos son inmejorables, sino que además, tenéis la garantía de estar representados por abogados realmente especializados en la materia.
No obstante, tienes todas las condiciones en este artículo: Presentar demanda en el Juzgado para la anulación de contratos de tarjetas y préstamos revolving.
Lo mejor es que antes de hacer nada, leas atenta y completamente la información de nuestro artículo (incluido el FAQ) Cómo anular los contratos de las tarjetas de crédito y préstamos “revolving”, y si luego tienes cualquier duda, nos lo comunicas y te contestaremos lo antes posible.
Recuerda que desde Economía Zero queremos llevar un seguimiento personalizado de cada una de vuestras reclamaciones de productos revolving, por lo que si vas a confeccionar tu mismo las cartas, sólo tienes que seguir una de las dos opciones que aparecen en el apartado “SEGUIMIENTO PERSONALIZADO DE LAS RECLAMACIONES”. Si somos nosotras las que te preparamos las cartas no hace falta que hagas nada al respecto, puesto que ya abriremos el correspondiente expediente y estaremos pendientes del seguimiento.
También te recomendamos que visites nuestra sección dedicada a las sentencias de productos revolving (que se encuentra dentro DE ESTE ENLACE), y de este modo comprobar la efectividad de las demandas contra este tipo de productos usurarios.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier otra duda. Si prefieres que te llamemos nos tienes que enviar un nº de contacto (preferiblemente móvil), indicando una franja horaria en la que podemos llamarte (procura que sea lo más amplia posible).
Un saludo.
Hola Susana
Nos ponemos en contacto contigo para solicitarte la información y documentación que vamos a necesitar para tus casos.
– CARREFOUR:
Para confeccionaros la carta para solicitar la nulidad de vuestra tarjeta de Carrefour necesitamos los siguientes datos:
· Nombre y apellidos del titular
· Dirección completa
· Nº de DNI
· Nº de contacto (preferiblemente móvil)
· Nº de la tarjeta o del contrato del préstamo
· Nombre de la entidad
Si se trata de más de un caso, es imprescindible que ordenes la información de forma que podamos distinguir cada uno de ellos con facilidad.
Desde Economía Zero llevamos tu caso de principio a fin. Por lo que en el momento en que hayas enviado la/s carta/s (siempre certificada/s con acuse de recibo y con una fotocopia del DNI del titular del préstamo), te agradeceríamos que nos enviaras un email (incluyendo una copia escaneada, o el archivo en formato Word o PDF) para poder llevar el seguimiento de vuestro caso y poder ponernos en contacto cuando se cumplan los 2 meses de plazo que damos en la carta a la entidad para que conteste. Si recibes contestación de la entidad (siempre que no sea la mera admisión a trámite de la reclamación), no hace falta esperar a que se cumpla el plazo y podremos continuar con el procedimiento.
– COMISIONES SABADELL:
Como te hemos comentado, todas estas comisiones por descubierto son perfectamente reclamables.
El primer paso será conseguir los movimientos de la/s cuenta/s donde se hayan efectuado los cargos de de dichas comisiones y, una vez los tengas en tu poder, si quieres que seamos nosotras las que realicemos la labor de seleccionar todas las comisiones que sean reclamables; detectar posibles retrocesiones o apuntes que necesiten ser aclarados; y confeccionar la carta de reclamación de las comisiones, deberás enviarnos los movimientos para poder trabajar sobre ellos.
Junto con los movimientos también necesitamos que nos devuelvas cubierto el formulario que te vamos a adjuntar y que realices un ingreso de 15 € en la cuenta ES91 1491 0001 2130 0009 9633 (Triodos Bank), en concepto de depósito para tu Gestión Personalizada.
Cuando haya sido estudiado tu caso, te enviaremos la tarifa adecuada según lo estipulado en nuestra sección dedicada a las Gestiones Personalizadas.
Como siempre, trataremos de hacerlo el menor tiempo posible, estableciendo un plazo estimado de 7 días hábiles, aunque dependiendo de la carga de trabajo que tengamos podemos tardar unos días más.
Un saludo cordial.
Hola buenas tardes,
Me dijisteis que en dos semanas me diriais algo con el tema de asnef, y al no saber nada, os escribo para preguntar que tal va lo de asnef, falta mucho?
Un saludo,
Buenos días Begoña
Están trabajando en ello, tienen que recopilar información y estudiarlo todo muy bien para plantear cada caso. Tenemos una lista con todos los que nos escribís en esta misma situación para avisaros nada más que tengamos todo preparado para iniciar los trámites. Disculpa la tardanza, pero queremos que todo salga bien y no haya problemas para que os saquen de esos ficheros.
Quedamos a tú disposición.
Un saludo.
Hola,
Bankia (antes Bancaja) me envió una carta con un resumen anual de comisiones e intereses.
En los extracto figura claramente el concepto «comisión reclamación deudas impagadas», el año al que pertenecen y las cantidades. Nunca se produjeron tales reclamaciones, pues pagaba con un leve retraso por la fecha de cobro.
¿Puedo reclamar su devolución adjuntando a la carta sólo estos documentos, o debo solicitar todos los movimientos para desglosarlo?
Ya hace un par de años que cancelé esa cuenta y no soy cliente, tanto en la sucursal como en el Sac no me los dan.
Muchas gracias por vuestra labor, pues reclamé siguiendo vuestros consejos al Banco Sabadell y me devolvieron 630 € en este tipo de comisiones.
Hola Francisco
Con los resúmenes anuales es suficiente para poder reclamar las comisiones que aparecen en ellos, no hace falta que adjuntes los resúmenes, con que pongas los años, los importes y los conceptos en la carta es suficiente.
También te damos las gracias por comunicarnos esa recuperación de 630 € al Sabadell, de los cual nos alegramos mucho, y que sumaremos a la hucha de reclamaciones en breve.
Como siempre, quedamos a tu disposición.
Un saludo.
Hola
He leído la consulta de Marisa sobre un seguro de prima única de protección de pago y sobre la posibilidad de poder recuperar la prima no consumida me queda la duda, porque yo estoy en el mismo caso, de si es al BdE al que hay que reclamar cómo le dicen en su respuesta, o si es a la Dirección General de Seguros. En la póliza tendrá una cláusula que contempla la devolución de la prima no consumida en caso de cancelación anticipada del préstamo.
Hola Antonio
Antes de nada te pedimos disculpas por la tardanza en la respuesta, pero hemos tenido muchísimas consultas estas últimas semanas y tenemos la mitad del personal de vacaciones, no obstante, debes tener presente que siempre contestamos a vuestras consultas, aunque en ocasiones tardemos más de lo previsto.
Las primas de protección de pagos suelen estar contratadas de forma irregular, por lo que se pueden anular y recuperar todos los pagos realizados. Respecto a lo que nos comentas de reclamar ante el Banco de España o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, da igual ante quien lo hagas, ya que la legislación actual permite reclamar de forma indistinta ante ambas.
No obstante, en breve vamos a publicar la info para poder reclamar este tipo de seguros, por lo que si prefieres esperar a que tengamos todo publicado, sólo nos lo tienes que decir y te avisaremos en cuanto lo hagamos.
Un saludo.
Hola,
En los últimos meses, se está produciendo en la banca, la cesión de préstamos personales, cuentas, tarjetas de crédito morosas, etc., a entidades que no son bancos, sino mas bien financieras «tiburones». Se trata de práctica similar a las titulaciones.
Las personas que se encuentran con problemas, empiezan a recibir cartas diciendo que su préstamos personal ya no pertenece a tal o cual banco.
Es esta actuación correcta ? Si te reclaman de otra empresa distinta, tienen derecho ?
Gracias
Hola Guillermo
Este tipo de ventas masivas de deuda, en su mayoría a los tristemente famosos «fondos buitre» y demás entidades «carroñeras», se lleva haciendo desde hace años, es lo que llama «cesión de deuda» y en principio es legal.
Lo importante es que sepas que porque la entidad original venda (ceda) la deuda que mantienes, eso no evita que puedas reclamar si tenes derecho a ello (por ejemplo si es un producto revolving con una TAE de usura), en ese caso nuestro consejo es que hagas la reclamación extrajudicial a las dos entidades, a la original y la que compró la deuda.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Hola, tengo un préstamo hipotecario con Bankia, antes se llamaba BMN y cuando firmamos el crédito era La General de Granada.
Sólo utilizamos la cuenta para el pago de la hipoteca y ya en 2015 nos dijeron que no nos cobrarían más comisiones de mantenimiento y así lo tenemos por escrito. Sin embargo, todos los meses tenemos que estar yendo a reclamar las devoluciones de cobros indebidos.
Estamos cansados del incumplimiento reiterado de sus propias normas y de tener que enfrentarnos mensualmente a los del Banco, queremos CANCELAR la cuenta y que nos pasen los recibos por nuestra cuenta de LA CAIXA. Nos han dicho que no. Que estamos obligados a mantener la cuenta abierta mientras tengamos la hipoteca. No creo que eso sea legal. YO NO QUIERO tener todos los meses el mismo problema.
Hemos hecho la petición de cancelación esta vez por escrito al SAC. En cuanto nos respondan que no por escrito no se bien cuál es el siguiente paso que debo dar. ¿me podéis ayudar? He pensado en el Defendor del pueblo, El Banco de España, el Mercado de Valores, y Consumo. ¿Qué pensáis?
Gracias
Hola Lucia
Va a ser muy complicado que consigas que la entidad cancele la cuenta, puesto que ésta se encuentra destinada a la gestión del préstamo hipotecario, lo que a nuestro entender debes reclamar ante el SAC de la entidad de forma fehaciente es que dejen cobrarte comisiones de mantenimiento, ya que si esa cuenta no se ha utilizado nunca para domiciliar pagos, es decir, que siempre ha sido para la gestión exclusiva de la hipoteca, no pueden cobrar esas comisiones.
No obstante, en breve vamos a publicar un articulo que habla de este asunto y de cómo reclamar las comisiones de mantenimiento, por lo que en cuanto lo publiquemos te enviaremos un email.
Un saludo.
En primer lugar quiero agradecerte el tiempo que has dedicado a tu respuesta. Seguidamente, decirte que creo que no me he explicado bien porque me dices que reclame al SAC y ahí expongo que ya lo hice y que desde 2015 lo tenemos concedido por escrito, pese a eso, todos los meses nos cobran las comisiones y tenemos que hacer la misma operación de solicitar la devolución, desplazarnos hasta el Banco, sentir ansiedad, impotencia, frustración, etc.
Yo soy discapacitada, no salgo a la calle desde hace tiempo y me cuesta la misma vida ver todos los meses el mismo cobro indebido de «Comisiones de mantenimiento».
Ya necesito avanzar un paso más, y esa era mi pregunta ¿cuál me aconsejáis que sea nuestro siguiente paso? Gracias
Hola Lucía
Si como dices tienes una aceptación por escrito de la entidad en la que reconocen que esas comisiones no son legales, el siguiente paso debería ser el de acudir ante el Juzgado, aunque puedes interponer antes una reclamación ante el Banco de España, algo que no te aconsejamos, ya que éste tarda mucho en emitir la resolución, y además, aunque ésta fuese favorable, las entidades no están obligadas a acatarlas, y tendrías que acabar igualmente en el Juzgado.
Si vas a acudir directamente ante el Juzgado, te aconsejamos que envíes antes una carta al SAC, dándoles un plazo de un mes para que respondan, y detallando todos los antecedentes del caso, e instándoles a que de forma definitiva dejen de cargar este tipo de comisiones en tu cuenta, y que de lo contrario vas a interponer la consiguiente demanda ante el Juzgado de Primera instancia correspondiente. El envío de esta carta es para que, llegado el momento, el Juzgado compruebe que has agotado la vía extrajudicial y que no te queda más remedio que solicitar el amparo de la Justicia.
La demanda que tienes que presentar debe ser por reclamación de cantidad (Procedimiento Verbal), por lo que deberás acompañar copia de toda la documentación de la que dispongas (cartas y respuestas de la entidad) y también de los movimientos en los que aparezcan todas las comisiones que están sin devolver, así que debes cuantificar la demanda en función del importe total de esas comisiones pendientes, da igual que dicha cuantía sea pequeña. Además, al ser una demanda de menos de 2.000 € no tienes obligación de acudir con abogado y procurador, y en el poco probable caso de que pierdas, no tendrás que pagar costas, así que no arriesgas nada por demandar.
Nosotras no podemos hacerte la demanda, ya que este es un asunto que no entra en nuestras especialidades. No obstante, en los propios Juzgados hay unos formularios para esta clase de demandas de cantidad inferiores a 2.000 €. También es muy posible que no se celebre vista (juicio), de hecho te recomendamos que en la demanda pongas que no solicitas la celebración de vista, aunque si la otra parte (Caixabank) lo solicita, ésta se celebrará. Aunque por nuestra experiencia, en caso de poca cuantía como va a ser el tuyo, lo habitual es que en cuanto la entidad reciba la demanda, se allane y pague. Para presentar la demanda en el Juzgado, o cualquier escrito de respuesta a posibles notificaciones durante el proceso, no es necesario que acuda el demandante, por lo que puede acudir cualquier persona mayor de edad.
No obstante, debes tener claro que incluso con una sentencia en contra tampoco vas a poder evitar que te sigan cobrando más comisiones, a no ser que plantees la demanda en otros términos, es decir, reclamando que no te puedan cobrar más comisiones, pero es muy posible que para ejercitar esa acción necesites ya abogado y procurador, puesto que sería más bien una solicitud de nulidad de cláusula (habría que comprobar en el contrato de la cuenta, o en la escritura hipotecaria, si dicha cláusula está pactada), la cual se rige por los cauces del Procedimiento Ordinario, en el que es obligatoria la representación colegiada independientemente de la cuantía que se determine.
Esperamos haberte sido de ayuda, un abrazo.
Buenos dias,
Cuando contraté un préstamo hipotecario con el BBVA me hicieron un Seguro «PUF» por veinte años y con la prima pagada por adelantado (dentro de la hipoteca), ahora me doy cuenta que hace 20 meses que cancelé totalmente dicha hipoteca y que tengo el seguro ese vivo.
He solicitado al Banco la devolución de la prima no consumida, pero sabéis qué plazo tienen para devolver???
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Buenos dias,
Quería preguntaros si la comisión que cobran los Bancos cuando pasas saldo de tu tarjeta de crédito a tu cuenta se puede reclamar??
Gracias,
Marisa
Hola Marisa
Respondemos a tus dos últimas consultas:
– Seguro
Aunque el asunto que nos comentas no entra en nuestras especialidades, suponemos que la reclamación la habrás hecho por carta ante el SAC, por lo que el plazo es el que tiene éste para contestar, es decir, 2 meses. Si tras ese plazo no te responden, o lo hacen, pero no es para devolverte todo tu dinero, no te va a quedar más remedio que acudir ante el Banco de España.
– Comisiones tarjeta
En principio no vemos que ese tipo de comisiones se puedan reclamar, puesto que la entidad puede demostrar el haber realizado una gestión, en este caso la de transferir el dinero. Aunque si esa tarjeta tiene una TAE de usura, lo mejor es que te olvides de esas comisiones y reclames la nulidad del contrato.
Como siempre, quedamos a tu disposición ante cualquier duda.
Un saludo.
Buenas noches.
En primer lugar muchísimas gracias por vuestra atención y vuestro magnífico trato e interés hacia mi caso.
Me ofrecéis un teléfono de contacto para consultar con un abogado la situación en la que yo me hallo, agradezco enormemente vuestro ofrecimiento y es por ello que envió mi número de teléfono: XXXXXXXXX.
Un saludo muy cordial. ROSA
Hola María Rosa
Como te indicábamos en la anterior respuesta, necesitamos también la población desde la que nos escribes para saber a qué abogado tenemos que derivarte.
Quedamos a la espera, un saludo.
Buenas noches.
Las consultas realizadas por la complejidad de un caso se podrían hacer si fuese necesario en privado?
A quién o donde podría dirijirme para tal consulta?
Gracias.
Saludos cordiales.
Hola Maria Rosa
Puedes enviarnos tu consulta al email contacto@economiazero.com, no obstante, antes debes leer la info de nuestro apartado dedicado a las CONSULTAS, puesto que en ella os explicamos cómo realizarlas.
Quedamos a la espera, un saludo.
hola mi pregunta es la siguiente ,va sobre la comisión de apertura de un préstamo.en mi préstamo con Santander consumer finance,la comisión es de 2,9993 o algo asi(mas de lo que poneis mas arriba)supongo que es normal,cada banco cobrara lo que quiera o hay un baremo o tope?y también que en contrato si pone la comisión de apertura es tal pero en los extractos que recibo cada mes pone comsion de apertura 0%.no se si es normal o es un fallo de ellos o es algo «raro».se que no teneis expuesto todavía este tema pero mas que nada para tener claroeste detalle.gracias un saludo
Hola Miguel
Bueno, suponemos que lo que importa en este caso es lo que ponga en el contrato, aunque para que la puedan aplicar no basta sólo con que la reflejen en un condicionado, sino que deben demostrar el haber realizado alguna gestión o tenido gastos, y no cobrarla de forma automática.
Esperamos tener publicada la info en breve, aunque desde que publicamos la info para los productos revolving, estamos desbordadas.
Un saludo.